El TJUE abre la puerta a la Superliga: la FIFA y la UEFA abusan de su posición dominante
El tribunal con sede en Luxemburgo limita su pronunciamiento a las normas de los organismos deportivos y no valora la creación de una nueva competición
La Justicia europea abre la puerta a la Superliga. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado que la FIFA y la UEFA están abusando de su “posición dominante” con respecto a la autorización de esta nueva competición, al amenazar con sanciones para impedir su lanzamiento. En una sentencia, que se ha dado a conocer este jueves, la máxima instancia judicial europea ha limitado su pronunciamiento a las normas de autorización de ambos organismos deportivos, por lo que no ha entrado a valorar la viabilidad de esta competición específica. No obstante, los magistrados han sido claros a la hora de afirmar que los vetos impuestos son contrarios al Derecho de la Unión.
A lo largo de su resolución, el tribunal con sede en Luxemburgo ha destacado que las normas de autorización, de control y sancionadoras de la UEFA y la FIFA deben ser calificadas de restricción no justificada a la libre prestación de servicios, habida cuenta de su carácter arbitrario. “Dichas normas no se limitan simplemente a obstaculizar o a hacer menos interesantes las diferentes actividades económicas de que se trata, sino que, más bien, las impiden, al limitar el acceso de todo aquel que quiera empezar a ejercerlas”, reza la sentencia.
En abril de 2021, una docena de clubes europeos se unieron para crear la nueva competición, pero la amenaza de sanciones de los organismos reguladores del fútbol a clubes y jugadores que quisieran participar en ella provocó que la mayoría de equipos abandonaran la iniciativa. Ahora solo quedan al frente el Real Madrid y Barcelona, tras la espantada de la Juventus en julio.
Evitar conflicto de intereses
Para resolver la cuestión, el TJUE ha aclarado que la organización de competiciones de fútbol y la explotación de los derechos de difusión son actividades económicas. En consecuencia, ha añadido, estas actividades deben respetar las normas en materia de competencia y las libertades de circulación, a pesar de que el deporte presente ciertas características específicas, como la existencia de asociaciones (la UEFA, a nivel europeo, y la FIFA, en ámbito europeo) dotadas de facultades normativas, de control y sancionadoras, que además organizan las competiciones.
Ante tales circunstancias, la corte europea ha indicado que si una empresa en posición dominante tiene la facultad de determinar en qué condiciones pueden entrar en el mercado empresas potencialmente competidoras, la decisión de esta debe estar basada en criterios de transparencia, objetividad, no discriminatorios y proporcionados, para evitar un riesgo de conflicto de intereses. Pues bien, según ha destacado el TJUE, las facultades de la FIFA y la UEFA no están sujetas a ningún criterio de esta naturaleza y por tanto están abusando de su posición dominante.
Sin embargo, aunque la justicia europea no se ha pronunciado sobre el proyecto específico de la Superliga, ya que las cuestiones planteadas por un juzgado español han sido de carácter general acerca de las normas de la FIFA y de la UEFA, sí ha apuntado que una competición de este tipo no debe ser necesariamente autorizada. Por tanto, la decisión del TJUE no implica un aval para la puesta en marcha de la Superliga, pero sí permite a sus organizadores rearmarse y poder proponer su formato deportivo y financiero, abriendo la puerta a un potencial acuerdo para su puesta en marcha. La amenaza de sanciones, que el tribunal considera hoy que no se ajustan a las normas de la competencia, fue el principal motivo para la huída de los equipos a los pocos días de hacerse público el proyecto.
La explotación de los torneos
Paralelamente, el tribunal ha incidido en que la FIFA y de la UEFA también controlan “íntegramente” la oferta de derechos derivados de las competiciones. Así, ha apuntado que las normas relativas a la explotación de los derechos de difusión pueden perjudicar a los clubes europeos de fútbol, al conjunto de las empresas que operan en los mercados de los medios de difusión y, finalmente, a los consumidores y a los telespectadores, al impedirles beneficiarse de nuevas competiciones potencialmente innovadoras o interesantes.
En concreto, la sentencia explica que las normas con las que ambas asociaciones se dotan de la capacidad para organizar y explotar las competiciones futbolísticas, “permiten a las dos entidades a las que confieren un monopolio en la materia, en forma de un control total de la oferta, exigir precios de venta excesivos y, en consecuencia, abusivos”, ante lo que los compradores de derechos “no tienen a priori sino un poder de negociación limitado, habida cuenta de la posición fundamental e ineludible que ocupan las competiciones y los partidos de fútbol profesional de clubes,como productos de reclamo”.
Así las cosas ahora corresponde al Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, que instruye la guerra judicial entre Superliga, UEFA y FIFA, comprobar si estas normas pueden, no obstante, beneficiar a los diferentes grupos de interés del fútbol, por ejemplo, mediante una redistribución solidaria de los ingresos generados por esos derechos.
Más de un año a la espera
El caso llegó al TJUE en mayo de 2021, después de que el juzgado de lo mercantil madrileño planteara una cuestión prejudicial con seis preguntas acerca de si las normas de la FIFA y la UEFA eran contrarias al Derecho de la Unión, mas aun teniendo en cuenta que ambos organismos deportivos ostentan una posición de monopolio en este mercado.
La respuesta ha tardado más de un año, pues el abogado general del TJUE Athnasios Rantos emitió su opinión consultiva no vinculante en diciembre de un año. Su criterio no ha sido seguido por el tribunal, pues avalo el rol que FIFA y UEFA juegan en el fútbol europeo para organizar y explotar sus propias competiciones, así como su capacidad para amenazar con sanciones a aquellos clubes que, como los promotores de la Superliga, quieren crear una nueva competición al margen de sus estructuras. En concreto, explicaba que las normas europeas “no prohíben a la FIFA, a la UEFA, a sus federaciones miembro o a sus ligas nacionales amenazar con sanciones a los clubes afiliados a esas federaciones, en caso de que estos participen en un proyecto de creación de una nueva competición”.
Con la respuesta del TJUE conocida hoy, la guerra judicial vuelve a reactivarse, en un caso repleto de idas y venidas. El juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid llegó a levantar en abril de 2022 las medidas cautelares con las que protegió, desde el nacimiento público de la Superliga, a sus promotores ante las potenciales represalias anunciadas por los dos entes futbolísticos.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid devolvió esa protección en enero de este año, señalando en su sentencia que FIFA y UEFA gozan de una “posición de monopolio”, además de apuntar a la “obstaculización” que ejercen ante el nacimiento de un nuevo organizador de competiciones futbolísticas.
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