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Los convenios sectoriales son los que blindan los sueldos frente a la inflación

El 91% de las cláusulas de garantía salarial están en los acuerdos de ámbito superior a la empresa El 52% de los trabajadores protegidos frente al alza del IPC está empleado en el sector servicios

Garantías de poder de compra
Raquel Pascual Cortés

Siete millones de asalariados tienen ya pactados sus convenios colectivos para 2018. Estos acuerdos incluyen sus condiciones salariales y, entre ellas, las cláusulas que protegen a los trabajadores de perder poder adquisitivo en caso de que haya un repunte de la inflación solo benefician al 18,4% de estos ocupados.

Estas cláusulas reconocen en el propio convenio colectivo que si el incremento salarial pactado en este acuerdo para un año queda por debajo de lo que suben los precios en ese ejercicio, el empresario pagará la diferencia. De esta forma, se garantiza que los empleados no pierdan poder de compra si el IPC sube más que su sueldo.

A lo largo de los últimos años este tipo de cláusulas han caído en desuso por la presión empresarial, que siempre las ha considerado inflacionistas; y, sobre todo, por los años que ha atravesado la economía española en los que los precios estaban estancados o bajaban, lo que hacía esta protección innecesaria.

De hecho, la recomendación de incluir estas cláusulas ha sido durante muchos años el eje principal del pacto de salarios. Tras recuperar estos acuerdos de patronal y sindicatos en 2001 y hasta el inicio de la crisis en 2008, entre el 70% y el 60% de los trabajadores con convenio contaban con una de estas cláusulas. Sin embargo, fueron perdiendo peso en la negociación colectiva hasta tocar suelo en 2015, cuando solo el 12,5% de los trabajadores estaba protegido por esta garantía.

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En los dos últimos años se han recuperado progresivamente hasta proteger en torno al 20% de los trabajadores con convenio. En lo que va de año, la inflación ha subido una media del 1,5%,– tras la subida interanual de julio del 2,2% conocida ayer–. Esto deja a los ocupados y a los pensionistas a las puertas de peder poder adquisitivo, ya que sus rentas han aumentado un 1,6% hasta julio.

Pero ¿dónde trabajan la mayoría de estos asalariados con el poder de compra blindado? En nueve de cada diez casos estas cláusulas están en el convenio sectorial de referencia, ya sea provincial, autonómico o estatal, pero superior al ámbito de sus empresas. Así, de los 1,3 millones de asalariados con cláusula de revisión salarial, 1,2 millones la tenían en su convenio sectorial, el 91%.

Es precisamente a este tipo de convenios a los que la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, quiere devolver la primacía, después de que la reforma laboral del PP de 2012 se la retirara en beneficio de los convenios de empresa. Sin embargo, Valerio no lo va a tener fácil. Las patronales CEOE-Cepyme siguen defendiendo firmemente que los convenios de empresa manden por encima de los sectoriales y territoriales de ámbito superior.

Además, devolver la primacía a los convenios sectoriales no está, como tal, entre las materias que las cúpulas patronales y sindicales han acordado reformar en el último acuerdo de negociación colectiva, a pesar de que es algo que también reclaman los sindicatos, que culpan a esta medida, entre otras, de su pérdida de poder de negociación en los últimos años. En ese acuerdo, solo hay un pacto para reformar la regulación de las subcontratas y evitar que se usen para hacer competencia desleal. Pero parece poco probable que, sin estar en la agenda y con los empresarios en contra, se vaya a revertir esta medida de la reforma laboral.

En cuanto a los sectores que mantienen las cláusulas de revisión salarial, la mayoría de ellas protege a trabajadores del sector servicios (el 52% de todos los blindados por esta garantía). Les siguen los ocupados de la industria y la agricultura, que representan el 42% y el 6%, respectivamente. Ningún convenio sectorial de la construcción tiene estas cláusulas.

Dependiendo de cómo estén diseñadas estas garantías, el trabajador recupera todo el poder de compra perdido durante el año en curso ( cláusula con efectos retroactivos) o simplemente se incorpora la diferencia total o parcial a las tablas salariales del año siguiente. Los últimos datos de Trabajo indican que seis de cada diez trabajadores tiene cláusulas con efectos retroactivos y el 36% restante, sin dichos efectos.

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Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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