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El Foco
Tribuna
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Reformas laborales y Europa

Las negociaciones para la formación del nuevo Gobierno han vuelto a dar cierto protagonismo a la reforma laboral. Algunos, con los ojos bien cerrados, defienden que ya está todo hecho y que solo hay que tener un poco de paciencia para que los frutos de las reformas puedan irse recolectando, otros siguen empeñados en la búsqueda de fórmulas mágicas (el contrato único), y otros insisten en la vuelta al pasado, proponiendo derogar la reforma para recuperar no se sabe muy bien qué perdidas de nuestro modelo laboral.

En todo caso, antes y ahora el debate parece ensimismado, ajeno al contexto europeo y excesivamente centrado en la interrelación entre reformas laborales y crisis económica. Y, sin embargo, no podremos abordar seriamente los problemas del empleo y del mercado de trabajo ignorando los desafíos que deben afrontarse, más allá y con independencia de la crisis, y las respuestas que en el conjunto de los países europeos han venido articulándose.

Un excelente estudio, publicado recientemente en Francia (Conseil d’orientation pour l’emploi: Les réformes des marchés du travail en Europe, noviembre 2015), nos ofrece elementos de reflexión muy importantes para comprender lo que ha venido sucediendo en los mercados de trabajo europeos y para situar en su contexto las reformas que en todos los países han debido abordarse.

Ante todo, una comprobación fundamental: los mercados de trabajo europeos han estado, desde antes de la crisis, marcados por cambios muy profundos derivados de no menos profundas transformaciones económicas, sociales y financieras. El impacto de la mundialización de las economías, de la creciente importancia en ellas de los servicios en general y de los financieros en particular, de las innovaciones tecnológicas continuas y de las nuevas condiciones en que se desarrolla la competencia económica no puede dejar de sentirse en los mercados de trabajo. Su importancia para el funcionamiento de la economía, su relevancia desde el punto de vista social y la profundidad de los cambios que les afectan (nuevas formas de trabajo y de organización del trabajo, nuevas competencias profesionales, creciente diversificación de las situaciones laborales) no permitían mantenerlos ajenos a una dinámica de cambio continuo, que, también aquí, exige una permanente adaptación y una búsqueda constante de mejora de la eficiencia. La crisis económica no ha hecho sino exacerbar la necesidad de reformas laborales, dado, sobre todo, el impacto sobre el empleo que ha provocado, tanto en términos de pérdida de puestos de trabajo como de degradación de las condiciones laborales. Y mientras que hay países que solo con el desencadenamiento de la crisis han reaccionado, aprobando más o menos incisivas reformas laborales (España, Portugal, Irlanda, Italia, Francia), otros habían afrontado ya con anterioridad la corrección de los desequilibrios estructurales del mercado de trabajo y la revisión de sus políticas de empleo. Estos últimos (Alemania, Reino Unido, Austria, Dinamarca y Suecia) han sido menos afectados por la crisis y se recuperan con más facilidad, mientras que los primeros, no habiendo afrontado antes de la crisis medidas para corregir las principales debilidades del mercado de trabajo, han sufrido más intensamente sus consecuencias, con una degradación más fuerte y más duradera de la situación del empleo, y con una recuperación más lenta.

Por eso, cualquier planteamiento de anulación o reversión de las reformas, de vuelta atrás, de recuperación de modelos normativos del pasado, carece de sentido. El pasado no va a volver y las relaciones laborales, en cambio constante, nunca van a recuperar la fisonomía que una vez tuvieron. Lo cual no significa que no haya cuestiones que corregir, excesos que depurar, experimentos que cancelar. Y, por supuesto, tampoco significa que no exista margen para políticas sociales diferenciadas y para tratamientos diferenciados de los graves problemas del empleo. Pero esas políticas han de formularse con los pies bien asentados en tierra, conociendo las nuevas realidades económicas y sociales a las que nos enfrentamos y siendo conscientes de los condicionamientos que derivan del contexto europeo en el que vivimos.

En ese contexto, pueden identificarse, salvando las diferencias entre los ordenamientos nacionales, unas líneas de tendencia fundamentales que han estado presentes en todos los procesos de reforma de los mercados de trabajo y han marcado sus orientaciones principales. De esas líneas de tendencia no debemos, ni probablemente podremos, escapar, y bajo su inspiración habremos de afrontar las reformas sucesivas.

En primer lugar, existe una tendencia general a la flexibilización del marco regulador de las relaciones laborales estables o indefinidas, a la que se acompaña, pero en este caso con menor intensidad y con respuestas más variadas, la revisión del marco normativo de la contratación temporal. Sobre todo en los países más tradicionalmente protectores del empleo (España, Italia, Francia, Portugal), se busca una cierta relajación de la normativa laboral, que permita una mayor adaptabilidad empresarial y una creciente atención a las exigencias competitivas de las empresas.

En segundo lugar, asociado con lo anterior, un reforzamiento de los mecanismos de flexibilidad interna. La protección del empleo, evitando su destrucción, pasa a estar asociada a una posible gestión más flexible del mismo, facilitando, en general, la modificación de las condiciones de trabajo.

En tercer lugar, la descentralización de la negociación colectiva, con relevancia creciente de los convenios y de los acuerdos de empresa, facilitando su negociación y sus posibilidades de escapar de los convenios sectoriales.

En cuarto lugar, la búsqueda de moderación salarial y de contención del costo del trabajo, en la que se incluye el aligeramiento de las cargas sociales y fiscales que lo gravan.

Y, en quinto lugar, una revisión tanto de los sistemas de protección del desempleo, para hacerlos más incentivadores de la vuelta al empleo, como de los servicios públicos de empleo, para conseguir un aumento de su eficacia y dinamizar las políticas activas del mercado de trabajo.

Obviamente, estas líneas generales pueden amparar medidas muy diferenciadas, pero solo siguiendo las mismas deben afrontarse las nuevas reformas que el mercado de trabajo, con un desempleo todavía superior al 20%, exige.

Federico Durán Catedrático de Derecho del Trabajo. Consejero de Garrigues

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