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Impuestos

Los espías de Hacienda en el blanqueo

Abogados, notarios, loteros, asesores fiscales, vendedores de juego de azar y empresas de transporte de fondos son desde ayer los nuevos chivatos de Economía y Hacienda ante operaciones sospechosas de blanqueo de capitales. Otros muchos, como bancos, cajas, inmobiliarios o anticuarios, que ya tenían que colaborar con el ministerio, ven cómo se incrementan sus obligaciones con la entrada en vigor del nuevo Reglamento sobre Prevención de Blanqueo de Capitales.

Las actividades destinadas a dar apariencia de legalidad a bienes u activos de origen delictivo suponen entre el 2% y 5% del PIB mundial, según las últimas estimaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).

Las últimas novedades legislativas para prevenir el blanqueo de capitales se orientan a impedir el acceso al sistema financiero de dinero procedente del narcotráfico, terrorismo, crimen organizado o cualquier delito castigado con pena de prisión superior a tres años. Esto supone que se incluyen también los delitos fiscales. Muchos vigilantes se cuestionan: ¿cómo puedo saber si el dinero procede de defraudar al fisco?

Hasta ahora, comentaba la consultora Ernest & Young en un foro organizado por IIR, no era frecuente preguntar a los clientes de dónde sacaban el dinero. Durante años 'primaban los objetivos comerciales y la captación de recursos'. Ahora, el riesgo reputacional, la publicidad negativa, la posible apertura de un proceso legal o la retirada de concesiones, como puede sucederle a las administraciones de lotería o cualquier empresa que se haya beneficiado de una subvención o ayuda estatal, está obligando a todos los vigilantes a incrementar los procesos de formación de su personal y a extremar las medidas preventivas.

Las primeras murallas destinadas a frenar estas actividades se establecieron en las entidades financieras, pero ahora su cerco de acción es mayor, ya que están obligados a colaborar joyeros, marchantes de arte, loteros, promotores y agencias inmobiliarias, remesadoras de dinero o empresas de transporte de fondos. Todos ellos deben comunicar las operaciones sospechosas de blanqueo al Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones de Capitales (Sepblac), dependiente de David Vegara, secretario de Estado de Economía. Si no lo hacen podrán recibir sanciones muy graves que pueden llegar al 5% de sus recursos propios o a multas de 90.000 euros. También pueden ser sancionadas por romper el deber de confidencialidad o, en el caso de las entidades financieras, por no realizar el reporte sistemático de operaciones superiores a los 30.000 euros, 80.000 cuando se trate de efectivo por el territorio nacional, y desde o hacia paraísos fiscales, a partir de los 30.000 euros.

El objetivo es incrementar las trabas a todos los cauces que pueden utilizar las redes mafiosas en su camino por lavar sus fondos. Pues si antes utilizaban las actividades agrícolas o textiles, los pequeños comercios, la hostelería o la construcción, cada vez han ido buscando vehículos que les dieran más honorabilidad. Así, se han servido de las ONG y entidades pseudorreligiosas para blanquear, según reconocen los informes de GAFI.

Un gran desconocido

Hay un gran desconocimiento por parte de los nuevos y viejos sujetos sobre qué medidas preventivas tomar. 'A muchos de ellos les resulta complejo', resaltan en Uría & Menéndez. Los servicios jurídicos de los loteros, promotores inmobiliarios, marchantes de arte y remesadores de fondos extreman los informes y las charlas de formación a sus asociados. Ante las nuevas obligaciones el Sepblac está abierto a ayudar a todos los sujetos obligados en este camino, declaran sus responsables.

La compra de inmuebles con autopréstamo o dinero en efectivo supone situaciones que se generan a diario, de ahí la exigencia de colaboración de entidades financieras, agencias y promotoras, notarios, registradores o procuradores. Intermediarios y promotores se han desentendido durante años porque el comprador realizaba una hipoteca y consideraban que era 'responsabilidad del banco'.

En galerías de arte, joyeros y vendedores de numismática hay respuestas de todo tipo. En Afinsa, desde 1995 comunican al Banco de España todas las operaciones de clientes nuevos que superen los 30.000 euros. 'Cumplimos escrupulosamente con los requisitos de transparencia fiscal', aseguran.

La normativa sobre blanqueo de capitales es más exigente con las entidades financieras (bancos, cajas, aseguradoras, sociedades y agencias de valores y establecimientos de cambio y envío de moneda). Sus exigencias son más ligeras con joyeros, loteros o casinos, que sólo tienen que informar de operaciones sospechosas y establecer procedimientos de prevención.

