Un futuro inmediato en materia fiscal
El presente artículo se dirige a quien asuma en los próximos días la responsabilidad de dirigir la Hacienda pública española durante los próximos cuatro años. Evidentemente, se escribió sin posibilidad alguna de conocer quién acapara hoy titulares y portadas de periódico. Es por ello una llamada neutral a una gestión eficaz en materia fiscal que, entiendo, debería girar en relación a varios ejes:
Supresión inmediata del impuesto sobre el patrimonio y del impuesto sobre sucesiones. Había acuerdo en los dos grandes partidos en eliminar el primero y no lo hay en relación al segundo. Pues bien, hay que rendirse a la evidencia y acelerar la desaparición del gravamen sobre las sucesiones a fin de evitar mayores agravios comparativos entre los españoles. Tanto uno como otro deben desaparecer, además, sin demora. No es de recibo vincular su acta de defunción a la consecución de un nuevo sistema de financiación autonómico porque cuadrar el sudoku autonómico será, en esta legislatura, una tarea propia de Hércules.
Reducción de tipos de gravamen en el impuesto sobre sociedades. Uno de los aciertos del ministro Solbes en la legislatura anterior fue rebajar los tipos de este impuesto. Sin embargo, el tipo general sigue situándose por encima de la media de la Unión Europea (27%) y son muchos los países que se mueven en la franja del 20%-30%. Un tipo más bajo favorece una elevación de las inversiones y no deja de ser consecuente con la política iniciada en 2006 de reducir los regímenes especiales y beneficios fiscales que tanto proliferan en nuestro ordenamiento, provocando un efecto auténticamente perturbador por condicionar la conducta de empresas y particulares.
El poder que hoy ostenta la Agencia Tributaria no tiene antecedentes en los países de nuestro entorno
Un tipo más bajo del impuesto de sociedades favorece el aumento de las inversiones
Seguridad jurídica. Poco se ha oído hablar de este tema a nuestros políticos en la campaña electoral. Sin embargo, tan importante es que un sistema tributario tienda a ser más justo como que sea estable y aprehensible por los ciudadanos. Sería preferible un grado menor de perfección en el diseño de los impuestos y un poco más de permanencia en las normas que los regulan. La carrera frenética por reformar el IRPF en todas las legislaturas (Ley 20/1989, Ley 18/1991, Ley 20/1998, Ley 46/2002, Ley 35/2006 ) es la prueba más palpable del desprecio que sienten nuestros gobernantes por el principio de seguridad jurídica. Si durante cuatro años PP y PSOE no han podido ponerse de acuerdo sobre temas más vitales difícilmente se les puede pedir que pacten un modelo fiscal básico con vocación de durar. Ahora bien, desde el punto de vista internacional, España se ha convertido en un país poco fiable para quienes antes de invertir quieren conocer las reglas del juego en materia fiscal.
Regeneración de las relaciones entre Administración y administrados. Este es también un tema que ningún candidato ha comentado y, sin embargo, los conocedores de la práctica fiscal saben que los niveles de litigiosidad y confrontación entre contribuyentes y Administración han llegado a extremos inaceptables. Desde la Ley General Tributaria de 2003, que aprobó el PP, hasta la Ley de Medidas contra el Fraude de 2006, del PSOE, se ha producido un fortalecimiento extraordinario de las facultades de la Administración con el pretexto de la lucha contra el fraude. El poder que hoy ostenta la Agencia Tributaria no tiene apenas antecedentes en los países de nuestro entorno.
Posiblemente, en países con mayor tradición democrática los ciudadanos no habríamos asistido impasibles a este inexorable proceso por extender el control sobre todo y sobre todos a costa del retroceso de los derechos y garantías de los administrados. Es preciso avanzar hacia una cultura de servicio al administrado en el que resulte normal pedir que la Administración responda de la calidad de su trabajo. De las estadísticas pueden extraerse datos sumamente preocupantes: en más de la mitad de las reclamaciones los tribunales acaban dando la razón al contribuyente. Si esto puede interpretarse como la evidencia de un actuar administrativo como mínimo discutible no se entiende como nadie pone remedio.
En definitiva, la situación actual aconseja sacar del cajón los estudios sobre medios alternativos de solución de conflictos que tanto interés suscitaron hace unos pocos años (arbitraje, conciliación, etcétera). Pero, ¿qué ministro de Hacienda se atreve a pedir cuentas a una Administración que en 2007 recaudó 200.000 millones de euros, esto es, prácticamente el doble que en 2001? Los resultados computados en euros son, al final, lo que cuenta.
Luis M. Alonso GonzálezCatedrático de Derecho Financiero y Tributario