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Preparan otra proposición de Ley para autónomos: ¿qué quieren aprobar?

Durante meses, se ha analizado en el Congreso el actual sistema de cotización de autónomos, con la presencia de todas las asociaciones y entidades públicas y privadas relacionadas con este tipo de profesionales. Ahora, se preparan las conclusiones de este análisis: ¿qué consecuencias tendrá para los trabajadores por cuenta propia?

La Reforma Urgente del Trabajo Autónomo está a punto de cumplir un año. En ella se establecía la creación de una subcomisión para analizar en mayor profundidad el sistema de cotizaciones de este tipo de trabajadores. Tras meses de comparecencias y análisis se elabora un documento que será la base de una futura proposición de Ley para Autónomos.

Inicialmente, los objetivos eran tres:

- Aclarar el concepto de habitualidad, para determinar qué tipo de personas deben darse de alta como autónomos. Entrando en el debate la cuestión de si un profesional con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional debe o no darse de alta en este Régimen.

- Estudiar si procede la creación de la figura del autónomo a tiempo parcial, y cómo sería esta.

- Estudiar o reformar las condiciones actuales de una hipotética jubilación a tiempo parcial de este tipo de profesionales.

En base a estas tres premisas, se ha realizado una revisión completa del sistema de autónomos en España, para preparar el mencionado documento base para una futura proposición de Ley. Una nueva normativa para autónomos que, de salir adelante, modificaría las siguientes cuestiones.

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Se cotizaría en función de ingresos reales

Las organizaciones de autónomos ATA y UPTA han consensuado una propuesta para que los trabajadores autónomos coticen en función de sus ingresos reales, a través de un sistema de cinco tramos de cotización que beneficiaría especialmente a los trabajadores por cuenta propia con menores ingresos.

Cinco tramos de cotización que, teóricamente, beneficiarían especialmente a los trabajadores por cuenta propia con menores ingresos. Los autónomos que ingresen anualmente entre 30.000 y 40.000 euros, aunque podrán elegir libremente la base, cotizarían sobre 14.000 euros anuales, el equivalente a la base del Grupo 1 del Régimen General.

Por ejemplo, si un autónomo tuviera unos ingresos anuales de 35.000 euros y hubiera cotizado por la base mínima, tendría que regularizar su cotización, pagando la diferencia entre la base mínima y la base de 14.000 euros, y todo siempre al finalizar el año fiscal.

En el caso de los autónomos con ingresos de entre 40.000 y 60.000 euros, ATA y UPTA plantean una base de cotización de 18.000 euros, y entre los que ingresan más de 60.000 euros, la propuesta de ambas organizaciones es una base de 24.000 euros anuales. En todos los casos, las regularizaciones por las diferencias de base de cotización se harían siempre a posteriori, una vez conocidos los rendimientos netos declarados.

Dicho sistema ha sido sometido a análisis en las jornadas del Congreso. Si no se calca la propuesta ya presentada, sí se incluirá un sistema de tramos para que los profesionales por cuenta propia acerquen sus cotizaciones a los ingresos reales.

Autónomos con ingresos por debajo del Salario Mínimo

Se definirá con precisión si las personas con ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional deben estar o no dadas de alta. Según fuentes cercanas a la Comisión, consultadas por este diario, la opción más probable es que se establezca una tarifa plana de 50 euros para ese nivel de ingresos.

Acceso a la jubilación parcial

El acceso a la jubilación parcial de los trabajadores autónomos, incluida la posibilidad de contratar parcialmente o por tiempo completo a un nuevo trabajador para garantizar el relevo generacional en los supuestos de trabajadores autónomos que no cuentan con ningún empleado.

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