Trámites para pasar de ser autónomo a SL
Pasos y gestiones para constituir una sociedad cuando eres autónomo.
Cuando un profesional autónomo factura unos 40.000 euros al año, se suele decir que es el momento idóneo para pasar a ser autónomo societario y constituir una sociedad limitada.
Pero bien es cierto que es una decisión de cada uno, no hay una normativa como tal que indique cuándo se debe proceder a este cambio.
Además, no solo la facturación es un factor a considerar, sino que también se han de tener en cuenta otros aspectos, como la responsabilidad, que pasa a ser limitada, y, por tanto, el patrimonio personal queda al margen del negocio. O también los gastos en cuanto a la fiscalidad se refiere, ya que al ser una sociedad limitada hay determinados gastos que se pueden desgravar una vez se ingresa una determinada cantidad y el tipo de gravamen es fijo, cuando como autónomo es porcentual a los ingresos sean cuales sean. Por otro lado, es necesario aportar un capital inicial para poder constituir la sociedad. En definitiva, es una decisión que deberá valorar y sopesar el autónomo y dependerá también del tipo de negocio.
Pero una vez se ha evaluado la situación y se ha decidido pasar de autónomo a formar una SL,¿qué pasos hay que dar? ¿Cuáles son los trámites para pasar de ser un trabajador autónomo a una sociedad limitada? A continuación vamos a ver qué gestiones y procesos se deben llevar a cabo y los plazos necesarios para ello.
Pasos para dejar de ser autónomo y constituir una SL
- Lo primero que se debe hacer es darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o bien modificar esos datos. Dependerá de si vas a ser el socio y administrador único, en cuyo caso sólo deberás modificar la información. En cualquier caso, deberás rellenar el modelo TA0521/6, correspondiente a alta/baja/variación de datos del RETA. Se puede hacer de forma totalmente telemática, aunque necesitarás contar con certificado digital, sistema cl@ve o DNI electrónico. En este propio sistema deberás indicar el paso que vas a dar (autónomo societario) exponiendo los datos que se te solicitan.
- A continuación, será el momento de constituir la sociedad limitada como tal. El primer paso para ello es acudir al Registro Mercantil y conseguir el Certificado de Denominación Social. Este documento es el que acredita que el nombre de tu empresa puede ser, o no, el que hayas elegido. Este nombre no puede estar ya registrado por otra empresa (a nivel mercantil, no a nivel comercial que sí es factible y por eso puede que conozcas dos bares que se llamen igual).
- El siguiente paso es el de depositar el capital social inicial. El mínimo es de 3.000 euros y se debe ingresar en una cuenta que esté vinculada a la propia empresa.
- A continuación, se deberán redactar los estatutos que son los encargados de dirigir la empresa y su funcionamiento. En este documento se incluyen datos e información como el nombre, el objeto social, los socios si hay más de uno, en la dirección, etc.
- Una vez redactados, se han de firmar la escritura pública, que es la que confirma la constitución de la sociedad. Para ello, se debe acudir a un notario para que dé fe de esta nueva creación.
- Ya, con todo esto, se otorga el número de identificación fiscal (NIF o CIF) definitivo con el que se identifica la empresa y se debe incluir en las facturas.
- Este es el momento en el que se puede proceder a dar de alta de manera oficial a la Sociedad Limitada en el Registro Mercantil.
Desde este momento en el que ya es oficialmente una SL, comienzan los trámites propios de la empresa: el alta de los empleados en caso de haberlos, contratos de alquiler de local u oficina en caso de necesitarlos, los seguros, etc.