El futuro de las pensiones ya está en Europa
El Ejecutivo remitió un borrador a Bruselas cuyo contenido final, en todo caso, se deberá de negociar más adelante con los agentes sociales
No resulta indiferente para (casi) nadie la llamada crisis de las pensiones y parece que hay consenso en que es un paso indispensable legislar en esta materia. Cuando el Fondo de Reserva, popularmente llamado hucha de las pensiones, se está agotando este asunto resulta de gran calado para nuestro país, siendo el objetivo prioritario garantizar, pese a ello, su sostenibilidad a largo plazo, sin desnaturalizar o hacer irreconocible el sistema público. No obstante, para conseguir lo anterior, no hay píldoras mágicas, de tal manera que, si se quiere descargar de gastos impropios al sistema de la Seguridad Social, habrá que traspasárselos al Estado a la vez que emprender esa profunda reforma que garantice el llamado futuro de las pensiones en España. De ahí que, efectivamente, al afectarnos a la gran mayoría nos preocupe de igual manera a (casi) todos…
En este sentido, cuando el pasado jueves 28 de enero el Ejecutivo remitió un borrador a Bruselas con algunas propuestas de reforma, cuyo contenido final, en todo caso, se deberá de negociar más adelante con los agentes sociales, ya se ha dado ese primer paso necesario. De este texto cabe decir que, tras la polémica habida sobre la prolongación o no del periodo de cómputo de la jubilación, en la última de las versiones sobre este extremo, el Gobierno, lejos de establecer la ampliación de 25 a 35 años el periodo del cálculo de la pensión, se ha limitado a plantear “la facultad de elección de los años más favorables en la determinación de la base reguladora de la pensión”. A ello hay que añadir, entre otras medidas no menos importantes, la cotización de los autónomos por ingresos reales, la vinculación de las pensiones al IPC, así como la aproximación de la edad efectiva de jubilación a la edad legal mediante el freno a las jubilaciones anticipadas e incentivos al retraso de la misma.
Respecto de esto último, pese al ruido generado en torno a esta materia, en estos momentos sí podemos aclarar que hay dos líneas de actuación, que son fruto del consenso entre los grupos parlamentarios, y están recogidas en las recomendaciones del Pacto de Toledo, en congruencia también con lo que la propia UE impone en su Pacto de Estabilidad, que aboga por reducir la generosidad de las pensiones, pero con medidas políticas de acompañamiento para evitar la resistencia política y social. Estas actuaciones pasan por (i) fomentar la permanencia de los trabajadores en activo más allá de la edad ordinaria de jubilación y (ii) modificar la jubilación anticipada, que se ha utilizado a menudo como una fórmula de regulación de empleo. Pues bien, las medidas concretas para conseguir el cumplimiento de estas dos líneas de actuación deberían ser resueltas de manera inminente.
Analizando esta idea con más profundidad, lo que se pretende es alargar la edad de jubilación, de un lado penalizando a los trabajadores que se decidan jubilar antes de hora con el objetivo de limitar la ‘avalancha’ de jubilaciones anticipadas (en España casi el 40 %), de tal manera que si se endurecen las condiciones de quienes lo decidan libremente se conseguiría el efecto perseguido, que es que el trabajador siga cotizando más años para seguir financiando a la Seguridad Social. Y, por otro lado, que se retrase el acceso a la pensión y, por tanto, al gasto público. Las medidas para conseguir esto son múltiples. Por ejemplo, parece que se está analizando aplicar el coeficiente reductor por cada año de adelanto, de manera que se aplique directamente sobre la pensión y no sobre la base de cálculo como hasta ahora, y restringiendo los actuales topes. Asimismo, otras medidas que se vienen valorando podrían consistir en incentivar el retraso voluntario de la jubilación, mejorar la actual compatibilidad de trabajo y el cobro de parte de la pensión, ofrecer nuevos incentivos sociales, fiscales y laborales superando a los ya existentes, suprimir las cláusulas de jubilación forzosas de los convenios colectivos, incentivar la jubilación demorada mediante un pago único o, incluso, limitar la jubilación parcial (por ejemplo, si se impidiese o dificultara la acumulación de la jornada del jubilado parcial).
Sin perjuicio de que para la consecución de la mejor reforma de las pensiones se requerirá, sin duda, una buena dosis de análisis financieros, actuariales y de que habrá muchas voces discrepantes o a favor opinado al respecto, será fundamental la mejor dosis de buena política en sentido amplio. Esperemos que sea así, de tal manera que, a la vuelta de Europa, se demuestre una gran capacidad de negociación entre los agentes sociales para la búsqueda del bien común en el interés real del país.
Eva Hernández, socia responsable del Departamento de Derecho Laboral de Alemany, Escalona & De Fuentes.