Reforma tributaria y actividad económica
El viernes pasado el Gobierno hizo pública su prometida reforma tributaria y que se basa en varios principios: reducción de la brecha fiscal de los asalariados, dinamización de la actividad económica, mejora de la competitividad de las empresas españolas, atracción de inversiones a nuestro país, apuesta por la I+D+i, así como crecimiento importante del PIB a consecuencia de la misma (previsto en un 0,55 global). Los tributos afectados son, básicamente, el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el IVA. La reforma en profundidad del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones queda a la espera, como es lógico, de la negociación con las Comunidades Autónomas de su nuevo sistema de financiación. Algo parecido ocurre con la de los tributos locales, que debe ir pareja a aquélla (salvo el nuevo tratamiento de las daciones en pago y una mayor concreción del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). El anteproyecto, colgado hoy lunes en la página del Ministerio de Hacienda, estará en fase de información pública por plazo de 15 días, para que, a mediados del próximo mes, pueda el Consejo de Ministros aprobar el Proyecto de Ley y remitirlo a las Cortes, para finalizar su periplo en el mes de noviembre.
En el IRPF se produce una reducción de la tarifa general estatal, que pasa a tener sólo cinco tramos (en lugar de los siete actuales), en dos fases y que representa una bajada media del 12,5% (es preciso tener presente que el 80% de las rentas declaradas se encuentran entre los 20.000 y 25.000 euros). En 2015 el tipo queda fijado en un mínimo del 20% y un máximo del 47% (para más de 60.000 euros) y, en 2016, del 19% y 45%, respectivamente (los actuales son del 24,75% y 52%). La tarifa que grava la base imponible del ahorro –básicamente rendimientos del capital inmobiliario y ganancias patrimoniales (donde será irrelevante el período de generación)– se desagrega en tres tramos: hasta 6.000 euros, 50.000 y más de este importe. Los tipos pasan a ser del 20%, 22% y 24% en 2015 y 19%, 21% y 23% en 2016.
España deja de ser el farolillo rojo del tratamiento de la familia en el IRPF y dentro de los países de la OCDE
Ello se acompaña con una importante subida de los mínimos personales y familiares y se complementa con nuevas ayudas de 100 euros al mes, similar a la actual aplicable a las madres trabajadoras, para las familias con discapacitados (33% de discapacidad reconocida), ascendientes o descendientes, siendo acumulables. Con todo ello España deja de ser el farolillo rojo del tratamiento de la familia en el IRPF y dentro de los países de la OCDE.
Como es lógico estas medidas tendrán su efecto automático en las retenciones de trabajadores (por debajo de los 12.000 euros anuales no se van a practicar) y profesionales (que pasa, con carácter general, al 19%), por lo que todos ellos verán incrementada, desde finales de enero de 2015, su renta disponible.
El conocido como régimen de módulos, para determinar el rendimiento neto de los empresarios personas físicas, se mantiene para la agricultura, ganadería y pesca, así como para los que presten determinados servicios que sólo facturen a particulares, como bares, peluquerías y taxistas. Los transportistas con un sólo vehículo tendrán un régimen transitorio, tras el cual deberán pasar al de estimación directa. Con ello se zanja la polémica sobre el mantenimiento de los módulos, ya que son un foco de fraude, además de alterar la neutralidad, pero no se eliminan totalmente, tal y como mantenía el Informe de la Comisión de expertos.
Se introduce una deducción para favorecer el ahorro a largo plazo de personas con perfil conservador, de forma que, al vencimiento de la operación, los rendimientos van a estar exentos.
En el Impuesto sobre Sociedades el tipo general pasará del actual 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016, lo cual presentará repercusión en los pagos fraccionados a cuenta de estos ejercicios. El actual tipo de pymes se mantiene (25%), así como el de entidades de nueva creación (15%). Al objeto de adecuar la regulación de este tributo a los países de nuestro entorno económico, se produce una ampliación de la base imponible, coherente con la iniciada en los últimas reformas (a través de límites a las amortizaciones, compensación de pérdidas, deterioros, gastos financieros, etcétera).
La reforma contiene estímulos para la actividad económica, al situar más dinero en el mercado
Se mantiene la deducción por I+D+i, reafirmando el papel de España como una jurisdicción competitiva frente a otros países europeos. Se crean dos nuevas deducciones del 10% para fomentar el ahorro. De un lado, sobre beneficios no distribuidos, aplicable a todas las sociedades. De otro, para compensar pérdidas de ejercicios futuros, pero únicamente para pymes.
Por último, los tipos de gravamen del IVA, en contra de los requerimientos de los organismos internacionales y del citado Informe, se mantienen inalterables, salvo los de los productos sanitarios (que pasan del tipo reducido al general), a excepción de las gafas y lentillas, para acatar la Sentencia del Tribunal de Luxemburgo. En definitiva, el IVA de la cesta de la compra no sufre variación (ronda un 7,35% de media, uno de lo más bajos de la UE).
Toda reforma tributaria como la analizada debe ser bienvenida, ya que contiene estímulos para la actividad económica al situar más dinero en el mercado. Puede replicarse que puede poner en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto del sistema. Ahora bien, los datos de la contabilidad nacional de enero a mayo de 2014 comparados con el año anterior son bastantes ilustrativos, pues ponen de manifiesto un incremento de recaudación del 6,6%. Evidentemente ello pone de relieve que, parte de la economía sumergida, está aflorando, ya que no se entendería de otro modo con tasas de inflación negativas. A ello está contribuyendo, sin dudas, las medidas de lucha contra el fraude, pero, también, el convencimiento de los actores económicos de que es más rentable jugar en un mercado transparente, que mantenerse opacos. Para más información, manténganse atentos a las pantallas.
Javier Martín Fernández es socio director de F&J Martín Abogados y profesor de la Universidad Complutense.