Mejorar el impuesto sobre sociedades
El Gobierno ha anunciado una reforma del Impuesto sobre sociedades en el Consejo de Ministros que celebra hoy, 19 de agosto, mediante real decreto. Este impuesto, que en nuestro país continúa teniendo un tipo más alto en relación con la media europea (30% frente a 27,5%) y que grava los beneficios obtenidos por las personas jurídicas, no ha sido objeto de un tratamiento global desde el año 1995, ejercicio en el que las circunstancias sociales y las perspectivas económicas distaban mucho de las actuales.
Varias son las medidas que sería aconsejable acometer en la reforma del Impuesto sobre Sociedades. Entre ellas deben priorizarse las que permitan favorecer un relanzamiento de las actividades e inversiones precisas para que nuestro tejido empresarial pueda salir de la crisis, así como soluciones que contribuyan a aliviar financieramente a las empresas españolas, ya suficientemente castigadas por la restricción del crédito.
Entre las reformas necesarias estarían:
l Reducir el tipo impositivo para alinearlo con la media existente en los países de la Unión Europea.
l Fomentar la exportación mediante deducciones, o incluso la tributación a un tipo menor de la base imponible procedente de actividades exportadoras.
l Recuperar la deducción por I+D+i, que se suprimió en el ejercicio 2007, y en su caso introducir en ella mejoras.
l Potenciar la deducción por reinversión de las plusvalías procedentes de la transmisión de activos, haciéndola aplicable a bienes adquiridos en régimen de arrendamiento financiero. La reinversión a través de bienes adquiridos en leasing está injustamente discriminada y es una fórmula que va adquiriendo mayor auge en nuestro país año tras año.
l Flexibilizar la opción por la tributación de los pagos fraccionados conforme al resultado del ejercicio anterior o al resultado del ejercicio en curso, y que dicha opción pueda realizarse en el momento de realizar el pago.
l Evitar cargas administrativas y formales que provoquen costes adicionales a las empresas para elaborar el impuesto, tales como el régimen de operaciones vinculadas.
l Fomentar deducciones por el mantenimiento de la plantilla y por la creación de empleo.
En conclusión, aunque se trata de un impuesto que no genera la misma conflictividad social del IRPF o del IVA, la regulación legal del Impuesto sobre Sociedades constituye la piedra angular para la atracción de inversión extranjera hacia nuestro país y puede ayudar a ofrecer un entorno fiscalmente más favorable y, por lo tanto, más competitivo para nuestras empresas nacionales.
José Luis Luceño. Abogado. Director jurídico de Grupo Puma