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Cómo presentar la declaración de la Renta 2018

Pasos a seguir para no tener problema a la hora de presentar tu declaración

renta 2018
Pablo Monge
Fernando Belinchón

Un año más llega la hora de rendir cuentas con Hacienda. A pesar de que la tarea fundamental sigue siendo la misma, con el paso del tiempo la forma en la que los contribuyentes elaboran y presentan sus declaraciones ha ido cambiando.

La principal novedad de esta campaña de la Renta 2018 frente al año pasado en lo que a forma de presentación se refiere, es la eliminación de la predeclaración. Aunque los contribuyentes siguen teniendo la posibilidad de imprimir la declaración para verla en formato físico, ya no está disponible la opción de entregarla impresa en el banco o en la gestoría porque Hacienda asegura que esto producía duplicidades que conducían a retrasos en los pagos cuando la declaración salía a devolver.

Con el paso de los años, el margen para presentar la declaración de la Renta de una forma que no sea online se va estrechando. No obstante, aún siguen abiertas otras opciones, como presentarla de forma presencial o vía telefónica. La principal manera de trabajar con la declaración es a través de Renta Web la aplicación de la Agencia Tributaria que unifica el antiguo borrador y el antiguo programa Padre.

Antes de nada, lo primero es tener claro es si se tiene la obligación de presentar la declaración. También es importante comprobar si compensa o no presentarla. Lo siguiente a tener en cuenta es la necesidad de identificarse para  hacer gestiones con el fisco.

1. Cómo identificarse para hacer trámites con Hacienda

Web de la AEAT

La Agencia Tributaria exige a los contribuyentes que se identifiquen antes de realizar cualquier trámite, ya sea online o presencial. Existen tres maneras igual de válidas de identificarse a distancia, pero no igual de sencillas.

Identificación mediante número de referencia RENØ

Esta es la manera de identificarse más sencilla. El servicio Reno permite obtener la referencia del expediente de Renta de forma inmediata. Es posible acceder a él introduciendo en la página de la Agencia Tributaria el dato de la casilla 475 de la declaración de 2017. La casilla 475 se corresponde con la base liquidable general sometida a gravamen y no con otra cantidad ni con el resultado de la declaración. 

En el caso de que no se haya presentado la declaración de la Renta de 2017, Hacienda pedirá que se introduzcan los últimos cinco dígitos de una cuenta bancaria de la cual le conste que el contribuyente haya sido titular en 2018, y que se introduzca en el campo de casilla 475 la cifra “0,00”.

En ambos casos el contribuyente obtendrá una referencia de seis caracteres para gestionar la Renta. Es necesario anotar o copiar el código para usarlo a posteriori. Una vez que se disponga de ese código, el ciudadano podrá identificarse, junto con el DNI, ante la Agencia Tributaria.

Identificación mediante Cl@ve

Otra forma de acceder a los trámites online es mediante la denominada Cl@ve Pin. Si se está registrado en Cl@ve, es más fácil hacer trámites online con la administración pública, ya sea con Hacienda u otros organismos como por ejemplo el catastro, la Seguridad Social y el resto de Ministerios. La ventaja de este sistema es que no se necesita equipamiento específico en el ordenador para usarlo, y permite hacer trámites más complejos.

Para emplear este método, hay que pinchar sobre la opción "con Cl@ve Pin" e introducir el número y la letra del DNI o NIE en el navegador. Se mostrarán tres alternativas para obtener una clave de acceso hacia el trámite que se haya seleccionado.

Web de la AEAT

-Si todavía no se está registrado en Cl@ve:

En el caso de que el contribuyente no esté registrado todavía en Cl@ve, Hacienda informa de la opción de darse de alta. Hay tres maneras de registrarse en Cl@ve. De forma online con certificado electrónico (DNI electrónico), online sin certificado electrónico o de manera presencial. Para registrarse mediante certificado electrónico o DNI electrónico, se necesita equipamiento especial en el ordenador. En el registro sin certificados electrónicos, es preciso rellenar los datos y esperar a que llegue al domicilio una carta con el Código Seguro de Verificación para introducir en la opción de darse de alta en Cl@ve sin certificados. También existe la posibilidad de darse de alta de forma presencial en Cl@ve en las oficinas de la AEAT, de la Seguridad Social o en las de atención al ciudadano. En esta página web oficial se recoge de forma sencilla los pasos a seguir para registrarse en este sistema por primera vez de cualquiera de las maneras.

-Acceder a través de la aplicación móvil Cl@ve Pin:

A través de la aplicación para smartphone Cl@ve Pin, disponible en iOS y Android, se puede obtener la credencial de acceso, siempre se esté registrado en el sistema. Una vez instalada la app, esta pedirá el DNI o NIE. El teléfono quedará ligado al usuario al introducir un código que recibido por sms. Hecho esto, el contribuyente puede pedir los códigos y el PIN (dos series de cuatro y tres dígitos) necesarios para operar con Hacienda.

