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Contingencias comunes y profesionales y cotizaciones de cada una

Son las que cubren las incapacidades del trabajador

Cuando un autónomo se da de alta en la Seguridad Social cotiza por contingencias comunes y profesionales. Las contingencias comunes son aquellas que aluden a una alteración de la salud y que no tiene la categoría de accidente de trabajo ni de enfermedad profesional.

Expertos de Asepeyo explican que las contingencias comunes son aquellas que cubren el subsidio durante la incapacidad temporal del autónomo. Esta incapacidad se debe a una enfermedad común o un accidente no laboral.

Tener cotizados 180 días

Para acceder a la prestación por contingencias comunes la empresa debe tener contratada esta cobertura previamente. Además de eso, es importante que el trabajador presente a la empresa el parte de baja médica que le haya expedido previamente el médico de la Seguridad Social.

Independientemente de eso, el trabajador debe acreditar que cumple con los requisitos exigidos legalmente para poder tener derecho a esta prestación. Estos requisitos son: estar dado de alta y tener cotizados 180 días en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho que haya provocado la baja. Esto no es necesario en casa de accidente no laboral, ya que no se requiere para estos casos el periodo de carencia.

Contingencias profesionales

Una vez esto ocurra, el trabajador se verá en el deber de remitir semanalmente el parte de confirmación de la baja que le haya entregado el médico de la Seguridad Social. En el caso de la incapacidad temporal directa, el profesional tendrá que aportar la documentación que le solicite la Mutua para proceder al pago de la prestación.

Por su parte, las contingencias profesionales son aquellas que derivan directamente del trabajo. Desde Ibermutua recuerdan que las contingencias profesionales hacen referencia a los accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Se consideran accidentes de trabajo los que sufre el trabajador cuando realiza sus tareas profesionales, los que ocurren en actos de salvamento y que están relacionados con el trabajo o las enfermedades que se desarrollen cuando se desempeñe la actividad laboral. Lo mismo sucederá con las enfermedades profesionales que son aquellas que se desarrollan en el ejercicio de la actividad profesional.

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