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Tribuna
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Planes de pensiones, una franquicia fiscal a gestionar

Estos vehículos de inversión están exentos del impuesto del patrimonio y del impuesto de sucesiones

En los últimos tiempos se ha escrito mucho sobre la fiscalidad de los planes de pensiones. Las posturas de sus defensores y las críticas de sus detractores hace que exista una gran variedad de opiniones sobre el tema. Pero lo que realmente falta es un análisis riguroso, una valoración que tenga en cuenta todas las circunstancias que afectan a la fiscalidad y, lo más importante, la necesidad de entenderla como una variable que debe ser gestionada por el partícipe para lograr su máximo retorno.

Desde el año 2015, las aportaciones a los planes de pensiones están limitadas a 8.000 euros por partícipe al año, siempre y cuando esta cifra no sea superior al 30% de los rendimientos por trabajo y/o actividades económicas.

Es importante recalcar que las cantidades aportadas a un plan de pensiones rebajan la base imponible de los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas en el IRPF. Esto significa que una persona que aporte 8.000 euros a un plan de pensiones puede rebajar su base imponible en el ejercicio que, traducido al impacto en la factura fiscal definitiva, puede significar un ahorro (o un mayor importe a devolver) de hasta 3.840 euros para aquellos cuya base imponible supere los 60.000 euros.

Hasta aquí todos estamos de acuerdo: “la fiscalidad de las aportaciones es excelente”. No obstante, para los detractores no es más que un mero aplazamiento que puede ser nocivo para el ahorrador incauto porque, al final, cuando se cobre el plan de pensiones, este tributará como rendimientos del trabajo. Los cobros efectuados se sumarán a dicha base imponible y, si la tarifa no cambia, estos cobros tendrán que soportar una fiscalidad progresiva de hasta un 48% (en función de la Comunidad de residencia), siendo especialmente nociva si se cobra todo lo acumulado en forma de capital en un solo ejercicio.

"La fiscalidad del plan de pensiones se puede gestionar es una variable más, junto con el momento y el tipo de plan donde invertir"

Tras este análisis me gustaría destacar que los detractores sencillamente no tienen razón, ya sea porque no han entendido el producto o porque creen que el partícipe no puede optimizar su fiscalidad.

La fiscalidad del plan de pensiones se puede gestionar. Mejor dicho, hay que gestionarla. Es una variable más, junto con el momento y el tipo de plan donde invertir. Cuando una persona está en activo y tiene elevados rendimientos, la aportación a un plan de pensiones le supondrá una bonificación fiscal de casi el 50% de lo aportado. Estas bonificaciones las puede invertir en cualquier otro instrumento financiero, como un fondo de inversión, de tal forma que cuando se jubile dispondrá de un capital acumulado en un plan de pensiones y otro en un fondo de inversión. El primero, cuando disponga, tributará como rendimiento del trabajo, y el segundo lo hará como rentas del ahorro (el 19% hasta los primeros 6.000 euros de plusvalía; hasta el 23% para plusvalías superiores a 50.000 euros).

Una vez jubilado o en cualquier otra situación prevista para poder rescatar el plan de pensiones, es muy probable que los rendimientos obtenidos por, supongamos, la pensión pública sean muy inferiores a los deseados y necesitemos complementarlos con otras rentas. Una persona ahorradora podrá elegir entre varias huchas: el plan de pensiones, el fondo de inversión capitalizado con las bonificaciones de las aportaciones al plan y quizá también tenga acciones o bonos, o incluso otros fondos y liquidez adicional. En definitiva, la fiscalidad puede convertirse en un traje que se debe diseñar a medida en función de las necesidades y circunstancias personales y, para ello, se requiere un mínimo sentido común.

Pensemos, por ejemplo, en un autónomo o empresario que cotiza a la Seguridad Social por lo mínimo y que, sin embargo, tiene algunos años buenos con fuertes ingresos. La aportación a un plan de pensiones durante esos periodos de bonanza le reportará importantes bonificaciones fiscales de casi el 50% de la cantidad aportada.

No acaban aquí las implicaciones fiscales de un plan de pensiones. Hay más. Están exentos del impuesto de patrimonio y del impuesto de sucesiones, algo que muchas personas deben tener en cuenta ya que les puede suponer un ahorro adicional significativo. En otras palabras, se trata de una auténtica franquicia fiscal de la que hay que beneficiarse.

José Antonio Cortés es director de GVC Gaesco Pensiones.

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