-Acceder a través del navegador con Cl@ve:

En esta opción, no es necesario instalar ninguna aplicación en tu teléfono. Basta con introducir los datos en la web de la Agencia Tributaria. La clave llegará a un teléfono móvil en forma de SMS, con la que se operará en la página de Hacienda. También es preciso estar registrado en el sistema Cl@ve para emplear esta alternativa.

Identificación mediante DNI electrónico

Para usar el DNI electrónico es necesario contar con un hardware y un software específico que permita acceder a los certificados electrónicos contenidos en el chip del DNI. No es un método muy común al requerir ese equipamiento especial. Aquí puedes encontrar información más detallada proporcionada directamente por la Agencia Tributaria sobre este tipo de acceso. Otra opción es el uso de un certificado digital reconocido. 

2. Presentar la declaración a través de Renta Web

Renta Web es la principal manera de presentar la declaración de la Renta; este sistema sustituyó al antiguo programa Padre y al borrador. Para acceder a Renta Web hay que seleccionar "Servicio de tramitación borrador / declaración" en la página web de la Renta. A continuación, el contribuyente tendrá que identificarse usando cualquiera de los tres métodos que se han mencionado previamente.

Una vez identificado, el usuario accede a los datos fiscales que obran en poder de Hacienda: nóminas, hipotecas, cuentas corrientes... No obstante, debe revisar y completar estos datos; aunque los proporcione Hacienda, los errores u omisiones son responsabilidad del contribuyente. “Sobre todo merece la pena fijarse cuando hay alguna cosa diferente", explica Roberto Aguado, fiscalista de Pyme+, "como el nacimiento de un hijo o un cambio de domicilio. Son datos facilitados por los pagadores de los contribuyentes, pero luego hay unos datos que no tienen porque venir incluidos porque Hacienda no los tiene".

Una vez verificados los datos, el usuario genera la declaración en Renta Web. Tras presionar en presentar declaración, si sale a devolver el contribuyente debe indicar la cuenta bancaria en la que quiere que se le efectúe el ingreso de dinero. En el caso de que salga a pagar, por defecto se selecciona la opción de domiciliar el pago y fraccionarlo en dos plazos. 

Ante cualquier duda, Hacienda pone a disposición del contribuyente el teléfono  91 554 87 70.

3. Declaración a través de la aplicación móvil

Desde el año pasado, los contribuyentes tienen la opción de presentar la declaración de la Renta desde el teléfono móvil gracias a la aplicación Agencia Tributaria. Aunque proporciona la opción de "presentar la declaración con un solo click", no permite modificar los datos.

Para usar la aplicación de la Agencia Tributaria en el smartphone hay que identificarse, al igual que al acceder a Renta Web. Una vez dentro, es posible consultar los datos fiscales, presentar la declaración de la Renta, recibir notificaciones (estado de tramitación de la declaración, por ejemplo) u obtener el número de referencia de Reno.

4. Declaración por teléfono

Otra alternativa es presentar la declaración vía telefónica gracias al plan “Le llamamos” de Hacienda. Es posible concertar una cita desde el día 1 de abril hasta el 28 de junio para que sea la propia Hacienda la que llame al contribuyente y le ayude a confeccionar su declaración. La cita se puede concertar por internet, a través de la aplicación de la Agencia Tributaria, en el teléfono de atención automática 91 535 73 26 o en el de atención personalizada 91 553 00 71. Este último tiene un horario de 9:00 a 19:00 de lunes a viernes.

Para cuando Hacienda llame, el contribuyente deberá tener disponible el número de referencia del titular de la declaración, el DNI de todas las personas que figuren en la declaración, el IBAN de cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler.

5. Declaración presencial

La atención en oficinas para la Renta de 2018 estará disponible a partir del 9 de mayo hasta el 28 de junio. La forma de solicitarlo a través de internet es haciendo click en el mismo sitio que para solicitar el plan "Le llamamos". También puede hacerse llamando al 91 553 00 71 de 9:00 a 19:00 de lunes a viernes.

Una vez concertada la cita, la Agencia Tributaria atenderá a los contribuyentes entre el 14 de mayo y el 1 de julio siempre que se cumplan los requisitos para ser atendido en las oficinas.

6. Declaración a través de una Gestoría

A pesar de que ya no se puede emplear la predeclaración, la opción de acudir a profesionales que elaboren la declaración de la Renta sigue estando, por supuesto, disponible. Por el contrario, presentar la declaración en un banco ya no es posible. 

Sobre la firma

Fernando Belinchón
Madrid. 1994. Máster en periodismo económico por la Universidad Rey Juan Carlos. Redactor de la Mesa Web de CincoDías. En el periódico desde 2016.

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