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El Tribunal de Justicia de la UE sentencia que el Brexit se puede revocar de forma unilateral

Reino Unido puede retirar la petición antes del 29 de marzo de 2019

Partidarios del Brexit se manifiestan
Partidarios del Brexit se manifiestanANDY RAIN (EFE)
CINCO DÍAS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que el Reino Unido tiene la capacidad de revocar de forma unilateral el artículo 50 del tratado europeo, con el que inició el proceso de su salida de la UE. La revocación, que tendría que ser decidida según las normas constitucionales británicas, supondría que el Reino Unido podría  permanecer en la UE en los mismos términos que actualmente, sin cambiar por tanto su condición de Estado miembro por el amago de Brexit y sin necesidad de que el resto de socios europeos tuviera que aprobar dicha revocación, tal y como defendían el Consejo Europeo y la Comisión. 

La decisión de la corte de Luxemburgo se anuncia un día antes de la fecha prevista para una votación crucial en el Parlamento del Reino Unido, en la que la primera ministra, Theresa May, presentará su plan de divorcio acordado con Bruselas. Todo apunta a que May llega a la votación sin tener garantizados los apoyos necesarios para sacar adelante el acuerdo, ya que ha recibido críticas no solo por parte de los diputados contrarios al Brexit, sino también de su  propio partido por los términos del acuerdo con la UE. 

La sentencia del TJUE se produce a raíz de una cuestión prejudicial planteada por un tribunal escocés en diciembre de 2017, que a instancias de miembros del Parlamento escocés, de la Cámara Comunes del Reino Unido y del Parlamento Europeo, solicitaron plantear al tribunal europeo si un Estado miembro que ha notificado al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión puede revocar unilateralmente dicha notificación y, en caso afirmativo, qué requisitos debería cumplir.

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El abogado general de la UE ya dictaminó a principios de diciembre que Reino Unido podría retirar su intención de salir del club europeo sin necesidad de acordarlo con el resto de socios comunitarios. En la mayoría de los casos el informe preliminar del abogado general es recogido en el fallo del Tribunal.

El Tribunal ha dictaminado que, efectivamente, cuando un Estado miembro ha notificado al Consejo Europeo de su intención de divorcio, como ha hecho el Reino Unido, ese Estado es libre de revocar unilateralmente la notificación antes de que se cumpla el período de dos años para la negociación del llamado "acuerdo de retirada". 

Es decir, la posibilidad de que Reino Unido retire su petición (sin necesidad de que el resto de socios de la UE le dé el visto bueno) existe mientras el citado acuerdo de retirada no entre en vigor o mientras no hayan pasado los dos años que fija el tratado. La activación del artículo 50 que inició el proceso de salida de Reino Unido se produjo el 29 de marzo de 2017, es decir, que el país podría revocar la decisión antes del próximo 29 de marzo de 2019.

Según el Tribunal Europeo, la revocación debe ser decidida conforme a las normas constitucionales de Reino Unido. Esta decisión "inequívoca e incondicional" debe ser comunicada por escrito al Consejo Europeo. La revocación, según el Tribunal, confirmaría la pertenencia a la UE del Estado miembro en cuestión en iguales términos  y no cambiaría su condición de Estado miembro.

El Tribunal considera que sería incompatible con el objetivo de los Tratados de la UE de crear una

una unión más estrecha si se fuerza a un Estado miembro que ha notificado su intención de retirada, y posteriormente  decide revocarlo, a no poder hacerlo de forma unilateral. 

"Someter ese derecho de revocación a la aprobación unánime del Consejo Europeo , como proponen el Consejo y la Comisión, transformarían un derecho soberano unilateral en un derecho condicional y sería incompatible con el principio de que un Estado miembro no puede ser obligado a abandonar la Unión Europea contra su voluntad", asegura el Tribunal. 

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