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El autónomo en módulos accederá o no a prestaciones en función del paro

El Consejo de Ministros cambia los requisitos para acceder a las ayudas y fija para ello el número de afiliados según el sector de actividad

Cambio en las reglas que permiten a los autónomos en módulos acceder al cese extraordinario por COVID. Con anterioridad, estos autónomos tendrían que demostrar una caída en la facturación.

El Consejo de Ministros ha modificado la norma que se incluía en el Real Decreto publicado el 26 de enero. Según lo acordado, estos profesionales dependerán del nivel de afiliación para poder acceder a las ayudas.

Condicionado por el número de afiliados

Eso significa que solo se les autorizará el cese cuando el descenso en la afiliación se incremente en la actividad económica que realizan, tomando como referencia su CNAE. Según lo expuesto durante el Consejo de Ministros, el número medio de afiliados en alta debe ser de un 7,5% menor al número que había durante la segunda mitad de 2019.

En consecuencia, ya no será necesario que los autónomos aleguen un descenso en su facturación del 75% para poder optar al cese extraordinario de actividad.

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Descenso de autónomos

El objetivo de dicha medida es evitar más trabas a los trabajadores autónomos para poder acceder a esta prestación. Y es que, según argumentan desde el Consejo de Ministros, muchos de los autónomos en módulos que querían solicitar el cese extraordinario no podían demostrar el descenso que se requería en los ingresos.

La situación se confirma como crítica entre el sector de trabajadores autónomos que cotizan por módulos, algo que viene determinado por las últimas cifras de desempleo. Datos de la Seguridad Social ratifican que solo en el mes de enero de 2021 en España se han dado de baja 14.668 autónomos. Los sectores en los que más ha descendido la afiliación han sido el comercio y la hostelería, con un descenso de 3.467 y 2.748 respectivamente.

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