La normativa establece un régimen especial para las profesiones jurídicas. 'No estarán sujetos a las obligaciones de comunicación los auditores, contables externos, asesores fiscales, notarios, abogados y procuradores con respecto a la información que reciban para su representación o defensa en procedimientos administrativos o judiciales'. Soledad Núñez, directora general del Tesoro, asegura que 'abogados, notarios y auditores no es que sean sospechosos de blanqueo, sino que en ocasiones han sido víctimas de estas actividades'.

Para Jesús Mardomingo, socio de Cuatrecasas, 'la función social del abogado debe convertirle en defensor del derecho y no del delito, sin olvidar la defensa del delincuente'. Mardomingo asegura que los juristas colaborarán con la Administración. El texto legal, transposición de la directiva, contempla una interpretación expansiva de la labor del abogado y reconoce el secreto profesional.

Por su parte, Santiago Díez, socio tributario del despacho CMS-Albiñana y Suárez de Lezo, cree que 'tales procedimientos de control ya se venía aplicando'. En su opinión, 'exigir responsabilidades a los abogados por no comunicar una operación que finalmente se revela contraria a la ley les obliga a realizar un juicio de valor que no debería corresponder a quien no cuenta con herramientas de investigación para ellos'. Por este motivo, muchos segmentos reclaman catálogos de operaciones sospechosas que orienten sobre huecos por los que se pueda colar el dinero opaco. El Tesoro ha anunciado que tiene muy avanzados los modelos para banca e inmobiliarias y que los hará públicos antes del verano.

Los despachos Uría y Menéndez, Cuatrecasas y CMS-Albiñana y Suárez de Lezo aseguran que están preparados y que ya llevan años aumentando los controles en la admisión de clientes. Ninguno quiere correr el riesgo de verse salpicado por una operación de blanqueo.

José María Segovia, socio de Uría, señala que no es una medida revolucionaria, sino que 'supone comunicar al Sepblac los procedimientos de control interno que ya veníamos realizando'. También matiza que 'la aceptación de nuevos clientes y asuntos está centralizada y son examinados de forma exhaustiva por la dirección de la firma'.

Las normas internas ponen especial atención en clientes con poca transparencia sobre su identidad. Se obliga a los despachos a saber quien está detrás de la empresa y si están amparados en trust que aclaren sus intereses. Además, están obligados a efectuar una auditoría interna por un experto independiente cada tres años.

A las empresas de transporte de fondos no les afecta hasta 2006. Sin embargo, en el Grupo Prosegur se están dando los pasos oportunos 'para adaptarse a estas exigencias'. En Esabe aseguran que están 'muy vigilados'. 'Tenemos que comunicar con tres días de antelación el inicio de servicios al Ministerio del Interior que puede prohibirlo', añaden.

Las principales empresas de transporte de fondos no suelen realizar trabajos con particulares. Más de 100.000 vigilantes, los sujetos obligados por las leyes preventivas contra el blanqueo, alertan al Sepblac en su lucha contra el dinero negro. Mucho trabajo para sus 80 empleados y un nuevo cerco para reducir los 60.000 millones de euros opacos que estiman los expertos fiscales que hay en el país.

Claves A qué obliga el reglamento

-Identificar al cliente. Bancos, cajas y aseguradoras deben conocer a los nuevos clientes y revisar a los existentes, tanto a las personas físicas como a las empresas ligadas a una transacción. El resto de los afectados por la ley identificarán al cliente que haga operaciones que superen los 8.000 euros.

 

-Conocer realmente. Antes bastaba con tomar un número de DNI o pasaporte. Ahora las entidades financieras deben recabar información sobre operaciones, vinculaciones, actividad económica o hábitos.

 

-Comunicar toda operación sospechosa. Se debe informar al Sepblac de cualquier transacción que no tenga apariencia de legalidad o se realice desde un paraíso fiscal a partir de 30.000 euros. Ante la duda, mejor frenar la operación.

 

-Se da información sistemática de todas las operaciones en efectivo por más de 30.000 euros y a partir de 3.000 en remesas de fondos.

 

-Confidencialidad. No se puede revelar al cliente, ni a terceros, que se ha informado al Sepblac.

 

-Conservar la documentación que acredite la operativa y la identidad de los sujetos durante seis años.

 

-Establecer procedimientos de control interno y formar al personal en prevención. Realizar auditorías externas.

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