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La Audiencia Nacional rechaza la suspensión cautelarísima del cierre de Madrid que solicitó un particular

También desestima la petición de los empresarios del ocio nocturno de tumbar la orden de cierre de discotecas al entender que prima el interés general

Control policial en Madrid.
Control policial en Madrid.Efe
Juande Portillo

La Audiencia Nacional mantiene vigente el cierre perimetral de Madrid, al menos, de momento. El tribunal ha rechazado la petición realizada por un abogado particular de suspender la orden del Ministerio de Sanidad de forma cautelarísima, si bien alega que es porque la medida afecta a las comunidades autónomas, y no directamente a los ciudadanos, por lo habrá que esperar a conocer su resolución sobre las medidas cautelares solicitadas por la Comunidad de Madrid.

La decisión de Sanidad de imponer el cierre perimetral de las ciudades con más de 500 casos de coronavirus por cada 100.000 habitantes, un 10% de test PCR positivos y un 35% de camas UCI ocupadas, presentada la pasada semana fue recurrida por un abogado particular ante el Tribunal Supremo, que lo derivó a la Audiencia Nacional.

La Audiencia ha rechazado este lunes la medida cautelarísima al entender que no concurren razones de especial urgencia y que se debe dar voz primero a la Abogacía del Estado antes de dictar un pronunciamiento sobre las medidas impulsadas.

Está por ver, sin embargo, qué dirá la Audiencia Nacional sobre la petición de medidas cautelares de la Comunidad de Madrid, proceso en el que sí se ha dado margen al abogado del Estado para presentar sus alegaciones.

El tribunal subraya que las restricciones a la movilidad, los aforos y los horarios comerciales y de restauración van dirigidas a las comunidades autónomas para su aplicación en ciudades de más de 100.000 habitantes, y no pesan directamente sobre las libertades de los ciudadanos, que se ven sujetos al mandado final de las regiones, por lo que no ve razón para atender a la suspensión inmediata que solicitaba un particular.

En otro auto, la Audiencia Nacional rechaza la medida cautelar solicitada por la Federación Nacional de Empresarios del Ocio y Espectáculos (España de noche) contra la Orden de Sanidad del 14 de agosto que supuso el cierre de discotecas y salas de baile y la apertura de los locales de restauración hasta las 01:00 horas como máximo.

La Sala repite aquí los argumentos dados el 21 de septiembre a la Federación Catalana del Ocio Nocturno (Fecalon), alegando que prima el interés público frente al de los empresarios en el marco de la pandemia de coronavirus.

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