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Editorial
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Una decisión beneficiosa para Europa, aunque débilmente argumentada

La postura del Tribunal Constitucional alemán constituye una buena noticia para el proceso de recuperación económica de la UE y para el conjunto de los europeos

CINCO DÍAS

La decisión del Tribunal Constitucional alemán de rechazar un recurso que pretendía paralizar la aprobación del fondo de recuperación europeo ha eliminado un obstáculo importante en el camino a la ratificación de este instrumento, dado que requiere el apoyo unánime de los 27 miembros de la UE. El alto tribunal alemán, que admitió el recurso el 26 de marzo y dejó en suspenso la aprobación del instrumento, no entra a analizar el fondo del asunto y basa su decisión en el hecho de que “no es altamente probable que la sala encuentre una violación” de la normativa alemana. Para los magistrados, retrasar la entrada en vigor de la decisión “afectaría negativamente” al objetivo perseguido por la UE con el fondo de recuperación, traería consigo unas consecuencias que “podrían resultar irreversibles” y, dado que el instrumento busca abordar las consecuencias de la pandemia de forma urgente, socavaría la reconstrucción económica. Por el contrario, “las desventajas que surgirían” si más adelante la norma se declarara inconstitucional “tienen un peso significativamente menor”.

La decisión del Tribunal Constitucional alemán constituye una buena noticia para el proceso de recuperación económica de la UE y para el conjunto de los europeos. La exigencia de unanimidad para aprobar cuestiones relevantes en el ámbito europeo constituye una sólida garantía de respeto a la soberanía de los Estados e impide la imposición de una suerte de política europea de rodillo, pero en ocasiones supone también una limitación importante a la agilidad de la gobernanza comunitaria, como demuestra la paralización cautelar que ha impuesto Alemania a la ratificación del fondo.

Los magistrados alemanes aciertan plenamente al advertir que un bloqueo del fondo de recuperación puede traer consigo serias consecuencias para Europa, así como socavar, al modo de las termitas, los cimientos de su reconstrucción económica. Sin embargo, la decisión adoptada por el alto tribunal habría gozado de mayor peso y legitimidad si los magistrados hubiesen optado por analizar el fondo del asunto en lugar de fundar su resolución en una argumentación basada en el principio de riesgo beneficio. La declaración de inconstitucionalidad de una norma no debe estar supeditada a criterios de urgencia u oportunidad política o económica, sino basarse en argumentos normativos y objetivos como fórmula para garantizar la seguridad jurídica y el principio de legalidad del sistema. En ese sentido, la decisión del alto tribunal alemán supone una buena noticia para la ratificación de un instrumento clave para Europa, pero no acalla las dudas, legítimas siempre, de aquellos que impugnan una decisión política en los tribunales.

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