El pulso de Renfe Mercancías y la CNMC entra en el Supremo con 65 millones de multa en el aire
La operadora ve aceptado un recurso de casación y el Alto Tribunal analizará el supuesto de abuso de posición de dominio
La histórica sanción de la CNMC a Renfe Mercancías, de 65 millones en 2017, ha llegado el Tribunal Supremo entre los distintos recursos que interpuso la operadora pública. El Alto Tribunal ha admitido el de casación presentado contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 21 de octubre de 2021, y tendrá que pronunciarse ahora sobre el control jurisdiccional de la propia Audiencia Nacional, cuya sentencia no era firme, y sobre las conductas sancionadas.
La justicia ordinaria examinará, de este modo, los requisitos que la propia CNMC observa para determinar el abuso de posición de dominio de una empresa. Esto es determinante en las distintas fases de una liberalización o después de operaciones de concentración. La resolución y sanción de la CNMC contra Renfe Mercancías es del 28 febrero de 2017, cuando se impusieron dos multas a la líder del transporte de carga por ferrocarril.
En primer lugar se sancionaron con 49,9 millones una serie de pactos firmados en 2008 con filiales de Deutsche Bahn (DB), con un alcance de cinco años, en los que estos clientes recibían un trato preferencial al obtener garantías de tracción y una política de precios mas ventajosa que otras empresas.
La segunda infracción , multada con 15,1 millones, está relacionada con el abuso de posición de dominio que suponía ofrecer a DB unas condiciones de acceso a sus servicios distintas a las de otras compañías. Esa ventaja facilitaba que la germana pudiera ganar cuota de mercado en España, especialmente en el transporte de coches y componentes.
Desde Renfe se argumentó en el recurso contra la aplicación de la multa que ni restringió la competencia ni abusó de su posición de liderazgo en un mercado que lleva liberalizado desde 2005. La compañía vio inadmitido un primer recurso de casación, hace justo un año, contra una de las sentencias de la Audiencia Nacional, de 23 de julio de 2021, en que fue ratificada la decisión de Competencia de multar a la compañía. Entonces, Renfe centró su apelación en una cuestión de forma: en que el fallo no tuvo en cuenta la vulneración del principio non bis in ídem, aplicándose de forma errónea el concepto “mismos hechos”. Es decir, la pública reclamó contra la vulneración de sus derechos al opinar que estaba siendo multada dos veces por la misma práctica. Pero la justicia estimó que las dos infracciones que notificó y sancionó la CNMC son diferentes, una de ellas afectando al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, contra acuerdos colusorios que derivan en un reparto del mercado, y la otra contra el artículo 2, que describe el abuso de mercado.
Cabía aún recurso contra el fondo de la cuestión, sobre el que la Audiencia Nacional también falló contra Renfe. Con su recurso de casación, la firma que preside Isaías Táboas ha buscado que se analicen sus supuestas infracciones e incluso la cuantía de las multas.
Contexto de mercado
Mercado de 315 millones. La multa a Renfe Mercancías fue la mayor impuesta por la CNMC de forma individual. El mercado afectado, el del transporte de mercancías en tren, movía 315 millones al año.
Rivales. La competencia estaba formada por Acciona, Comsa, Continental Rail (entonces de ACS) o Logitren. La denuncia contra Renfe Mercancías, de 2014, partió de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP).
Remedios. Cuando la CNMC resolvió con el castigo a Renfe Mercancías, la firma defendió que cualquier conducta relacionada había sido corregida. De hecho, había abierto el proceso de desinversión en participadas como Transfesa y Semat, y dijo poner maquinaria a disposición del mercado.