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Pelayo Cortina Koplowitz redobla el pulso a Jobandtalent por el valor de sus acciones

El empresario recurre la sentencia que estimó parcialmente su demanda, al considerar que el precio de sus títulos en 2016 era superior a 800.000 euros

Félix Ruiz, Juan Urdiales y Felipe Navío, fundadores de Jobandtalent. Imagen cedida por Jobandtalent.
Félix Ruiz, Juan Urdiales y Felipe Navío, fundadores de Jobandtalent. Imagen cedida por Jobandtalent.

Pelayo Cortina Koplowitz mantiene el pulso a Jobandtalent por el valor de sus acciones. El empresario y su padre, a través de la sociedad Cinainvest Holding, insisten en que el monto que los fundadores de la plataforma de búsqueda de empleo reintegró por la reventa de sus participaciones a un tercero no era el de mercado. Por ello, la familia Cortina Koplowitz ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Madrid, que condenó a Juan Urdiales, Felipe Navío y Félix Ruiz por incumplimiento de contrato, con el objetivo de lograr una compensación por estos títulos superior a los 818.853,02 euros que la juez reconoció.

Según informaron fuentes jurídicas a CincoDías, el recurso se presentó el pasado 16 de febrero ante la Audiencia Provincial de Madrid e incide en que existe una gran diferencia entre el precio asumido por los demandados (consignado ante notario) y el valor real de las acciones en el momento de su reventa. En concreto, el escrito argumenta la arbitrariedad de las pruebas documentales, falta de motivación e indefensión. Los Cortina Koplowitz demandaron a los fundadores de Jobandtalent en 2020, al entender que el precio de sus acciones, vendidas al fondo Atomico, asciende a 8,1 millones de euros. Una cifra estimada a raíz de que algunos accionistas como Entrecanales, Kibo, Qualitas, Luca de Tena o Polanco, incluso uno de los directivos de la compañía, vendieran sus participaciones en las mismas fechas a un precio superior, hasta “2,5 veces mayor” en algunos casos, según indicaron fuentes cercanas a los empresarios.

Por su parte, fuentes próximas a los fundadores apuntaron que a lo largo de todo este proceso, Urdiales, Navío y Ruiz ”han manifestado su plena confianza en la justicia, que valida el importe fijado por ellos en el precio de venta de las acciones”, al tiempo que rechazaron “la pretensión de la otra parte de exigir un precio, infundado, 10 veces superior”.

La llegada de los Cortina Koplowitz en la start-up, en 2014, relanzó el proyecto, ya que nuevos inversores de renombre pusieron la mirada en la plataforma. En mayo de 2015, el grupo inversor del hijo pequeño de Alberto Cortina y Alicia Koplowitz lideró la ronda de financiación de 23 millones de euros. Justo un año después, y ante el interés de los fundadores de Jobandtalent en que Atomico entrara en el capital, Pelayo Cortina y Cinainvest vendieron la totalidad de sus acciones, que representaba conjuntamente el 12,47% del capital social, por 6.277,91 euros cada una de ellas. Asimismo, cedieron a los fundadores del portal de empleo temporal los derechos económicos del 3% de la empresa, representado por 315 participaciones de las que eran titulares, a cambio del 3% del capital social de Jobandtalent Uk, que correspondía a 315.000 acciones de la firma británica donde reside todo el negocio nacional e internacional de la compañía desde 2016.

Cláusulas sobre la venta

Dichas acciones no eran libremente transmisibles, por lo que en el contrato de prima por venta se incluyeron cláusulas que establecían la obligación de los demandados a pagar las cantidades que percibiesen por la venta de las mismas, en un plazo no superior a los 15 días; el derecho a la ejecución de compra de los antiguos propietarios en el momento que no existieran restricciones, y dentro del periodo de cinco años; y el compromiso de los directivos de la firma a comunicar cualquier pacto alcanzado sobre la transmisión de las acciones.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Madrid, con fecha del pasado 18 de enero y a la que ha tenido acceso CincoDías, recoge estas estipulaciones, al tiempo que da por acreditado que el 28 de mayo de 2016, “tan sólo dos días después” de la firma del contrato de compraventa de participaciones sociales y del canje de acciones, los creadores de Jobandtalent vendieron 312.000 de estos títulos al inversor internacional, pero sin informar de ello. Fuentes cercanas a los Cortina Koplowitz aseguran a este diario que los demandantes tuvieron conocimiento tres años después, por la prensa, de que Juan Urdiales, Felipe Navío y Félix Ruiz (cofundador de Tuenti, Playtomic o Auro) habían vendido 12 millones de euros en acciones.

Tras varios requerimientos de información y la discusión de discrepancias, los fundadores aceptaron abonar a los demandantes 818.852,02euros, según consta en un acta notarial de enero de 2020, consultada por este diario. Este precio resultó ser el equivalente a la venta de las acciones por el importe de 844.396,80 euros, que con el descuento de los impuestos quedó en 693.701,64 euros, más los intereses de demora aplicados. No obstante, los Cortina Koplowitz no se mostraron de acuerdo con la cantidad transferida, por lo que presentó una demanda ante los juzgados de Madrid, que ha sido estimada parcialmente.

La sentencia no solo recalca que el contrato era “perfectamente válido” y “claro” en su redacción, sino que da por acreditado que “los demandados no dieron cumplimiento a la obligación consignada del pago de la prima, hasta que, más de de tres años después, son requeridos para ello por los demandantes”. No obstante, la magistrada entendió que la cantidad a pagar por el “incumplimiento o cumplimiento tardío de los pactos” debe ser “la cantidad objeto de depósito por los demandados en el acta de consignación notarial”, apoyándose en las conclusiones de un informe pericial de KPMG aportado por la defensa de los fundadores de Jobandtalent.

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