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Impuestos

¿Cual es el mejor momento para aflorar las plusvalía?

Después de haber subido más de un 100% en los tres últimos años y con el vértigo de los 12.000 puntos en el Ibex, los analistas creen que el mercado necesita un descanso. No obstante, la renta variable continúa siendo la mejor alternativa de inversión, más aún mientras los tipos de interés no superen el 3%. Así las cosas, algunos inversores pueden aprovechar los máximos del mercado para hacer plusvalías a la espera de que una corrección les permita entrar a precios más baratos. Sobre esta decisión, puramente financiera, se añade un argumento fiscal: las ganancias de inversiones que ahora acumulen más de un año de antigüedad tributan al 15%, pero la reforma del IRPF que ahora se discute en el Parlamento, eleva el gravamen de las ganancias que afloren en 2007 al 18%.

¿Tres puntos de diferencia son tan importantes como para adelantar el horizonte temporal de una inversión? ¿Tres puntos que sólo son tres euros para Hacienda por cada 100 de ganancia? Según los expertos fiscales, este ahorro, aunque menor, puede ser un motivo para reorganizar ahora la cartera de inversión bajo un gravamen del 15% y dejar todo preparado para empezar 2007 bajo el 18%.

Pero recuerdan que estos tres puntos no deben hacer olvidar los aspectos financieros. 'Cada situación es diferente y siempre hay que hacer cálculos para tomar una decisión', insiste Rubén Candela, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

Un ahorro fiscal de tres euros por cada cien de ganancia no debe primar sobre tesis financieras

Un consejo común, para el caso de que la trayectoria del valor así lo aconseje, es mantenerse hasta final de año, vender entonces para someter la mayor cantidad posible de ganancia al 15% y, si el valor aún tiene mucho que decir, recomprarlo. Al renovar su valor de adquisición, la futura plusvalía que aflore en 2007, ya bajo el 18%, será menor.

Inversiones de 1996

En todo caso, Candela, canalizando el sentir de los clientes que tienen los asesores asociados a la Aedaf explica que 'por lo que realmente está preocupada la gente es por los bajos rendimientos financieros que se están dando, a lo que un tipo del 18% no ayuda nada. Pero, sobre todo, tienen muchas dudas con el fin de los coeficientes que reducen las ganancias de los activos adquiridos antes de 1996'.

En el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) el sentir es parecido. Su gerente Luis del Amo y Rubén Gimeno, director de información fiscal, confirman que el nuevo régimen de las inversiones anteriores a 1996 genera, junto a los planes de pensiones, grandes dudas en los clientes.

No es para menos. Sobre todo si se piensa que las reglas que establece una ley aún en debate como la del IRPF ya está vigente para decir cómo tributan las ventas de activos comprados antes de 1996 que se hayan realizado a partir del pasado 20 de enero. Como estas acciones, participaciones en fondos o inmuebles disfrutan de unos coeficientes de reducción por antigüedad que se suprimen, el nuevo texto dice que sólo la ganancia acumulada hasta el 20 de enero de 2006 se reduce. Pero el resto de ganancia hasta el día de la venta tributa.

Para los expertos del REAF, la fecha de corte del 20 de enero podría ser discutida ya que lo habitual sería haber tomado el día en que el proyecto de ley se entregó en el Parlamento y no el día en que se aprobó por el consejo de ministro.

Sin embargo, el presidente de la Aedaf opina que el Tribunal Constitucional avalaría esta fecha del 20 de enero. La otra duda es si la plusvalía aflorada desde ese día de corte hasta el de la venta final tributa al 15% actual o al 18% futuro en el caso de que la venta sea en 2006.

Según explican desde el REAF, la respuesta que están dando a sus clientes es que el tipo de gravamen aplicable a la plusvalía que deba tributar será del 15%. En todo caso, esto es algo que la norma en tramitación debe aclarar.

Nuevas formas de compensar las pérdidas

El que podría ser nuevo IRPF (de aprobarse tal y como está el proyecto de ley que se debate en el Parlamento) permitirá que lo que se pierda en Bolsa o en fondos o con cualquier otro activo se compense con lo ganado por las mismas vías. Igual que ahora, pero diferente.Mientras el actual IRPF deja que las pérdidas de activos con menos de un año de antigüedad se compensen en parte con ingresos como el salario, los intereses o los dividendos, esto desaparece en el nuevo IRPF. Hasta ahora, esto es posible porque esas pérdidas a menos de un año se integran en la parte general del IRPF junto al salario y otros ingresos. Pero tras la reforma, estas pérdidas se integran sólo con las rentas del ahorro y jamás con el salario.Aún así, en esta parte del IRPF destinada al ahorro, la compensación es limitada. Por un lado, se integran y compensan entre sí los rendimientos (intereses, dividendos y similares) y por otro, ganancias y pérdidas. Pero no se pueden juntar.Para los contribuyentes que en 2007 arrastren pérdidas a menos de un año de los ejercicios fiscales 2003. 2004, 2005 y 2006 se establece un régimen transitorio que les permitirá seguir compensando esta pérdida con ingresos como el salario, esto es, con la parte del IRPF correspondiente a la renta general. Eso sí, se establece como límite el 25% de las rentas generales.Si las pérdidas que arrastran son de activos con más de un año podrán compensarlas con las ganancias que se integren en la renta del ahorro. Asimismo, la deducción por doble imposición de dividendos de 2006 y años anteriores pendiente de aplicar, también podrá restarse de la cuota de modo transitorio.

Impuesto de la renta. Claves de una reforma en trámite

Clases de renta: El impuesto se dividirá en dos. Una parte será la renta del ahorro y abarcará la mayoría de las ganancias y pérdidas de patrimonio y rendimientos de capital mobiliario como dividendos e intereses. La otra parte es la renta general para salarios, ingresos de empresarios y profesionales y alquileres.Tipos de gravamen: La renta general tributará por una escala que va del 24% al 43%. La renta del ahorro irá al 18%.Dividendos: Sólo tributarán (y al 18%) por encima de los 1.000 euros porque hasta esa cifra están exentos. Esto sustituirá al actual sistema de deducción por doble imposición. El cambio beneficia a las rentas altas, por lo que ya ha recibido alguna crítica. Alquileres: No cambia nada, pero algunos colectivos piden que vuelva a ser posible restar de los ingresos por alquilar todos los gastos de mantenimiento de la casa aunque superen los ingresos. La reforma mantiene la negativa a admitir rendimientos negativos. También se discutirá que el alquiler que no sea actividad empresarial tribute al 18% como el ahorro. Planes de pensiones: Los grandes protagonistas de la reforma. Tras la dura propuesta inicial que sólo admitía con beneficios el rescate de los planes en forma renta, el texto que el Gobierno remitió al Parlamento mantiene el rescate en capital. En todo caso, la aportación máxima deducible será más baja. Mínimo personal y familiar: Se eleva la base de reducción, pero se topa al 24% la deducción efectiva Vivienda: La deducción máxima por compra será de 1.350 euros en todos los casos. Retenciones: Se dejan al 15% para los profesionales y bajan al 18% para intereses y fondos de inversión.

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