Contributividad vs. solidaridad en la gestión de la Seguridad Social
Este Gobierno, como sus predecesores, erosiona el vínculo entre cotizaciones y pensiones para financiar los déficits de aportaciones
Es moneda común en la gestión de las pensiones públicas erosionar cada año el principio sagrado de la contributividad, esa relación directa entre aportación y pensión futura, para financiar la práctica de la solidaridad. Todos los retoques normativos aplicados desde 1985, y van docenas de ellos, has traspasado dinero de los cotizantes con más recursos a los que no aportaban lo suficiente para alcanzar la pensión que cobraban. 2023 no iba a ser menos: se eleva casi un 10% la base máxima de cotización y se amplía el exceso de aportación que queda desierto, que no genera pensión; un ejercicio que se repetirá durante los próximos años por imposición normativa, aunque al parecer de manera menos intensa.
La Seguridad Social europea, símbolo del progresista Estado del bienestar generalizado en todo el continente que tiene su génesis en las políticas de Bismarck en Alemania, es un mecanismo de solidaridades cruzadas entre niveles de renta generada durante la vida activa y entre generaciones distintas; una especie de Estado duplicado avalado por el propio Estado con una estructura de financiación piramidal protegida por las leyes. Esto es: cada contribuyente (cotizante) aporta una cuarentena de años para que cobre pensión la generación precedente (la de sus padres), y, cuando él se retire, cobrará de las aportaciones que haga la generación siguiente (la de sus hijos).
Así planteado, el mecano proporciona prestaciones dignas a cada generación si la que aporta en cada momento es suficientemente numerosa y productiva, pero inferiores a lo esperado si la demografía arroja saldos decrecientes de activos y la mala suerte o la mala gestión deprimen la economía. El único motor que revoluciona las aportaciones para dar satisfacción a los pasivos en cada momento, además de un fujo demográfico suficiente y puntual, es el crecimiento de la productividad de la economía y sus trabajadores para reforzar las cotizaciones. Y eso, no siempre ocurre.
Vaya por delante, en todo caso, que, con las cotizaciones actuales, nadie financia las pensiones que la ley le promete: ni los que ponen poco (o nada) ni los que ponen mucho. Está actuarialmente comprobado, aunque las aportaciones se incrementen monetariamente con toda la inflación acumulada durante la carrera laboral, con la excepción de los dos últimos años, para compensar similares revalorizaciones de las prestaciones.
Este flujo de impuestos (no otra cosa son las cotizaciones) y rentas se equilibra en términos cíclicos con trasvases de excedentes de aportaciones de los particulares o del Estado, en función de los desequilibrios que en las cuentas experimentan los ciclos económicos y demográficos. En las etapas boyantes las cuotas soportan gastos de carácter no contributivo, y en las críticas, es la caja común de la Hacienda o las emisiones del Tesoro las que cubren el déficit.
La lógica filosofía del sistema de pensiones es la contributividad, que estimula la aportación creciente y refuerza el vínculo entre cuotas y prestaciones. Tomó arraigo desde la reforma de 1985; hasta entonces, el alta de trabajadores no era general, el cómputo de cotizaciones era deficiente, muchas grandes empresas tenían mecanismos de previsión propios al margen de la caja común, y miles de personas compraban la jubilación cotizando súbitamente los últimos años de su vida laboral. La contributividad pura garantiza que la pensión la determinan las aportaciones hechas antes del retiro, tanto en años como en volúmenes, y eso solo sería posible con un régimen de cuentas nocionales. Si hasta la reforma Almunia de 1985 bastaban ocho años de alta para tener una prestación que se construía con las cuotas de los dos últimos años, desde entonces se elevó la carencia hasta los 15 años, y lentamente hasta los 25 últimos los que determinan la pensión.
Pero este sano reforzamiento de la contributividad se violentaba en paralelo abonando con excedentes de cuotas (cuando los hubo) las pensiones asistenciales a quien no había cotizado los 15 años precisos para acceder a la contributiva, así como los complementos a los pensionistas que no lograban construir una pensión mínima garantizada por ley y que muchas veces los gobiernos han subido de forma exagerada para comprar voluntades políticas. (En 2022 cobran complementos 2,25 millones de personas, y en 2023 se destinarán a esa partida más de 7.200 millones de euros). La contributividad se vulneraba con el régimen agrario, que aportaba de forma deficiente, en la reconversión encubierta del campo en los ochenta y noventa; se vulneraba con los autónomos, que siempre aportaban lo mínimo; y se vulneraba en la reconversión industrial, cuyos excedentes fueron prejubilados y absorbidos solidariamente.
La partida de los complementos a mínimos ha pasado ya a cargo del Estado, con cambio de cromos para sacar de la Seguridad Social los supuestos gastos impropios. Así, el Estado aporta ahora 39.000 millones de euros, de los que 20.000 lo son para costear partidas impropias y dar por cerrado el tránsito de cuotas para gastos que deben pagar los impuestos.
Pero vulnerar la relación entre cuotas y pensión no concluye nunca, y se ha estresado de nuevo en 2023. Contributividad y solidaridad sigue siendo un binomio de vasos comunicantes, y el Gobierno, y antes otros gobiernos, todos los gobiernos, sigue castigando la primera para financiar la segunda, proporcionando cada vez más retorno de sustitución (porcentaje que la primera pensión sobre el último sueldo) a los cotizantes menos generosos, y menos, a los más espléndidos.
Dañar la contributividad es un ejercicio que los gestores vulneran con la obligatoriedad de cotizar por todas las remuneraciones, sean de la naturaleza que sean; pero la intensifican con subidas verticales de las bases máximas, que afectan a más de 1,4 millones de trabajadores, y que no generan cuantía adicional de la prestación de retiro. Con la nueva base máxima, en vigor desde enero, se obtendría una pensión bruta de 3.852 euros al mes, 794 euros por encima de la máxima legal, y con ese resto puede financiarse una pensión superior incluso a la mínima sin cónyuge a cargo (783 euros). De otra forma: para lograr ahora la pensión tope basta con aportar por una base de 3.567,66 euros, siempre que se tenga cotizado tiempo suficiente para tener el 100% de la base reguladora. Déficit de contributividad, superávit de solidaridad.
La Administración calcula que más de 30.000 millones de euros de masa salarial no se retratan aún ante las arcas de las pensiones, y quiere incorporarlas como base imponible con subidas adicionales en los próximos 30 años, a razón de un punto por encima del IPC anual. Eso sí, el reflejo en la pensión máxima de quien haga la sobre cotización deberá esperar.
José Antonio Vega es periodista