Las subastas, otra vez bajo sospecha
El viernes 20 de junio, en los momentos finales de la sesión bursátil, el Ibex 35 pasó de ganar en un minuto del 1,25% al 2,5%. Este hecho, a todas luces extraordinario, se motivó por la entrada masiva de órdenes de compra en el mercado, durante el periodo de subasta de cierre, realizadas por Credit Suisse First Boston y Société Générale. Ambas entidades afirman que se produjo un error al dar las órdenes, pues unas debían ser de compra y otras de venta, pero la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha abierto una investigación para esclarecer si se dio un caso de manipulación de cotizaciones.
Existen varios casos de supuesta manipulación en la historia de la Bolsa. Algunos muy sonados se dieron en los años noventa, en diciembre de 1995 y de 1997, en los que se produjeron bruscas alteraciones del precio de las cotizaciones momentos antes del cierre. Credit Suisse First Boston fue sancionada en 1995 por falsear la libre formación de los precios. Casos como aquél llevaron a la Sociedad de Bolsas a tomar medidas y remodelar el funcionamiento del mercado con el fin de evitar la manipulación. En junio de 2000 la Sociedad de Bolsas introdujo una subasta de apertura y otra de cierre y unos rangos para la cotización de valores destinados a limitar la volatilidad. 'Ningún mercado es perfecto, pero con rangos y subastas se cuidan más los cierres y se limita la manipulación', afirma Eduardo Ferrán, jefe de supervisión de la Bolsa de Madrid.
El objetivo de las subastas de apertura y cierre es la formación de manera estable de los precios de los títulos cotizados. En ellas se fija lo que se denomina el precio de equilibrio antes de comenzar y al finalizar la sesión bursátil. En estas subastas se pueden introducir, modificar o cancelar órdenes, pero no se ejecutan. Sí se difunde en tiempo real el precio indicativo de venta y compra de las órdenes y los volúmenes asociados a los precios. Las subastas duran 30 minutos más un cierre de 30 segundos durante los cuales en cualquier momento y sin previo aviso se acaba la subasta y se produce la asignación de títulos al precio de equilibrio calculado en la subasta. El objetivo de este cierre es reducir la manipulación de precios, al no conocerse el momento exacto en que finalizará la subasta.
Límites a la volatilidad
Las subastas buscan dar estabilidad a la formación de precios al comienzo y al final de la sesión. Pero el mercado dispone de otros mecanismos destinados a limitar la volatilidad de los valores y, con ella, la posible manipulación, al alza o a la baja. Desde el año 2000 cada valor dispone de dos rangos de cotización, uno dinámico y otro estático. Ambos rangos se calculan con la volatilidad histórica más reciente de los valores y definen en porcentaje la variación máxima permitida al valor respecto a un precio estático, en el primer caso (precio fijado en la última subasta) y un precio dinámico (precio fijado en la última negociación). Cuando un valor se acerca en su cotización a los límites de estos rangos, se activa lo que se denomina una subasta de volatilidad. 'Esto hace más difícil la manipulación porque, si se da una orden de venta muy fuerte contra un valor, en cuanto su cotización cae a un límite se detiene su negociación y entra en subasta', explica Ferrán.
Estos mecanismos limitan la manipulación, pero no son infalibles. Por eso, si se sospecha que ha habido malas artes dentro del mercado, la CNMV tiene potestad para intervenir e investigar lo sucedido e imponer sanciones si encuentra que ha habido intentos de manipulación de valores. Si una entidad o persona es requerida para cesar actividades consideradas de manipulación del mercado y continúa realizándolas, puede recibir una multa, según la Ley Financiera, hasta 300.000 euros. La CNMV, además, tiene potestad para hacer advertencias públicas respecto a conductas ilícitas en el mercado.
La ley pone coto a las malas artes
La Ley Financiera que se aprobó en noviembre del año pasado contiene numerosas novedades para la defensa de los inversores y, en particular, para evitar casos de manipulación de las cotizaciones. El texto normativo hace especial hincapié en evitar desigualdades y ocultaciones de información a los inversores.Contra la información privilegiadaLa ley entiende por información privilegiada todo dato de una compañía que no se haga público y que pueda afectar a la cotización de la misma. Entre otras medidas se prohíbe cualquier transacción de títulos cuando se disponga de esta información, o comunicársela a terceros para que ejecuten órdenes en el mercado. Además, se exige a todos los participantes del mercado la creación de códigos de conducta internos con criterios éticos.Murallas chinas y transparenciaLa Ley Financiera pone coto a las empresas que realizan servicios de inversión exigiéndoles en primer lugar la creación de murallas chinas para impedir el flujo de información privilegiada entre las distintas áreas de la compañía para que cada una tome sus decisiones de manera autónoma y no se den conflictos de interés. En las recomendaciones se debe especificar la relación comercial o la participación que mantenga el grupo con la compañía analizada.Manipulación de cotizacionesSe considera manipulación toda práctica que falsee la libre formación de precios. Se incluyen en este apartado las órdenes u operaciones que proporcionen indicios falsos sobre la oferta, la demanda o el precio de las acciones; las que empleen dispositivos ficticios o cualquier forma de engaño o maquinación, así como la difusión a través de medios de comunicación, incluido Internet, de rumores y noticias falsas o engañosas, de manera premeditada.