Hacienda conoce todos los datos del alquiler turístico
La obligación de declarar los ingresos existe, aunque no aparezcan en el borrador
Las personas que ceden sus viviendas, o parte de ellas, deben saber que la Agencia Tributaria conoce su actividad.
La Agencia Tributaria, siempre ha dispuesto de muchas fuentes de información de los contribuyentes, como las cuentas bancarias y los movimientos de las tarjetas de crédito o los pagos online. A partir de este año, además Hacienda dispone de acceso a las transacciones realizadas en materia de alquiler turístico.
En la presentación de la Campaña de la Renta, que empezó el 2 de abril y acaba el 1 de julio, la AEAT anunció que había incrementado los avisos a los contribuyentes propietarios de viviendas de alquiler, que suponen ya 700.000 frente a 258.000 del ejercicio anterior, tanto turísticos como de otros tipos.
La Agencia Tributaria también está trabajando para que en los borradores de la declaración de la renta ya figure, de manera automática, la información de que dispone sobre el alquiler vacacional.
¿Qué datos fiscales podría encontrarme en el borrador de la declaración de la renta sobre el alquiler de estancias cortas?
- Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la casa, apartamento o chalé (si es distinto del titular como, por ejemplo, un inquilino que puede subarrendar), así como de las personas o entidades cesionarias (los que alquilan). Si son varias las personas o entidades titulares o cedentes, debe informarse de cada uno de ellos.
- Identificación del inmueble, con su dirección completa y especificación de la referencia catastral.
- Número de días que se ha dispuesto la vivienda con fines turísticos.
- Importe total recibido, en su caso, por el titular cedente del uso del inmueble.
- Fecha de inicio de la cesión.
Borrador de la Renta 2018
El director del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), Arturo Jiménez Contento, advierte a aquellos que han alquilado sus viviendas con fines turísticos que, en la campaña de la Renta 2018, “puede ocurrir que la información todavía no se haya incorporado a los borradores de esta campaña”. Por ello, algunos interesados que accedan al borrador de la declaración de la Renta 2018 puede que no encuentren los ingresos que han percibido por el alquiler turístico.
Sin embargo, esto no significa que Hacienda no tenga o vaya a tener este dato fiscal, ni, mucho menos, que queden eximidos de declararlo. “Los interesados tendrán que presentar la declaración del IRPF. Al estar el borrador incompleto, no se puede confirmar y cumplir con Hacienda de esta manera”, afirma Jiménez Contento, quien añade que, lo más probable, es que a partir del ejercicio que viene, es decir en la campaña de la Renta 2019 y sucesivas, la Agencia Tributaria ya incorpore el dato fiscal de los ingresos por alquiler turístico en los borradores.