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Ángel Ron defiende la ausencia de delito de estafa en el Popular y recurre su procesamiento

El expresidente de la entidad asegura que la “tesis incriminatoria” no recoge las conclusiones de las pruebas recabadas en seis años de investigación

El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, en una imagen de archivo.
El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, en una imagen de archivo.Pablo Monge (CINCODIAS)
Nuria Morcillo

El expresidente del Banco Popular Ángel Ron ha presentado ya su recurso contra la decisión del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama de dejarle a un paso del banquillo de los acusados por estafa a inversores y falsedad contable en relación a la ampliación de capital de mayo de 2016. El que fuera máximo dirigente de la entidad, resuelta en junio de 2017, asegura que no existen indicios de los delitos que se le atribuyen y que el auto de procesamiento no responde a las conclusiones que desprenden las diligencias practicadas durante casi seis años de investigación. “La tesis incriminatoria asentada por el ilustrísimo juzgado es el resultado de prescindir de la abundante prueba de descargo, señaladamente la prueba de peritos, incluso de los judiciales, elaborada por funcionarios del Banco de España”, subraya el recurso.

A lo largo de 34 páginas, la defensa de Ron —representada por el Bufete Choclán— insiste en que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, no ha tenido en cuenta el informe que presentaron en abril de 2019 los peritos del Banco de España designados por la Audiencia Nacional para analizar las cuentas del Popular, que señaló que el banco “era una entidad viable, estable y solvente en diciembre de 2016″.

De hecho, el recurso recoge parte de la declaración como testigo del exgobernador del órgano supervisor bancario, Luis María Linde, para insistir en esta tesis. El entonces máximo responsable del Banco de España afirmó ante el juez instructor que “cuando empieza a operar el MUS [Mecanismo Único de Supervisión], el Popular era solvente porque cumplía las ratios, incluso en los escenarios adversos previstos”. Ron añade que la entidad estuvo dos años en supervisión del Banco Central Europeo (BCE), “al igual que el resto de los grandes bancos españoles”, y que “en ningún momento se puso de manifiesto incumplimiento alguno de la normativa al consejo de administración”.

Así las cosas, el expresidente del banco refuta la afirmación del magistrado instructor acerca de que las cuentas anuales de 2015 y las trimestrales del año de la ampliación de capital eran falsas con el argumento de que la propia cúpula del que fuera sexto banco español invirtieron “gran parte de su patrimonio” en la operación. “El consejo de administración de Banco Popular suscribió un total de 390.346.952 títulos, incluyendo entre los suscriptores a Ángel Ron, por importe de 487.933.690 euros (correspondía a un 19,47% de las acciones emitidas)”, relata, al tiempo que recuerda que entidades como Allianz AG, Credit Mutuel o Prosegur estaban representadas en dicho cónclave y “realizaron importantes desembolsos”.

Niega el engaño a los inversores

El expresidente del Popular asegura que los inversores no fueron engañados, tal y como dice el auto de procesamiento, porque las cuentas reflejadas en el folleto de información “respondían a los criterios contables derivados de la normativa en vigor en ese momento”. El magistrado instructor también procesó a la firma PwC y a dos de sus socios auditores por estos hechos. Al respecto, el recurso subraya que los estados financieros previos a la ampliación de capital no solo “fueron debidamente auditados y revisados sin salvedades” por la firma procesada, sino que el consejo de administración también solicitó informes adicionales a KPMG y EY, que emitieron una conclusión “en el mismo sentido que el auditor”.

En esta línea, el escrito destaca que el folleto de la ampliación de capital fue totalmente “transparente” y que reflejó de forma “repetida y adecuadamente” que en las cuentas anuales del 2016 “se iban a dotar provisiones adicionales muy significativas, incluyendo provisiones en activos adjudicados, y que se iba a incurrir en pérdidas contables elevadas”. Y así lo certificaron los peritos del Banco de España en uno de sus informes, en el que afirmaron que el documento emitido al mercado “recogía toda la información necesaria, para que el inversor adoptara una decisión de inversión responsable”, recuerda Ron.

Por último, el expresidente del Popular lamenta que el juez instructor asegure en su auto que el consejo de administración del Popular aprobó la ampliación de capital por el importe de 2.500 millones de euros sin ningún informe o documento. Según señala el recurso, este punto no es cierto, ya que los consejeros recibieron un “asesoramiento” de “expertos técnicos independientes de reconocido prestigio”, que avalaron la operación. Un hecho, apunta Ron, que la resolución no menciona.

Con todo ello, Ron sostiene que la resolución recurrida es “injusta” porque “carece de fundamento racional, no se corresponde con el resultado objetivo de las diligencias de investigación, prescinde de la abundante prueba documental, testifical y significativamente pericial, para fundamentar la tesis incriminatoria en una particular y subjetiva visión de la normativa y práctica bancarias”.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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