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Último aviso a los jubilados en 2010 para rescatar con ventaja

La reducción del 40% en forma de capital finaliza el 31 de diciembre de 2018

rescate pensiones jubilacion
Getty
Begoña Barba de Alba

Diciembre es el mes de las cuentas. La cartelería bancaria y los anuncios en las entidades nos recuerdan que es el último momento para desgravar en el IRPF hasta un máximo de 8.000 euros o el 30% de las rentas de trabajo y actividades económicas, la menor de las dos por invertir en planes de previsión.

Este alivio fiscal es transitorio, Hacienda no perdona y cuando llegue el momento de cobrar el dinero acumulado habrá que tributar lo recibido en el impuesto sobre la renta.

Por eso, si ya está jubilado o a punto de hacerlo, haga sus cálculos. Valore si le interesa recibir lo ahorrado en forma de renta, capital o en un mix de ambas o si le conviene aún esperar.

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No olvide que si su plan es anterior a 2007, se convirtió en pensionista antes de 2011 y aún no ha cobrado su prestación, este 31 de diciembre finaliza el periodo para recibirlo en forma de capital con la reducción fiscal del 40%. Este beneficio solo se aplica a las prestaciones que proporcionalmente correspondan a aportaciones efectuadas hasta 2006 y su correspondiente rentabilidad, recuerda José Manuel Ortiz, abogado y consejero de Cuatrecasas. Los que se jubilaron en 2016 también podrán aplicarse este año la reducción fiscal del 40% si se deciden a percibir el dinero en forma de capital.

Calculadora en mano no olvide que la aplicación de esta reducción solo puede disfrutarse una vez.

También puede aportar a un plan tras el cobro pero en ese caso el beneficiario por fallecimiento ya no será el titular sino el cónyuge, hijo, discapacitado, etc.

Cuándo cobro

El dinero inmovilizado en sistemas de previsión social es un ahorro a largo plazo. Por ello, solo se puede percibir en caso de jubilación, fallecimiento, incapacidad laboral, dependencia severa y gran dependencia. También por enfermedad grave y desempleo de larga duración.

Recientemente se estableció la posibilidad de percibir los derechos correspondientes a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad. Por ejemplo, los efectuados en 2015 podrán recuperarse en 2025.

Si se percibe el capital acumulado por muerte del titular, el beneficiario tributaría por el IPRF, no por sucesiones, en el momento del rescate. El pago fiscal será conforme a la escala progresiva, igual que sucede con las rentas del trabajo.

Esta fiscalidad es diferente a la del régimen de seguros, donde si el titular fallece, el beneficiario tendrá una tributación más favorable, pagará conforme al impuesto de sucesiones y donaciones, aunque las primas pagadas no las habrá desgravado fiscalmente.

Otros topes

Límite general. La reducción fiscal de la base imponible se establece en 8.000 euros anuales, para el conjunto de inversiones realizadas en sistemas de previsión social (planes de pensiones, planes de previsión asegurada y previsión social empresarial).

A favor del cónyuge. El límite especial para el esposo/a es 2.500 euros anuales, siempre que no tenga rentas.

Para el discapacitado. El límite especial se eleva a 10.000 euros, sin perjuicio a sus planes hasta 24.250 euros.

Sobre la firma

Begoña Barba de Alba
Periodista por vocación. Coordino la información no diaria de Cinco Días desde 2012: monográfico Aniversario, Pymes, Entorno, Fondos, Infraestructuras, Formación, Ciencia y Salud y muchos más. Con más de 38 años de experiencia en periodismo económico. Fundadora de La Gaceta de los Negocios y del Boletín de Bolsa e Inversión 16.

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