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El Supremo anula el recorte de Altadis en las compensaciones de 2021 a los prejubilados

El Alto Tribunal destaca que la rebaja de las retribuciones por el IPC negativo debe estar contemplado en las cláusulas del ERE

Logotipo de la empresa tabaquera Altadis.
Logotipo de la empresa tabaquera Altadis.EFE
Nuria Morcillo

El Tribunal Supremo ha zanjado uno de los conflictos laborales que Altadis arrastra desde hace tres años. La Sala de lo Social ha anulado la revisión a la baja que la tabacalera hizo en 2021 de las cantidades que perciben mensualmente todos los trabajadores prejubilados bajo el argumento de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) real del año anterior fue negativo. En una sentencia, consultada por este diario, el Alto Tribunal ha dado la razón a los sindicatos que denunciaron la ilegalidad de esta medida.

Según relata la sentencia, con fecha del pasado 19 de diciembre, todos los prejubilados de la empresa cuentan con las mismas condiciones, recogidas en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE), aprobado en 2009, entre ellas una cláusula que establece que estas bajas incentivadas se pueden enlazar con la jubilación y, hasta llegado ese momento, cobrar como indemnización un porcentaje del sueldo, en 12 pagas, con revisiones anuales en función del IPC del año anterior.

Bajo esta premisa, en 2021 Altadis procedió a minorar el importe de las compensaciones en base a que el IPC de 2019-2020 había sido de un -0,5%. Esta decisión fue impugnada por UGT y CC OO ante la Audiencia Nacional –a cuya demanda se adhirió CSIF– para solicitar su nulidad y la devolución de las cantidades descontadas en dicho ejercicio. En julio de 2022, el tribunal dio la razón a las organizaciones sindicales y declaró que la empresa no puede aplicar esa rebaja porque no está autorizada, de manera expresa, en la cláusula del ERE que regula la revisión futura de tales cantidades en función del IPC del año anterior.

Conducta anterior

Para la compañía, la postura de los sindicatos es incongruente, puesto que ya aceptaron una revisión a la baja de las retribuciones de los prejubilados en 2014, cuando también se produjo una evolución negativa del IPC, y no impidió que, posteriormente, pactaran un nuevo ERE en 2016 y una ampliación en 2019. Así lo manifestó Altadis en su recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo, que ha acabado siendo desestimado.

La Sala de lo Social del Alto Tribunal ha ratificado el criterio de la Audiencia Nacional porque, de acuerdo a su propia doctrina sobre las revisiones de las cantidades pactadas en un ERE a favor de los trabajadores acogidos al mismo para su actualización conforme al IPC cuando es negativa, se “exige que se hubiere previsto específicamente esa posibilidad en las cláusulas del ERE que regulan su actualización”. Por tanto, los magistrados niegan que se pueda aplicar dicha rebaja “cuando en el tenor literal de las mismas no se contempla de forma expresa su eventual disminución o compensación a resultas de un IPC negativo”.

Resuelto este punto, el Supremo se han centrado en el único argumento del recurso de Altadis sobre la aceptación de los sindicatos de la rebaja de las compensaciones años atrás y ha señalado que la actuación anterior no implica que los representantes de los trabajadores “hayan perdido la posibilidad de impugnar en el presente asunto la actuación empresarial, consistente en revisar a la baja para una determinada anualidad el importe de las indemnizaciones (...) porque en otra anualidad anterior no lo hubieren impugnado”.

De hecho, los magistrados han destacado que de la “pasividad anterior no se desprende en modo alguno la inequívoca y concluyente voluntad de renunciar al derecho de impugnar esa actuación” en futuras ocasiones. “Habrá prescrito el derecho a combatir la revisión anterior, pero no se ha perdido de ninguna manera la posibilidad de impugnar la nueva actuación de la empresa en tal sentido”, concluye la sentencia.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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