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Proceso judicial

Los líderes independentistas serán condenados por sedición y malversación

Los magistrados del Supremo optan de forma unánime por la calificación que defendió la Abogacía del Estado

 Los doce líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán en el banquillo del Tribunal Supremo al inicio del juicio del
Los doce líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán en el banquillo del Tribunal Supremo al inicio del juicio del Emilio Naranjo (EFE)

El Tribunal Supremo hará pública esta semana la sentencia del procés con condenas para los 12 acusados y que, según adelantó el sábado la cadena SER, condenará a la mayor parte del Govern por un delito de sedición en concurso con otro de malversación de caudales públicos. La condena máxima será para Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat de Catalunya, con el máximo que permite el Código Penal de 15 años de cárcel por este delito.

Fuentes jurídicas han confirmado a Efe esta decisión de los siete magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo que componen el tribunal, que inicialmente tenía previsto comunicar el fallo el próximo lunes 14, aunque no se descarta que ahora la sentencia pueda retrasarse.

A falta de que se concreten las penas individualizadas, que irán escalonadas en función de la participación de cada uno de los acusados en el procés, los magistrados han decidido que no se han cumplido los requisitos para condenar por rebelión.

Tal y como informó El País, el Supremo ha descartado condenar por un delito de rebelión consumada a los líderes independentista, un delito habría supuesto para los acusados penas de entre 15 y 25 años de cárcel. El delito de rebelión requiere violencia y, en este caso, que hubiese sido instigada por los acusados como instrumento para alcanzar la independencia.

La sedición es considerado un delito contra el orden público, mientras que la rebelión se encuadra en el capítulo de delitos contra la Constitución. El delito de sedición incluiría condenas entre los cuatro y los quince años de cárcel. El castigo se agrava si el acusado está constituido en autoridad o es uno de los "principales autores" de la sedición.

La conclusión del tribunal se acerca por tanto más a las tesis de la Abogacía del Estado, que en sus escritos de acusación sostuvo que los hechos ocurridos en Cataluña en otoño de 2017 no acarrearon la violencia suficiente para encajar en el tipo de rebelión.

Dos años después del referéndum ilegal del 1-O, los doce líderes soberanistas sentados en el banquillo del Supremo por dirigir y promover el proceso independentista catalán esperan su sentencia, previsiblemente el lunes, acusados la mayoría de rebelión por la Fiscalía y de sedición por la Abogacía del Estado. 

Para la Fiscalía, el "procés" fue un "golpe de Estado" que buscó liquidar la Constitución con "violencia suficiente", pero la Abogacía cree que ésta no fue "elemento estructural" del plan. La Sala también ha decidido condenar al exvicepresident Oriol Junqueras y a los exconsellers presos (Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva) por malversación de caudales públicos.

No así a los otros tres acusados, los exconsellers Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, que previsiblemente serán condenados solo por desobediencia, un delito que no acarrea pena de cárcel.

De los 12 líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán, nueve están en prisión provisional y las otras tres, en libertad provisional. Los presos son Oriol Junqueras, vicepresidente de la Generalitat cuando se produjeron los hechos; Carme Forcadell, ex presidenta del Parlament catalán; Jordi Turull, ex consejero de Presidencia; Raül Romeva, ex consejero de Asuntos Exteriores; Josep Rull, ex consejero de Territorio y Sostenibilidad; Dolors Bassa, ex consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias; Joaquim Forn, ex consejero de Interior; Jordi Sànchez, ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana; y Jordi Cuixart, ex presidente de Òmnium Cultural. Las tres personas en libertad provisional son Meritxell Borràs, ex consejera de Gobernación; Carles Mundó, ex consejero de Justicia, y Santiago Vila, ex consejero de Empresa y Conocimiento.

Después de cuatro meses de juicio, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado mantuvieron las penas que habían solicitado para los nueve hombres y tres mujeres acusados. El Ministerio Público ha propuesto además que no puedan obtener el tercer grado hasta cumplir al menos la mitad de la pena.

