Revés judicial al chef Dani García: la marca de una ‘foodtruck’ gana a su restaurante dos estrellas Michelin
La Audiencia de Madrid rechaza que el reservado Smoked Room tenga el renombre suficiente para impedir el registro de SmokedHub


El chef Dani García ha perdido el pulso judicial contra la marca de una empresa familiar de catering. La Audiencia de Madrid ha confirmado el registro de la marca SmokedHub, utilizada por las dueñas de TaparaFood para identificar su foodtruck, al considerar que no existe riesgo de confusión con Smoked Room Fire Omakase, el exclusivo reservado dentro del restaurante Leña en Madrid, distinguido con dos estrellas Michelin.
El tribunal, en una sentencia dictada el pasado 24 de abril, consultada por este periódico, desestima el recurso que Alegoría Gastronómica, sociedad del grupo del cocinero que explota Smoked Room, planteó contra la decisión de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) de autorizar el registro de SmokeHub.
El organismo dio luz verde en septiembre de 2024 al registro de la marca de la foodtruck, especialista en ahumados, creadas por dos hermanas que echaron a rodar el negocio en el verano de 2022, aprovechando la celebración del festival Rio Babel en la Caja Mágica de Madrid. El grupo empresarial de Dani García presentó su oposición, alegando que el nombre de la furgoneta gastronómica podía confundirse con Smoked Room, el reducido espacio gastronómico (solo para 14 comensales por servicio) que se encuentra dentro del restaurante Leña, en el Hotel Hyatt Regency Hesperia de la capital.
Entre sus argumentos, Alegoría Gastronómica defendió que Smoked Room es una marca renombrada en el sector de la restauración, reconocida en la Guía Michelin (con dos estrellas) y en la Guía Repsol (dos soles). Asimismo, sostuvo que existe una identidad o similitud de los signos y un riesgo del aprovechamiento indebido del “carácter distintivo” de su marca. La OEPM rechazó el recurso del chef malagueño, lo que abrió la puerta a que elevara el caso a los tribunales.
Con la misma tesis, y aportando noticias aparecidas en medios de comunicación y la presencia del restaurante en internet y redes sociales como prueba de su prestigio, la sociedad de Dani García interpuso un recurso en la Audiencia de Madrid. La demanda se presentó acompañada, además, por “un informe generado por la herramienta ChatGPT en relación con el mismo”, según relata la sentencia que ha resuelto la impugnación.
La Audiencia, cuyo fallo puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, afirma que todos los documentos aportados acreditan “el reconocimiento de calidad gastronómica” del exclusivo restaurante, pero considera que no es suficiente para demostrar que “goce de renombre”, es decir que la marca sea conocida por una parte significativa del público general, como establece la Ley de Marcas. Así, apoyándose en un pronunciamiento suyo anterior sobre un asunto similar, indica que para ser diferenciado en el sector de la alta cocina, la compañía tendría que haber probado “la cuota de mercado poseída por la marca, la extensión e intensidad del uso de la marca y la inversión publicitaria llevada a cabo”.
En cuanto a la similitud de los signos, los magistrados descartan el riesgo de confusión alegado, pese a que las denominaciones de ambas marcas compartan el término “Smoked”. Según explican, la comparación debe realizarse sobre la “impresión de conjunto” que producen los signos y no únicamente sobre uno de sus elementos. En este caso, el tribunal considera que la palabra en común “no juega por sí un papel dominante ni autónomo y distintivo”, ya que los términos que lo acompañan —“Hub” y “Room”— permite al consumidor percibir ambas marcas como distintas.
La Audiencia añade que quienes comprendan el significado en inglés de “smoked” (ahumado, en español), identificarán este término como un adjetivo que califica a las palabras que le siguen. Así, entienden que el foco de atención recaerá en “hub” (centro) o “room” (habitación).