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Cumbre del Clima
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Tribuna
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Flexibilidad, energía y competencia en la UE

Los procesos de armonización fiscal y política energética común pueden salir reforzardos con el ‘brexit'

Más allá de perturbaciones financieras, la decisión de Reino Unido de abandonar la Unión Europea supone que los tratados dejarán de aplicarse en el momento en que entre en vigor el acuerdo de salida o a los dos años de la notificación al Consejo Europeo de su intención de retirada. Las especulaciones sobre posibles escenarios posbrexit están servidas.

El futuro de las energías renovables y del mercado de la energía o el retraso que el brexit arrastra para la puesta en marcha de los acuerdos alcanzados en la COP21 son motivo de preocupación: ¿qué pasará con las energías renovables y con la fiscalidad como instrumento económico de apoyo? ¿Se deslocalizarán las inversiones? ¿Adquirirá Reino Unido el estatus de tercer Estado o de Estado asociado?

Luchar contra el cambio climático y proteger el medioambiente son objetivos prioritarios en todas las agendas políticas públicas a nivel internacional, europeo y nacional. Por ello, a los legisladores nacionales se les plantea el difícil reto de establecer un marco fiscal y legal para el sector de la energía, capaz de promover seguridad en el suministro, penalizar tecnologías contaminantes y primar las más eficientes, y todo ello sin forzar los conceptos jurídicos, como a veces ocurre con el de impuesto medioambiental.

La liberalización y descarbonización del sector de la energía en la UE se está llevando a cabo mediante una combinación de medidas, que han conseguido cambiar la forma de generar, comercializar y consumir electricidad (el 26% de la energía de la UE procede ya de fuentes renovables). Pero en el sector energético, el éxito del proceso requiere además que se eliminen los numerosos obstáculos, con acciones positivas y negativas. Entre las medidas positivas, destacan las directivas de armonización fiscal, de aproximación de políticas de precios, medioambiente, eficiencia energética y seguridad y, entre las negativas, el control del mal uso de incentivos fiscales y subvenciones, aplicando, entre otras, las normas del Tratado de Funcionamiento de la UE sobre ayudas de Estado que no autorizan las “malas ayudas” que perjudican a la competencia.

"La nueva realidad exige esfuerzos políticos para equilibrar el sistema de pesos y contrapesos de la región"

La armonización fiscal de los impuestos en materia energética ha encontrado siempre la resistencia de Reino Unido y vuelcos políticos, como el brexit, plantean ahora si los procesos de armonización fiscal y de política energética común pueden salir reforzados.

Algunos aspectos clave de la imposición energética fueron objeto de armonización fiscal con la directiva de 2003, que fijó niveles mínimos de imposición para los productos de la energía y la electricidad, pero es una directiva con muchos fallos y no se ha conseguido adecuar su contenido a las nuevas realidades ni a los objetivos medioambientales. El rechazo de la propuesta de reforma de la Comisión Europea de 2011 hace que los problemas detectados entonces persistan. Así, se da la paradoja de que la fuente fiscalmente mejor tratada sea el carbón o que exista una carga comparativamente más alta para los combustibles de fuentes renovables respecto a los combustibles fósiles competidores. Además, muy pocos países gravan los productos energéticos en función de las emisiones de CO2 y de su contenido energético (deseable, en términos de protección ambiental), primando el modelo de gravamen en función del valor o el volumen de los productos energéticos consumidos.

Bien distinto es el escenario respecto a la aplicación de las normas sobre control de ayudas de Estado. Reino Unido ha contribuido significativamente al proceso de modernización impulsado por la Comisión Europea, cuyas directrices en materia de protección del medioambiente y la energía 2014-2020 han propiciado una revisión de los incentivos fiscales selectivos por parte de los Estados miembros. La Comisión está asumiendo un papel muy activo revisando incentivos fiscales, pero está investigando también las ayudas económicas que en 11 Estados miembros (incluido España) se conceden a productores y consumidores de electricidad para garantizar la seguridad del suministro, aunque Reino Unido obtuvo en 2014 autorización y no es precisamente un caso de malas prácticas. Debe revisarse el fundamento y el uso que en estas normas se hace de los impuestos a la energía armonizados y no armonizados, pues el resultado dispensa un trato favorable a los armonizados cuando no necesariamente cumplen una función de protección ambiental.

Sin duda estamos ante cuestiones complejas que necesitan de un adecuado marco fiscal y legal, que permita a la vez coherencia y flexibilidad para la adaptación a progresos tecnológicos y nuevas realidades políticas que, como el brexit, vienen a exigir no solo respuestas, sino esfuerzos políticos capaces de reequilibrar el sistema de pesos y contrapesos en la UE.

Marta Villar Ezcurra es catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad CEU San Pablo.

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