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Autónomo: contrata un familiar sin perder ni un euro de bonificación en 2020

Los autónomos podrán contratar, según las reglas de bonificaciones de este año, a familiares, aunque en unas circunstancias concretas.

Un empresario no puede aprovechar bonificaciones por contratar a familiares. Tampoco si existe alguna relación de parentesco con un familiar de la dirección. Sin embargo, el trabajador autónomo sí podrá hacerlo a lo largo de 2020, según se observa en la actual Guía de Contratos de los Servicios Públicos de Empleo.

Para que el autónomo pueda acceder a estas ayudas se deben cumplir una serie de condiciones. Las ayudas y requisitos que se describen a continuación se otorgarán por la conversión de contratos en prácticas, de relevo, sustitución o por anticipación de edad de jubilación en indefinidos.

A partir de aquí, la primera condición a cumplir por el autónomo es que no tenga trabajadores asalariados en el momento de transformar el contrato de su familiar a indefinido, que será el instante en el que se podrá solicitar la bonificación. Si el familiar no convive con el empleador, la edad máxima de este debe ser de 45 años, para poder recibir la ayuda. El el caso de hijos, esta limitación de edad baja hasta los 30 años, independientemente de que vivan con él o no.

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¿Pero en qué consisten estas bonificaciones?

Se trata de una bonificación sobre la cuota empresarial a la Seguridad Social. De este modo, la actividad recibirá una cuantía de 500 euros al año durante 36 meses en el caso de que sean hombres, y de 700 euros anuales en el caso de que la persona contratada sea mujer.

Si la conversión del contrato se realiza a jornada parcial la ley menciona que la bonificación se aplique en términos del artículo 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.

Por otro lado, cabe reseñar que la bonificación puede complementarse con otras que en la misma línea, aunque la suma de todas las bonificaciones no podrá superar el 60% del coste salarial anual del contrato en cuestión.

Como suele ser habitual en este tipo de bonificaciones, uno de los requisitos para no quedar excluido de manera automática de estas ventajas es que la empresa o el autónomo no tengan ningún tipo de deuda con sus obligaciones con la Seguridad Social.

Si en algún momento se detecta un incumplimiento, las cuantías recibidas deberán ser devueltas a las arcas públicas.

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