El papel de la normativa bancaria en la mitigación del riesgo climático
El BCE y el Banco de España no han querido dejar pasar la oportunidad de contribuir al cumplimiento de los objetivos de transición ecológica
Está claro que el riesgo medioambiental en todos los sectores y en finanzas en particular ha pasado a tener un lugar preponderante en la agenda. Los bancos, sin ser parte del problema, pueden ser parte de la solución descarbonizando su balance y ayudando a sus clientes en la transición verde, bajo la mirada del mercado y los supervisores/bancos centrales que mediante sus normas, guías y expectativas están liderando el cambio. Tanto el Banco Central Europeo como el Banco de España entre otros, aun siendo conscientes que las políticas fiscales serían una aproximación más eficaz a esta externalidad negativa, no han querido dejar pasar la oportunidad de contribuir al cumplimiento de los ambiciosos objetivos medioambientales marcados. En el ámbito bancario en concreto las expectativas supervisoras y la normativa ya contemplan: a) el análisis de potenciales impactos de los llamados riesgos físicos y de transición, b) algunos incentivos positivos en capital para sectores ‘verdes’, c) ejercicios de estrés que también podrían implicar recargos en capital, así como la publicación de información relevante.
Es un inicio que favorecerá una primera cuantificación del riesgo climático en los balances bancarios, no obstante, no parece que sea la labor natural de la normativa de solvencia (o prudencial) el poner incentivos ligados al cambio climático, ya que dicha norma tiene efectos directos en la solvencia del sistema e indirectamente en la capacidad de los bancos de cumplir su función de financiar la economía real. La pregunta sería, si no es a través de la normativa prudencial, ¿qué otra competencia tiene el Banco Central Europeo (BCE)? La de política monetaria y liquidez bancaria, donde ya existen iniciativas relativas a las políticas de compras de bonos verdes, pero donde todavía queda mucho recorrido.
La propuesta (que posiblemente ya están estudiando las autoridades) sería aplicar una serie de recortes medioambientales basados en la taxonomía europea a los valores nominales de los activos que sirven de garantía en las operaciones de préstamo del BCE a los bancos como parte de la operativa de política monetaria. A mejor rating medioambiental menor recorte tendría el colateral utilizado por el banco para el préstamo y mayor liquidez obtendría por el mismo. Lo cual requerirá de ratings medioambientales de dichos emisores de pasivos elegibles. Esto tendría un efecto disciplinante inmediato en los mercados, adicional al que ya se observa en algunos grandes inversores, ya que el título afectado por un recorte mayor por ser menos verde tendría menor liquidez para el banco y por tanto menos demanda en los mercados. Lo que produciría incentivos directos positivos y negativos a que los emisores mejoraran su rating verde.
Podría ser incluso aplicable a deudas soberanas en función de un rating medioambiental soberano, pero comenzando posiblemente con los bonos corporativos, incluyendo deuda bancaria. El calendario de implementación debería ser suficientemente amplio como para permitir la adaptación de los sectores y empresas afectados al mismo tiempo que alineado con los objetivos de 2050. La misma filosofía podría aplicarse en repos bilaterales OTC y Cámaras de Compensación, incentivando los activos ‘verdes’, penalizando los ‘marrones’, contribuyendo a la transición necesaria y fomentando la estabilidad financiera, otro de los objetivos de todo banco central. Por último y no menos importante, esta posición estratégica marcada por los reguladores bancarios podría incentivar y guiar el cambio necesario en política fiscal para que entre todas las regulaciones se sentaran las bases correctas.
La regulación propuesta en este artículo tendría las siguientes ventajas: 1) el objetivo de la política monetaria está directamente relacionado con la economía real, al contrario que la normativa prudencial; 2) los incentivos se podrían aplicar directamente a todos los sectores, ‘verdes’ y ‘marrones’; 3) los incentivos serían positivos y negativos al mismo tiempo y afectarían directamente a la capacidad de movilizar colateral de los bancos y por tanto sus ratios de liquidez (actualmente muy elevados); 4) se trata de una normativa fuerte, no una guía o expectativa, por encima del poder político, con gran repercusión en los mercados financieros internacionales de deuda y sin embargo se podría modular / fasear la transición de una manera tan pausada como fuera necesaria.
Como próximos pasos a tomar para que esta normativa viera la luz en primer lugar habría que especificar aún más la metodología, modelización y ponderaciones basadas en la taxonomía para la realización de dicho rating medioambiental, en segundo lugar las agencias de rating tendrían que presentar sus propuestas de modelos y herramientas de rating para poder ser aprobadas oficialmente por el supervisor de las agencias de rating (ESMA), en ese momento se podría cambiar la política de colaterales del BCE con un adecuado calendario de implementación, posteriormente probablemente los mercados no regulados y las cámaras también adoptarían estas disposiciones de manera natural y finalmente ESMA debería realizar la supervisión de las agencias y la emisión de estándares para perfeccionar la calibración inicial de los ratings.
Alberto Gil Saldaña, senior director en Alvarez & Marsal y autor del libro Sistema Financiero Español. Manual Práctico