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Regulación

La CNMV frenó la lucha de IFM y Criteria en la opa por Naturgy

El supervisor aclara que no se pueden comprar títulos en el mercado al margen de una opa parcial por parte del oferente

Sede de la CNMV.
Sede de la CNMV.Pablo Monge

La CNMV ha actualizado un documento de preguntas y respuestas sobre el comportamiento en opas que, sin mencionarla explícitamente, rememora la batalla entre IFM y Criteria entre enero y octubre del año pasado. El fondo australiano IFM aspiraba a hacerse con entre el 17% y el 22,69% del capital, pero que acabó alcanzando un 10,8%. Porcentaje, eso sí, que ha elevado hasta el 12,15%. El holding de inversiones de La Caixa fue crítico con la opa del fondo australiano y optó por reforzarse en el accionariado de Naturgy, elevando su participación con diversas compras en el mercado hasta el actual 26,7% y con la aspiración de alcanzar hasta el 29,9%.

El supervisor ha incluido tres nuevas preguntas y respuestas en su guía  que hacen referencia, sin citar a los protagonistas, al papel ejercido tanto por Criteria como al del fondo australiano. Un portavoz de la CNMV señala que estos criterios ya se aplicaron en opas que se ejecutaron en 2021 y que ahora se ponen negro sobre blanco.

La CNMV recuerda que "cualquier operativa o actuación que pueda transmitir al mercado el mensaje de que un inversor o accionista está dispuesto a comprar una determinada cantidad en unas condiciones fijas, podría constituir un proceso de oferta y deberá estar sujeta al régimen de ofertas competidoras del real decreto de opas". Y cita entre varios ejemplos "cualquier indicación al mercado, con mayor o menor formalidad, de que el tercero está dispuesto a comprar una cantidad determinada a un precio determinado".

En mayo del año pasado, cuando la operación aún no había sido autorizada por el Gobierno ni por la CNMV, Criteria anunció su intención de reforzarse en Naturgy con el límite en el 29,9%, si bien no especificó ningún precio.

El supervisor explica que quien pretenda adquirir acciones de una empresa ya opada, "deberá o bien presentar una oferta competidora ajustada a los términos del artículo 42 del RD de opas o bien optar por una operativa en condiciones de mercado a los precios vigentes en el momento de la ejecución, que no constituya una opa". En este caso, lo hizo a precio de mercado, si bien este se encontraba fuertemente influido por la opa de IFM, en principio a 23 euros por acción, y reducido después a 22,07 euros tras el reparto de dividendos.

La CNMV también recuerda que en los informes del consejo de administración que se elaboran para dar su opinión sobre una opa y la intención de acudir o no a ella de los accionistas representados en el máximo órgano de administración se debe incluir los títulos que posean, directa o indirectamente los miembros del consejo de administración. Y apunta además que la norma "ha de interpretarse en el sentido de considerar incluidos en el citado informe los valores que los accionistas que hubieran designado a los consejeros dominicales, recogiendo su opinión motivada sobre la oferta y su intención de aceptarla o no". Circunstancia que en un primer momento no se contenía en el documento del consejo de Naturgy. Después, el holding de La Caixa sí comunicó a la CNMV su decisión de no acudir a la opa.

Apunta además la CNMV que los consejos de administración de las cotizadas "deben emitir un informe detallado y motivado sobre la oferta, en la que habrá de incorporar la opinión de todos y cada uno de los accionistas representados en el consejo de administración mediante consejeros dominicales" en relación con la oferta y su intención o no de aceptarla.

El supervisor incide también en la opción de que dentro de una opa parcial la empresa oferente compre títulos al margen de la oferta y concluye que cualquier compra que se realice al margen de la opa debe canalizarse a través de ella. Esta posibilidad llegó a estar encima del tapete por parte del fondo que tiene como representante en España a Jaime Siles, si bien nunca llegó a ejecutarse.

La CNMV sentencia que “la adquisición de acciones por el oferente al margen de la oferta alteraría la participación máxima para la que se ha otorgado la autorización de la opa parcial y, con ello, todas las informaciones contenidas en el folleto autorizado”. Es decir, IFM hubiera tenido que cambiar su opa parcial, pero no hubiera podido comprar en mercado al margen de su oferta pública de adquisición.

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