Transparencia y confianza
Las últimas semanas nos han traído noticias de nuevos escándalos financieros. En este caso se refieren a fraudes cometidos por gestores de fondos que han operado a su favor y en contra del fondo y corredores de divisas que han venido defraudando a sus clientes. Una vez más los escándalos han tenido lugar en Estados Unidos. Y la gente se pregunta si se hubieran podido producir hechos similares aquí y qué mecanismos existen para evitarlo. Con estas preocupaciones asistimos a opiniones diversas. Incluso he escuchado por la radio a conductores de programas preguntándose si el Código Aldama previene de estos fraudes, ya que su propósito es aumentar la confianza en el sistema financiero mediante promoción de la transparencia. La confianza en el sistema financiero es una cuestión que depende de muchos factores, unos que recaen en el ámbito institucional y otros, en la esfera de la ética.
Un buen sistema de regulación de las entidades financieras, con exigencias que buscan garantizar la solvencia, con requisitos sobre su conducta frente a los clientes, contribuye positivamente a esa confianza. También contribuye un sistema de supervisión que vigile que se cumplen las normas y que tenga capacidad para establecer medidas preventivas que disuadan a entidades y a individuos de realizar comportamientos que puedan bordear la legalidad. Todo este aparato regulador-supervisor se inscribe dentro del marco normativo y del sistema legal del país. Pero, además de las normas y de la vigilancia, la confianza en el sistema financiero depende de los principios éticos de entidades e individuos. Por una parte, porque no existe sistema legal en el mundo que pueda garantizar que no se cometan fraudes y comportamientos ilegales, aunque un estricto régimen sancionador sea disuasorio. Si alguien tiene la voluntad de incumplir las normas, es muy plausible que lo consiga. En segundo lugar, porque hay comportamientos que, sin llegar a cruzar la frontera de lo ilegal, se aproximan a ese límite. Este comportamiento puede reflejar cuestiones, desde una línea de actividad que se puede considerar 'arriesgada', pero controlada, hasta una actividad inviable dentro de la legalidad que 'trampea' para mantenerse, pasando por entidades que puedan tener dificultades transitorias. Diversas actividades implican más o menos riesgo, sin tener por qué ser ilegales. El principio de transparencia pretende que el comportamiento de las entidades y de sus gestores se ponga en conocimiento de los inversores, para que decidan por sí mismos. Hay transparencia impuesta por la normativa sobre aspectos que deben poner a disposición del público y que los diversos reguladores aseguran que así sea. Y hay transparencia voluntaria, que refleja el compromiso de las entidades de anunciar su respeto por principios de buena conducta, más allá de la norma. La transparencia implica una mayor información. El inversor tiene que informarse y decidir.