Los que formaban parte del Govern cuando se produjeron los hechos están acusados de rebelión, sedición, malversación y organización criminal, excepto los tres ex consejeros libres, a los que no se les acusa de rebelión y sedición. En el caso de Sànchez y Cuixart, están acusados de rebelión, sedición y organización criminal. Por su parte, a Forcadell se le atribuye rebelión, sedición y organización criminal.

Filtración de la sentencia

Tras conocerse las filtraciones sobre el fallo del Supremo, el presidente de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, Manuel Marchena, ha advertido que "una sentencia no está hasta que la firma el último magistrado".

En conversación informal con periodistas durante la recepción del Palacio Real con motivo de la Fiesta Nacional, Marchena ha hecho esta observación tras filtrarse algunos detalles de la sentencia del "procés", que según ha señalado se hará pública el lunes o el martes.

Marchena ha lamentado las filtraciones, aunque ha admitido que no se pueden evitar con una sentencia que tiene que pasar por doce personas. 

Reacciones políticas

Conocidos algunos detalles del fallo del Supremo, también ha habido reacciones políticas. El vicesecretario de Comunicación del PP, Pablo Montesinos, ha afirmado que el partido "siempre vamos a estar al lado de lo que digan los tribunales, sin añadir nada más" porque "respetamos el estado de derecho y el funcionamiento normal de nuestro estado de derecho".

Además, ha dicho al Ejecutivo que "vamos a estar a su lado en la aplicación de la ley y la Constitución" pero ha exigido, en términos políticos, a Pedro Sánchez --presidente del Gobierno en funciones-- que "pase de las palabras a los hechos y que rompa de una vez por todas con los separatistas". "Lo que le pedimos al Gobierno en funciones de España, a Pedro Sánchez, es que haga lo que tenga que hacer en Cataluña para defender la Constitución y defender la ley", ha señalado.

Por su parte, la portavoz de Ciudadanos en el Congreso, Inés Arrimadas, pidió este sábado al presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, que sea cual sea la sentencia del proceso independentista en Cataluña "no indulte" a los que sean condenados y no les otorgue privilegios penitenciarios que no pueda concederse a otros presos.

Lo importante, dijo, es que los presos que esperan esa sentencia "entiendan que no van a tener privilegios y no pueden tener indultos", y se dirigió a continuación a Sánchez para pedirle que "sea cual sea la sentencia", ni los indulte ni les otorgue privilegios penitenciarios "que no se correspondan con los de cualquier otro preso".

Diferencias entre el delito de rebelión y el de sedición

El tribunal que ha juzgado la causa del "procés" ha acordado por unanimidad condenar a sus principales responsables por delitos de sedición y de malversación y descartar la acusación de rebelión que formuló la Fiscalía, según han indicado a Efe fuentes jurídicas.

El delito de rebelión está incluido en el título de los delitos contra la Constitución del Código Penal (472 y siguientes) y castiga a quienes se alcen violenta y públicamente para, entre otros objetivos, declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

También encaja en el mismo tipo a quienes actúen con violencia para derogar la Constitución, despojar de sus prerrogativas al Rey, disolver las Cortes o sustituir un Gobierno por otro.

La clave para acusar y condenar por este delito está en el uso de la violencia. En España, hasta el momento, solo se ha condenado por rebelión a los autores del intento de golpe de Estado de 1981. Sus líderes, Antonio Tejero y Jaime Milans del Bosch, fueron condenados a 30 años de prisión.

Esa es la pena máxima prevista en el ordenamiento jurídico español para el delito de rebelión. Con ella se castiga a los líderes y solo cuando se hayan esgrimido armas, causado estragos o ejercido violencia grave contra las personas.

También si se han distraído caudales públicos para su propósito, algo de los que los responsables del procés fueron acusados durante la instrucción del caso.

De lo contrario, las penas son de entre 15 y 25 años de cárcel a los líderes; a entre 10 y 15 a los mandos subalternos, y a los meros participantes de 5 a 10 años.

Dentro de este capítulo de delitos contra la Constitución, existe la opción de rebajar la acusación a la conspiración para la rebelión. Eso implica reducir las penas previstas en uno o dos grados.

El delito de sedición está tipificado en el título de los delitos contra el orden público, en el artículo 544 y siguientes del Código Penal.

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