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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Reducir la carga administrativa

La reducción de la carga administrativa que soportan las empresas es uno de los objetivos fundamentales de la Estrategia de Lisboa para la dinamización de la economía de la UE. Dentro del marco de la mejora de la calidad de la regulación (better regulation), y desde el pasado mes de enero, la Comisión Europea está impulsando un plan muy ambicioso con el que pretende reducir la carga administrativa que la normativa comunitaria impone a las empresas en un 25%, antes de 2012. La Comisión estima que los costes que soportan las empresas por el exceso regulatorio equivalen al 3,5% del PIB, por lo que esta reducción de las cargas administrativas conllevará un crecimiento del 1,5% del PIB en la UE (unos 150.000 millones de euros).

En vista de su gran potencial económico, la Comisión ha otorgado máxima prioridad a este proyecto, que consta de varias fases (medición de los objetivos, priorización de las líneas de actuación, consulta pública al sector empresarial, etcétera) y que debe dar lugar a un plan de trabajo definitivo antes del Consejo de primavera de 2009. La responsabilidad del desarrollo y aplicación del programa se ha atribuido a la Dirección General de Empresas de la Comisión, que contará con el asesoramiento del grupo de alto nivel presidido por Edmund Stoiber (ex presidente de Bavaria) y en el que participa Cándido Méndez (UGT-ETUC), junto con otros 13 expertos y representantes de organizaciones empresariales y sindicales.

Sin embargo, la Comisión es consciente de que un plan tan ambicioso no puede llevarse a cabo sin involucrar al resto de instituciones comunitarias y nacionales, por lo que ha solicitado a los Estados miembros su colaboración. De hecho, el Consejo de la UE refrendó en marzo de 2007 el proyecto de la Comisión e instó a los Estados miembros a adoptar compromisos similares en relación con los costes impuestos a las empresas por la normativa nacional.

En cumplimiento del mandato comunitario, en mayo pasado se adoptó un acuerdo del Consejo de Ministros de España para el impulso del programa de reglamentación y reducción de cargas administrativas. Este programa se concretó el pasado noviembre en un informe del Ministerio de Administraciones Públicas (MAP), que dio lugar a la asunción de un compromiso de reducción de la carga administrativa derivada de la legislación nacional también en un 25% para 2012.

Las primeras iniciativas del programa se han concretado en la firma de acuerdos marco de colaboración del MAP con las Cámaras de Comercio, y con CEOE y Cepyme para el intercambio de información relativa a las cargas administrativas de las empresas y, de otra parte, en el nombramiento de un grupo de alto nivel presidido por la ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, e integrado exclusivamente por altos cargos ministeriales. El primer objetivo de este grupo de alto nivel es la elaboración de un plan de acción para la reducción de cargas administrativas que debe ser presentado antes de fin de 2007.

Hasta aquí, podría parecer que el proyecto nacional corre paralelo con el comunitario. Sin embargo, conviene tener en cuenta algunas diferencias importantes que pueden dejar el proyecto nacional de reducción de las cargas administrativas en simples buenos propósitos para el año nuevo.

l Ausencia de una cuantificación previa de las cargas administrativas. En primer lugar, se desconoce el punto de partida del proyecto impulsado por el MAP (por lo que difícilmente se puede vislumbrar el punto de llegada). No se han cuantificado los costes que la normativa nacional impone a las empresas (entre los que no hay que tener en cuenta los derivados de la normativa comunitaria ni de su transposición, que ya son objeto del programa comunitario de reducción de cargas administrativas). Por tanto, se carece de una base sobre la que establecer objetivos precisos y mensurables, que puede derivar en una importante falta de transparencia del proyecto. Sin duda, llevar a cabo esta cuantificación debe ser uno de los objetivos prioritarios del MAP.

l Asunción de un compromiso que podría resultar insuficiente o inalcanzable. Puede que la reducción de la carga administrativa para las empresas generada por la normativa nacional en un 25% sea excesivamente ambiciosa (imaginemos que los costes adicionales representaran un 10% del PIB) o poco significante (si fueran inferiores al 1%). Al no tener una valoración siquiera indicativa de la importancia de las cargas administrativas estrictamente nacionales, el compromiso asumido puede quedar en un simple desiderátum del Gobierno.

Más aún, teniendo en cuenta que el proyecto nacional sufre un retraso de un año respecto al comunitario, que ya contaba con un plan de acción en enero de 2007, asumir idéntico compromiso de reducción puede imponer una presión de tiempo excesiva. Por tanto, sería muy conveniente revisar el compromiso de reducción de la carga administrativa de las empresas una vez se disponga de su cuantificación inicial, a efectos de asegurar que los objetivos son alcanzables en un plazo de tiempo razonable.

l Adopción de una estructura compleja de colaboración con el sector privado. Realmente, no se ha adoptado una fórmula adecuada que aproveche los conocimientos y los esfuerzos de los expertos de los sectores público y privado, sino que los acuerdos de colaboración con las distintas organizaciones empresariales tienen por objetivo facilitar el intercambio de información y, especialmente, el flujo de información desde el ámbito empresarial hacia el MAP. Así, el proyecto adopta una configuración excesivamente administrativizada y unilateral y esta falta de involucración del sector privado puede reducir su efectividad. Sería preferible ampliar el grupo de alto nivel (formado sólo por seis miembros) a expertos del sector privado y, probablemente, hasta alcanzar una composición paritaria que refleje que la efectividad del programa depende críticamente de la integración entre sector público y privado.

En vista del estado inicial del proyecto, quizá sea un buen momento para que se introduzcan las reformas necesarias para adecuar el plan de reducción de la carga administrativa de las empresas a las exigencias de una tarea tan ambiciosa. En tal caso, las posibilidades de éxito serán mayores y, en definitiva, su contribución a la mejora de la regulación de la actividad empresarial y a la dinamización de la economía será más significativa. En este sentido, la experiencia previa de otros países de nuestro entorno, como Holanda o Reino Unido, puede resultar una guía valiosa para la adecuada configuración de los mecanismos nacionales de reducción de la carga administrativa de las empresas (sobre las que puede encontrarse más información en http://www.enbr.org).

Francisco Marcos / Albert Sánchez. Miembros del European Network for Better Regulation

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