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Ingresos pasivos de los autónomos: qué son y cómo se declaran

Se trata de ingresos que se obtienen sin requerir una dedicación activa por parte del profesional

Los ingresos pasivos en autónomos son aquellos ingresos que se obtienen de fuentes distintas a la actividad principal del autónomo y que no requieren una dedicación activa por su parte. Se trata de ingresos que se generan de manera automática o semiautomática y que no requieren una presencia constante del autónomo para su obtención.

Hay que tener en cuenta que aunque los ingresos pasivos no requieren una dedicación activa por parte del autónomo, sí requieren una inversión previa de tiempo y recursos para su creación y puesta en marcha.

Independientemente del tipo de actividad que tenga que ver con estos ingresos pasivos, el autónomo debe tener en cuenta que estos ingresos se tienen que declarar, de no hacerlo, podría conllevar alguna sanción para el profesional.

Los ingresos pasivos se producen a través de alquileres, por ejemplo. Aquí el beneficio es la renta mensual que se recibe por el alquiler de algún inmueble. También se producen estos ingresos por las inversiones debido a la bolsa, acciones o a los depósitos bancarios.

Declarar los ingresos pasivos

Los ingresos pasivos también se generan al crear productos digitales como ebooks, cursos, programas o aplicaciones, que tras publicados en plataformas online producen retribuciones habituales o esporádicas; a través de las transacciones con criptomonedas o mediante programas de marketing de afiliados.

Expertos de Asesorae indican que si el profesional realiza alguna de las actividades antes mencionadas tendrá que darse de alta en Hacienda, también deberá hacerlo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), en el caso de que los ingresos se perciban regularmente, y deberá darse de alta en el ROI si los beneficios provienen de un ente intracomunitario.

Por último, hay que tener en cuenta que no deberán declarar los contribuyentes cuya renta o ingreso neto anual sea menor a 22.000 euros, si se tiene un solo pagador. Mientras que si se tiene más de un pagador, la Agencia Tributaria fija que el autónomo solo tendrá que declarar si la cuantía de las actividades económicas en conjunto rebasa los 1.000 euros al año.

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