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Todo lo que debes saber para darte de baja como autónomo legalmente

Se deben realizar diversas gestiones frente a Seguridad Social y Hacienda.

Para darse de baja del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es necesario comnicarlo oficialmente a las autoridades, a través de una serie de acciones y trámites a ejecutar frente a diversas Administraciones. Previamente, hay que tener en cuenta que las bajas que se soliciten y aprueben de forma correcta, serán formales desde el primer día del mes siguiente a aquel en el que el trabajador hubiera cesado en la actividad, a través de su baja en el censo de empresarios.

No obstante, el profesional deberá seguir cotizando, y no será considerado en situación de alta en cuanto al derecho de prestaciones si no hubiera solicitado la baja o lo hubiera hecho en forma y plazo distintos a los establecidos.

Para dejar de cotizar, los interesados han de acudir a la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social ubicada en la localidad, provincia o comunidad autónoma en la que resida. Para ello, cuenta con un plazo consistente en seis días naturales desde el día en que cesa su actividad.

Gestiones frente a la Agencia Tributaria

El interesado en darse de baja definitiva como autónomo también deberá acudir a la Agencia Tributaria. Alli, tendrá que aportar el Modelo TA0521, un documento identificativo del titular de la empresa, así como otro que constate el cese de actividad, acción que queda recogida tanto en los modelos 036 como 037 de la AEAT.

Este proceso puede realizarse a través de la sede electrónica o sistema RED de la Seguridad Social, para lo cual es necesario contar con certificado digital. Asimismo, la administración puntualiza que se puede actuar tanto en nombre propio como autorizar a un tercero. En el primer caso, esta posibilidad se hace efectiva cuando se gestionan cuentas de cotización o números de afiliación cuyo NIF no coincide con el NIF de autorización.

De igual modo, es posible asignar a un tercero el Código de Cuenta de Cotización cuando las operaciones a realizar apelen a los trabajadores contratados, así como asignar el número de afiliación para las operaciones a realizar que impliquen al propio empresario.

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