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Qué funcionarios pueden pedir el traslado fuera de Cataluña y quiénes no

Todos los trabajadores de Justicia, pese a estar transferida la competencia, pueden solicitar el cambio de comunidad

Agentes de los Mossos d'Esquadra, en los alrededores del Parlamento catalán.
Agentes de los Mossos d'Esquadra, en los alrededores del Parlamento catalán.REUTERS
Raquel Díaz Guijarro

En paralelo al goteo de empresas que día tras día anuncian su marcha de Cataluña, se ha planteado qué ocurre con los funcionarios, qué pasará si finalmente llega a aplicarse el artículo 155 en toda su magnitud y algunos trabajadores públicos dependientes de la Generalitat reciben órdenes que contravienen dicho artículo.

Una posible solución, si la crisis llegara a enquistarse, sería solicitar el traslado fuera de Cataluña; si bien no es nada sencillo. Primero, porque le ha de interesar desde el punto de vista personal al trabajador que se lo esté planteando y, segundo, porque ha de seguir unos cauces predeterminados. Fuentes de la Administración consultadas por CincoDías confirman que no todos los funcionarios pueden solicitar el traslado fuera de la comunidad autónoma donde desempeñan su trabajo, ya que hay muchos colectivos que dependen orgánicamente de su Gobierno regional al estar la competencia transferida.

Es el caso del personal sanitario, o de los profesores, ya que tanto sanidad como educación son competencias transferidas a las comunidades autónomas. Sin embargo, continúan existiendo los ministerios de ambas áreas, por lo que todo el personal que continúe adscrito al ministerio o a un organismo dependiente del mismo y trabaje en Cataluña sí podrá solicitar el traslado fuera de esa comunidad.

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Un caso paradigmático lo constituye el personal de Justicia. Pese a tratarse también de una competencia transferida, no lo está del todo, lo que permite que jueces, fiscales y letrados de la Administración (antiguos secretarios judiciales) sí puedan solicitar un cambio de destino fuera de Cataluña. También pueden hacerlo, por ejemplo, los médicos forenses, así como los educadores y trabajadores sociales, según explican fuentes de la Federación de Servicios Públicos de UGT.

¿Cómo proceder? Una vez que se ha tomado la decisión de solicitar el traslado, debe realizarse a través de las convocatorias oficiales. Y es que en cada ministerio u organismo público se suelen poner en marcha periódicamente los concursos de traslados, según los cuales si se cumplen los requisitos exigidos y hay plazas en el destino solicitado, el cambio se lleva a cabo sin problemas en un plazo de seis a nueve meses.

Para los policías autonómicos existe la posibilidad de poder solicitar un traslado a través de un mecanismo que se aprobó hace dos años, denominado pasarela. De esta forma, podrían acabar formando parte de la Policía Nacional.

Por su parte, en el caso de la policía local existen dos vías alternativas. La primera sería por permuta, por la cual ambas administraciones implicadas deberían estar de acuerdo. Existe otra modalidad, la que se lleva a cabo mediante movilidad horizontal. Las administraciones locales pueden sacar a concurso plazas de policía para sus municipios, además de las plazas libres. A estas solo podrán acceder policías de otras localidades que cumplan una serie de requisitos determinados.

Sobre la firma

Raquel Díaz Guijarro
Es jefa de Empresas en Cinco Días. Especializada en economía (inmobiliario e infraestructuras). Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en Cinco Días. Previamente trabajó en Antena 3 Radio, El Boletín, El Economista y fue directora de Comunicación de Adif de 2018 a 2022. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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