_
_
_
_
Servicios financieros

La CNMV investiga a los bancos por cómo hacen las operaciones en Bolsa

El supervisor vigila que ejecuten las compraventas para sus clientes en las mejores condiciones

Juan Manuel Santos-Suárez, presidente transitorio de la CNMV.
Juan Manuel Santos-Suárez, presidente transitorio de la CNMV. Pablo Monge

El vigilante de los mercados pondrá orden en las compraventas que realizan las entidades financieras españolas en Bolsa para sus clientes. La CNMV está realizando una “revisión horizontal del cumplimiento de los requisitos de mejor ejecución”. El objetivo es asegurarse de que las operaciones se realicen al mejor precio y sin comisiones injustificadas.

Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Popular, Sabadell, Bankinter... La CNMV ha pedido a las principales entidades financieras españolas, y también a otros intermediarios –como sociedades y agencias de valores– información sobre su política de ejecución de órdenes para los clientes.

Plataformas

El monopolio que tenía BME en 2009 ha ido rompiéndose con la llegada de otras plataformas, como Bats Europe, que ahora negocia en torno al 25% del volumen que mueven las acciones del Ibex, o Turquoise (9%). Con todo, BME mantiene una cuota superior al 60% en los valores del índice.

A partir de enero de 2018, los intermedarios que apliquen diferentes comisiones en función del centro de ejecución deberán explicar estas diferencias al cliente.

El concepto de mejor ejecución apareció en la primera edición de la directiva creada para proteger a los pequeños inversores (Mifid), que entró en vigor a finales de 2007 y que será reemplazada por la segunda generación, o versión, a partir de enero de 2018.

La norma primigenia, recogida en la múltiples veces reformada Ley del Mercado de Valores, especifica que se deberán adoptar “todas las medidas razonables para obtener el mejor resultado posible para los clientes teniendo en cuenta el precio, los costes, la rapidez, la probabilidad de la ejecución y la liquidación, el volumen, la naturaleza o cualquier otra consideración pertinente para la ejecución de la orden”.

El supervisor pone la lupa en la cesión de comisiones

Algunas entidades prestan los servicios de compraventa de acciones o deuda a través de intermediarios, como sociedades y agencias de valores. Estos dos grupos de empresas de servicios de inversión ingresaron el año pasado unas comisiones de 788 millones de euros, en línea con las de 2014. Pero una parte de esos ingresos fue a parar a sus matrices –en una amplia parte de los casos, entidades financieras– o a las firmas a las que prestan los servicios.

En un proceso similar al de la cesión de un porcentaje de las comisiones de gestión de los fondos de inversión a los comercializadores, algunos intermediarios ceden al banco una porción de la facturación en comisiones en función del volumen, explica un experto en cumplimiento normativo con cocimiento del barrido que está llevando a cabo la CNMV. En el caso de las gestoras de fondos, las 101 registradas a cierre de junio cedieron el 65% de los 1.096 millones que ingresaron por comisiones de gestión en el primer semestre del año, según los datos del supervisor de los mercados. En las agencias y sociedades de valores este porcentaje es inferior, pero la CNMV mira con lupa si esas cesiones de comisiones son lícitas.

En un documento, el organismo indica que lo más importante para los pequeños inversores son “los costes totales de ejecución; es decir, la cantidad total que se deberá desembolsar o se recibirá por la operación, incluyendo el precio, todos los gastos y comisiones de ejecución, compensación y liquidación, incluso las que puedan ser abonadas a otros intermediarios”.

Pues bien, nueve años después de la primera directiva, algunos de sus preceptos continúan sin cumplirse como se debiera. El supervisor de los mercados, que preside de forma transitoria Juan Manuel Santos-Suárez desde el pasado 6 de octubre hasta que tome posesión Sebastián Albella, el candidato para dirigir el organismo propuesto por el Ministerio de Economía, está llevando a cabo una “revisión horizontal del cumplimiento de los requisitos de mejor ejecución por parte de las entidades españolas, siguiendo la publicación de la revisión de las prácticas supervisoras del cumplimiento de la mejor ejecución que llevó a cabo la ESMA –el supervisor europeo de los mercados– en 2015”, como consta en el plan de actividades de la CNMV para el presente ejercicio.

Desde el organismo que presidirá Sebastián Albella admiten que la revisión está en marcha y que todavía no hay conclusiones. Fuentes conocedoras de la marcha de esa investigación aseguran, sin embargo, que la CNMV está encontrando prácticas muy alejadas de las que pueden considerarse las mejores en cuanto a ejecución de órdenes de terceros.

Las entidades que utilizan mercados alternativos al de BME para tratar de lograr el mejor precio de una acción son minoría. Telefónica puede cotizar a 10 euros por acción en la Bolsa española, el mercado regulado de BME, y a 9,8 euros en otras plataformas como Bats Europe o Turquoise. La mejor práctica de ejecución sería que la entidad chequeara los precios en otros mercados más allá del de BME. Si el objetivo del cliente es comprar, la mejor ejecución sería a 9,8 euros por acción;si fuera vender, la opción óptima sería la de BME.

La normativa que traspuso la directiva Mifid especifica que, “cuando exista más de un centro posible para la ejecución de la orden, se tendrán en cuenta para determinar el mejor resultado posible las comisiones y costes que para la entidad se generen”.

Todos los bancos, las agencias y las sociedades de valores deben tener a disposición de sus clientes la política de ejecución, pero estas suelen limitarse a realizar una gradación de los criterios que utilizan cuando proceden a casar una orden de un cliente.

Las obligaciones que llegarán en unos meses

La evolución de la directiva europea para que los mercados funcionen mejor, Mifid 2, que entrará en vigor en enero de 2018 y cuyas normas técnicas están pergeñándose en este momento, es más dura que su predecesora. Así, concreta que “una empresa de servicios de inversión no percibirá ningún tipo de remuneración, descuento o beneficio no monetario por dirigir órdenes de clientes a un concreto centro de negociación o de ejecución que infrinja los requisitos en materia de conflictos de intereses o de incentivos [...]”.

El gran mantra de la nueva legislación es que, salvo que se aporte valor añadido, no debe haber nunca incentivos para el comercializador de productos o servicios financieros. Las entidades y los intermediarios deberán demostrar a sus cliente que han ejecutado sus órdenes de conformidad con la política de ejecución de la empresa; es más, habrán de poder probar ante la CNMV esto mismo. El reglamento delegado sobre este tema de la Comisión Europea, del pasado 5 de abril, especifica que las empresas de servicios de inversión deberán revisar sus políticas de ejecución de órdenes y sus sistemas al menos una vez al año.

Cuando no sean ellas mismas las que ejecuten las órdenes, deberán informar a los clientes de ello, especificando cuáles han utilizado, y anualmente publicará un informe con las cinco firmas que más haya utilizado, así como la calidad de ejecución obtenida en ellas. También queda prohibido que los intermediarios contratados para realizar las ejecuciones cedan comisiones al que los ha fichado, salvo que se ofrezca un extra que mejore el servicio y que no perjudique la obligación de la firma financiera de actuar con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, en el mejor interés de sus clientes.

Más información

Archivado En

_
_