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Nueva condena a Ryanair por cobrar un suplemento por llevar maleta de cabina

La sentencia sostiene que la aerolínea no asume un encarecimiento de costes por transportarla, por lo que el cargo no está justificado

Un avión de Ryanair en pleno despegue
Un avión de Ryanair en pleno despegue

Nueva condena a Ryanair por cobrar un suplemento por llevar maleta de cabina, esto es, “aquella que es susceptible de viajar junto al pasajero, bajo su estricta responsabilidad, en los compartimentos superiores a los asientos”. La sentencia, que es firme, ha sido dictada este lunes por el Juzgado de Primera Instancia número 23 de Valencia. En sus fundamentos de derecho, hace referencia a una resolución del Parlamento Europeo del pasado octubre que instaba a la Comisión a aprobar normas comunes sobre el tamaño y precio del equipaje de mano, que, según la jurisprudencia europea, “no debe estar sujeto a un suplemento de precio”.

En el caso enjuiciado, dos pasajeros demandaron a Ryanair porque, cuando fueron a hacer el check in, se vieron obligados a pagar 115,18 euros en concepto de equipaje de mano. Entendiendo que el cargo no era conforme a derecho, instaron la devolución. La aerolínea, por su parte, se defendió, alegando que tenía “plena libertad para fijar sus tarifas y que el equipaje de mano exento de coste queda limitado a cualquier bulto que tenga unas dimensiones no superiores a 40x25x20” centímetros, lo que equivale a una pequeña bolsa.

Como explica el abogado de los pasajeros, Isaac Guijarro, director jurídico de Olympe Abogados, para defender su posición se basaron en el artículo 97 de la Ley 48/1960, sobre Navegación Aérea, que establece que la aerolínea “está obligada a transportar no solo al pasajero, sino también, y sin cobrar nada por ello, los objetos y bultos de mano que lleve” consigo. “Únicamente pueden denegar el embarque de estos bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, pero en este caso se trataba de las típicas maletas de cabina” que no excedían de 55x35x25 centímetros, añade.

Equipaje de mano

La resolución, al condenar a Ryanair, se apoya en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2014 (asunto C-487/12, Vueling contra el Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia). En ella, el TJUE concluía que había que distinguir entre el equipaje facturado y el no facturado. El equipaje facturado es aquél que viaja en la bodega del avión, “pudiendo las compañías aéreas cobrar un suplemento sobre el precio del billete. Cosa distinta es el equipaje de mano o equipaje no facturado, respecto del cual el TJUE sí que lo considera un elemento indispensable del transporte aéreo, por lo que la compañía viene obligada a transportarlo sin poder exigir ningún tipo de suplemento o sobrecoste sobre el precio del billete al pasajero”.

“Tal diferencia de trato es lógica y razonable, pues, mientras que el equipaje facturado le implica a la compañía aérea un encarecimiento de sus costes (aumento del coste de combustible al portar más peso, costes de personal al necesitar personal de tierra en los mostradores de facturación, etc), en el equipaje de mano, la compañía aérea no asume tales costes, por lo que ese suplemento no estaría tampoco justificado”, sostiene la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 23 de Valencia. Sobre esta cuestión también se han pronunciado otros juzgados de lo mercantil, amparando la solicitud formulada por los consumidores.

La magistrada que firma la sentencia critica que, si bien las compañías aéreas fijan de forma individual las normas relativas al número de piezas y las dimensiones del equipaje de mano, así como las tasas aplicables, no existe una “dimensión estándar común mínima”. Esto “genera una quiebra en los derechos de los pasajeros aéreos, que se ven sometidos a una regulación dispar sin causa objetiva para ello”.

En opinión del director jurídico de Olympe Abogados, esta situación hace que a Ryanair y a otras aerolíneas de bajo coste “les salgan baratas” las condenas de los tribunales por el equipaje de mano. “Les es más fácil cobrar y obligar a los pasajeros a pleitear después", aunque sepan que su política sobre las maletas de cabina se encuentra con la oposición del TJUE. "Estoy convencido de que los únicos que demandamos fuimos nosotros de toda la gente que pagó por la maleta”, comenta. Por eso, urge al legislador a poner fin a esta situación.

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