Una competencia justa entre el taxi y los VTC exige vigilancia
La sentencia del Tribunal de la UE generará una ola de reclamaciones judiciales y debería propiciar una reforma equilibrada de la normativa estatal que regula esta actividad
Como suele ser práctica habitual, aunque no es vinculante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado la opinión de su abogado general en una sentencia que declara contrarias al derecho comunitario las limitaciones impuestas a las licencias de los VTC (Vehículos de Transporte sin Conductor) en Barcelona, que se aplican también en otras regiones de España. La decisión, que supone un duro golpe al colectivo del taxi y un respaldo a los VTC, generará previsiblemente una ola de reclamaciones judiciales y debería propiciar una reforma de la normativa estatal que regula esta actividad.
El tribunal considera que la limitación de una licencia de explotación de VTC por cada 30 taxis que rige en Barcelona no está justificada y viola el derecho a la libertad de establecimiento en la UE. Sin embargo, sí avala el derecho de las Administraciones Públicas a exigir una doble licencia, siempre que el objetivo sea gestionar adecuadamente el transporte, el tráfico, el espacio público o la protección del medio ambiente.
El argumentario del tribunal confirma las deficiencias del denominado decreto Ábalos, que se aprobó en 2018 para mediar en el conflicto abierto entre el taxi y los vehículos de alquiler con conductor. La norma sentó las bases de un alto el fuego frágil, insuficiente y temporal, y trasladó a las comunidades autónomas y ayuntamientos la potestad para regular el sector tras una moratoria de cuatro años, fijada para compensar a los VTC por las restricciones. El final de la moratoria, que se produjo en septiembre de 2022, propició un reino de taifas normativo en España, con regulaciones flexibles, como la de Madrid, y muy restrictivas, como la de Barcelona.
La decisión del tribunal europeo no elimina de facto la proporción 1/30 en las licencias, dado que la regla figura en una normativa de carácter estatal en vigor, pero muy probablemente impulsará una pronta reforma para adaptar la ley a la doctrina del tribunal, lo que puede propiciar la introducción de nuevos límites, pero dentro de los criterios que admite la sentencia.
La normativa impugnada en Luxemburgo, que fue criticada por la Autoridad Catalana de la Competencia, constituía una limitación de la libertad de establecimiento no justificable desde el punto de vista empresarial, pero tampoco en cuanto a mejora del servicio a los ciudadanos. La experiencia, sin embargo, especialmente en algunas ciudades de EEUU, donde los VTC han crecido exponencialmente hasta asfixiar al colectivo del taxi y alimentar una subida de los precios, aconsejan vigilar el respeto de la competencia desde todos los puntos de vista, incluido sobre todo el del consumidor.
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