El control de la información financiera
Hace 20 años el uso de información privilegiada en los mercados financieros no se veía como un delito; al contrario, para ciertos grupos de personas era motivo de orgullo y de prestigio social. Ahora el mundo financiero es consciente de la gravedad de esta práctica, pero eso no significa que no ocurra. La semana pasada Gamesa realizó una presentación al mercado que cumplía las recomendaciones de la CNMV para garantizar que todos los inversores estuviesen igual de informados -retransmisión vía internet, anuncio con la suficiente antelación...- pero el valor se desplomó un 2% minutos antes de que se hiciese pública una rebaja de previsiones de resultados.
La carta de la CNMV con estos consejos (disponible en www.cnmv.es en la sección Comunicaciones de la CNMV) explica cómo evitar que en los encuentros con analistas o grandes inversores las empresas den a éstos más información que al resto de los accionistas. El primer borrador levantó polvareda al incluir, también, a los periodistas, si bien el texto final no aludía a los medios de comunicación.
En cualquier caso, ha reabierto el debate sobre hasta qué punto el flujo de información de las empresas al mercado ha de estar sometido a tutela. En el mejor de los escenarios este flujo estaría reglado por los propios usos y costumbres del mercado. Pero, como señala Rafael Sarandeses, de Instituto Español de Analistas Financieros, 'sin un fondo normativo la seguridad jurídica no es eficaz'.
Empresas y analistas consideran que una regulación excesiva puede ser contraproducente
No debe confundirse una menor transparencia con un cambio en las estructuras de difusión de información
Empresas y analistas creen que la sobrerregulación es un riesgo. 'La simetría informativa es un modelo a seguir. Pero no se pueden controlar cada una de las comunicaciones porque en mercados donde se ha pretendido regular esto el efecto ha sido el de un mercado menos transparente', añade Sarandeses. En esta misma línea, el responsable de comunicación de una empresa del Ibex comenta que 'de momento estas recomendaciones las de la carta se cumplirán. Pero si se pasase a una regulación en la que se tase toda la información, y en la que no sabes si algo que para ti no es trascendente lo será para el regulador, entonces las empresas serán más restrictivas'.
Desde la CNMV explican que hay dos tipos de información, la confidencial y la pública, y que cuando pasa de un ámbito a otro, debe ser igualmente accesible para todos los inversores. La norma actual, más allá de la carta sobre presentaciones de analistas, está enfocada al uso de información privilegiada y es de 2005. La define como 'toda información de carácter concreto que se refiera directa o indirectamente a uno o varios valores negociables (...) que no se haya hecho pública y que, de hacerse o haberse hecho pública, podría influir o hubiera influido de manera apreciable sobre su cotización'.
Es una definición un tanto subjetiva. Pero, de forma paralela, el Tesoro y la Comisión trabajan en un Real Decreto que especifique qué es y qué no es un hecho relevante y que, por lo tanto, defina a las empresas qué noticias sólo se deben comunicar por el cauce oficial, esto es, la página web de la CNMV. En 1998, bajo la presidencia en la CNMV de Juan Fernández-Armesto, se publicó una carta circular en la se definían como hechos relevantes, por ejemplo, desviaciones imprevistas en ingresos o costes, datos sobre la política de inversión o financiación, operaciones corporativos, estructura de la sociedad, juntas de accionistas o procesos judiciales.
Una regulación tan al detalle no es plato de gusto para todos. 'Hay que confiar en los agentes del mercado. Por ejemplo, si se quiere definir al detalle qué es un hecho relevante siempre van a quedar huecos. Es mejor establecer unos principios generales y una verdadera exigencia de responsabilidades a los administradores que los incumplan', comenta Juan Ignacio Sanz, profesor de derecho mercantil en Esade.
Sin embargo, en Estados Unidos la SEC, el supervisor de los mercados, dictó en 2000 la normativa sobre difusión de información, disponible en www.sec.gov./rules/final/33-7881. La norma detalla la información que debe ser difundida sólo de forma oficial -al estilo de la carta Fernandez-Armesto-, y por lo general el mercado asume que las empresas estadounidenses son más transparentes que las europeas.
Asimismo, tanto la SEC como la normativa española admiten la difusión de información no concreta, la que no estaría bajo los supuestos citados ni tiene un gran impacto a corto plazo. 'Hay información que no es confidencial pero tampoco pública, pero que a los analistas les interesa, ya que estudian profundamente las compañías y pueden sacar conclusiones sobre su estrategia futura. Difundirla o no queda a voluntad de la empresa', explican en la Comisión.
La SEC, además, distingue a quienes presumiblemente usarán una información en beneficio propio de los que no. Una precisión fundamental a la hora de meter a la prensa en el mismo saco que a los grandes inversores. 'Si un periodista obtiene una información privilegiada, lo que hace es difundirla al público', explica Fernando González Urbaneja, presidente de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, quien considera que los periodistas financieros deberían estar sometidos a un código de conducta 'aunque también deberían ser compensados por ello'. En la CNMV defienden que, en ausencia de códigos de conducta como los de, por ejemplo The New York Times o The Wall Street Journal, la prensa esté sometida a las mismas normas que los inversores.
Precisiones aparte, existe un consenso de fondo sobre la necesidad de que la información financiera sea igual para todos, y que las diferencias se marquen por la capacidad de análisis e interpretación de cada uno y no por los contactos personales. En realidad, ésta es otra vuelta de tuerca en la evolución del capitalismo popular. Al igual que hace 20 años, cuando algunos bolsistas presumían de tener información privilegiada, el mercado era cosa de unos pocos, ahora es cosa de muchos, y las propias estructuras de difusión de información deben adaptarse.
Así, si bien un celo especial sobre el control de la información puede resultar contraproducente, tampoco debe confundirse una menor transparencia con los obligados y naturales cambios en las citadas estructuras de información. Donde antes había intermediarios, ahora hay folletos oficiales. Paralelamente, la información no material seguirá siendo la base del trabajo de analistas y periodistas.
Es obvio que, más que una normativa sobre la que pueden existir diferentes sensibilidades, la marca de agua de la transparencia llegará en el día a día y en la actuación del supervisor. Esta actuación será la que fomente o desincentive la transparencia, pues ésta depende, en gran medida, de los usos y costumbres del mercado, más allá de una normativa que, como máximo, aspira a sentar las bases de un mercado más transparente y a evitar los abusos.
Como decía el gestor de fondos Burton Malkiel, si la información sobre la Bolsa fuese en todo momento perfecta y simétrica, los índices jamás se moverían, pues los precios estarían ya totalmente ajustados.