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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Incentivar los fondos colectivos de pensiones no obliga a erosionar los individuales

Reduce la libertad personal que todo partícipe busca para financiar su retiro laboral

CINCO DÍAS

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno esta semana al proyecto de ley de impulso de los planes de empleo colectivos, y lo ha hecho mejorando notablemente las condiciones que recogía la primera lectura de la norma. No por ello es un mecanismo perfecto, pero hay que admitir que escuchar a la doctrina, las empresas y la industria ha servido para mejorar notablemente los planteamientos iniciales; y no hay que dar por hecho tampoco que con la nueva configuración, que podría modificarse en vía parlamentaria y reglamentaria, esté garantizado el éxito de la nueva fórmula y que vayan a generalizarse los planes de pensiones de empresa o que vayan a adherirse a los de promoción pública los autónomos y los trabajadores de las pymes. Se dan pasos para ello, pero podrían no ser suficientes.

Lo que no tiene sentido, ni ahora ni en la primera lectura de la norma, es cercenar el campo de crecimiento de los fondos privados individuales para estimular los de carácter colectivo, porque reduce la libertad personal que todo partícipe busca para financiar su retiro laboral. Para poner en marcha fórmulas colectivas, que, por otra parte, ya existían desde la norma de los años ochenta del siglo pasado, se limitó de antemano la aportación y la deducción a los planes individuales hasta límites cuasi ridículos, de tal manera que se ha estancado el ahorro en tales vehículos, pese a que si de algo es deficitaria la economía española es de ahorro y capitalización. Dos años han transcurrido ya con limitaciones en las aportaciones individuales sin que los partícipes que estuvieran interesados en compensarlo con los fondos colectivos pudieran hacerlo, puesto que la norma ha estado atascada hasta ahora. Y todo indica que será complicado que en 2023 puedan estar disponibles para producir el efecto sustitución de un ahorro por el otro.

Hasta ahora los planes colectivos han sido utilizados de manera casi exclusiva por empresas grandes con elevados niveles de sindicación y cuentas de resultados recurrentemente saneadas. Tiene sentido que puedan acceder a instrumentos de ahorro-previsión los autónomos y los trabajadores de pequeñas y medianas empresas, que podrán aplicarse deducciones crecientes en función de las aportaciones de las empresas hasta llegar a los 10.000 euros. Las empresas tendrán exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por las aportaciones a fondos de promoción pública, aunque dispondrán de gestión privada. El colectivo de los autónomos es el más claramente incentivado, con deducciones en IRPF de hasta 5.750 euros al año, el triple que el vigente ahora, y unas comisiones muy bajas. El éxito está, como en el fondo individual, en la calidad de la gestión, algo en lo que los de promoción pública tendrán cierto grado de intervencionismo no del todo profesional.

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