El IEE advierte de que la reforma hipotecaria encarecerá el crédito
Considera que traslada más riesgo a la banca y que esta se lo cobrará al cliente Asume que las reglas de transparencia y venta cruzada cambiarán durante la tramitación
La reforma hipotecaria que el Consejo de Ministros ha enviado al Parlamento aportará una “innegable seguridad jurídica” ante la enorme judicialización de los créditos registrada en los últimos años acotando los riesgos que la banca puede traspasar al cliente, pero esto hará que las entidades traspasen un sobrecoste al consumidor. En definitiva, el sistema será más seguro pero los créditos se encarecerán.
Esta es la principal conclusión del estudio “Algunas consideraciones sobre la nueva reforma hipotecaria”, presentado este miércoles y elaborado por José García Montalvo, catedrático de Economía de la Universidad Pompeu Fabra, para el Instituto de Estudios Económicos (IEE).
El autor del estudio considera que es muy positivo el esfuerzo por mejorar la transparencia en la comercialización de las hipotecas, pero identifica dos aspectos que prometen elevar la factura de contratar una hipoteca: la regulación de las cláusulas de vencimiento anticipado, que rigen cuándo puede el banco ejecutar el crédito y desahuciar, y el coto a las comisiones por reembolso anticipado.
En concreto, la nueva norma impide ejecutar el crédito hasta que se alcancen 9 cuotas impagadas, o el equivalente al 2% de la deuda, durante la primera mitad del crédito, o 12 cuotas, o el 4% del monto, en la segunda mitad, frente a la posibilidad actual de desahuciar tras tres impagos.
Del lado del reembolso anticipado, se pasa de un sistema que no acota las comisiones, a otro que fija un 0,25% en los cinco primeros años, o 0,5% en los tres primeros años, para las hipotecas a tipo variable, o 4% y 3%, respectivamente, para las de tipo fijo, limitando siempre la factura máxima al impacto que sufra el prestamista.
La opinión de Feito
En opinión del presidente del IEE, José Luis Feito, el sistema hipotecario español ha demostrado ser eficiente tanto en los años del boom como ante la recesión, garantizando el derecho a la propiedad de una elevada proporción de la población española.
“Sin embargo, la crisis desvela que el marco jurídico tiene muchos agujeros, y que a pesar de la eficiencia, hay una gran inseguridad jurídica que se pone de manifiesto por la extraordinaria judicialización de las hipotecas y por las diferentes interpretaciones de la judicatura”, diagnostica Feito, que considera que lo que se busca “con esta ley es que el mercado no se menos eficiente y elimine la inseguridad jurídica”.
A su juicio, esto se logrará asegurando que “los deudores afronten riesgos que puedan manejar, y que estos sean los mínimos posibles” pero coincide en señalar que “esto tiene un coste”. “No hay que pensar que las familias tendrán menos riesgo y que van a tener hipotecas más baratas. Las entidades financieras van a correr más riesgos pero no van cobrar lo mismo”, expone reclamando una norma equilibrada, que a su modo de ver aún debe ser modulada en la tramitación parlamentaria para evitar establecer límites excesivos a la política comercial de la banca que hagan las hipotecas inasequibles al grueso de los consumidores.
Los posibles cambios
En opinión de García Montalvo, el Parlamento no modificará sustancialmente una norma que ya ha sido consensuada por PP, Ciudadanos, PNV y Coalición Canaria, pero considera que hay margen para admitir enmiendas de otros grupos sobre algunos temas.
En concreto, considera que se terminará modulando el coto a la venta de productos cruzados con la hipoteca, para garantizar que el cliente puede adquirir solo la hipoteca sin tener que contratar un seguro con el banco, por ejemplo, y que se detallarán más las medidas de transparencia previstas.
Más allá, el catedrático advierte que la ley podría requerir parches adicionales tras su aprobación porque tanto los intereses de demora como las cláusulas de vencimiento anticipado están pendientes de ser analizadas por el Tribunal de Justicia de la UE, que ha sido consultado en estos campos por el Tribunal Supremo español.
Así, por ejemplo, el TJUE viene exigiendo que la posibilidad de ejecutar el crédito dependa de un volumen de impago importante (frente a las actuales tres cuotas), lo que a priori podría resolverse con el nuevo articulado de 9 meses o 2% de deuda impagada (o 12 meses y 4% en la segunda mitad del crédito).
Pero la Corte de Luxemburgo también ha dictaminado que la ejecución debe ser el último paso una vez agotadas otras prioridades, y la reforma hipotecaria no contempla, de momento, otros mecanismos alternativos de reestructuración de la deuda para evitar el desahucio.