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Europa baraja aplazar su entrada en vigor

El triunvirato de la UE se queja de la de ley de productos financieros

Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV.
Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV. Pablo Monge

Los tres países más poderosos de la UE se han quejado de la norma para proteger a los pequeños inversores. Esta debería estar totalmente operativa en enero de 2017. La Comisión Europea admite la posibilidad de que se retrase un año, debido a que no se pueden adaptar todos los requerimientos técnicos.

El gran triunvirato de la Unión Europea ha dejado patente su disconformidad con algunos aspectos de la segunda edición de la normativa para proteger a los pequeños inversores. En la jerga esta legislación se denomina Mifid 2 y continúa el mandato de la primera versión de finales de 2007. Su misión es proteger a los usuarios de productos financieros una vez aprendidas las lecciones de la mayor crisis de la historia.

 Pero Alemania, Francia y Reino Unido ya han enviado respectivas cartas a la Comisión Europea y también al supervisor europeo de los mercados (ESMA, por sus siglas en inglés), en las que exponen sus desavenencias con algunos puntos de la legislación, según explica Philip Warland, directivo de la gestora Fidelity.

 A finales de septiembre, ESMA publicó los detalles técnicos de la nueva legislación. Y con estos consejos, la Comisión debería haber publicado ya una segunda edición de la directiva original, que fue aprobada en mayo de 2014. Pero no lo ha hecho, con lo que probablemente se produzca un retraso respecto a enero de 2017, la fecha inicial para su puesta en marcha. Es más, desde la Comisión y desde ESMA –cuyo presidente ha publicado una carta explicando la dificultad de poner en marcha algunos aspectos técnicos en la fecha– avisan que sería conveniente retrasar hasta 2018 la entrada en vigor de, al menos, algunos de los puntos de la nueva legislación.

En Fidelity explican que hay varios puntos controvertidos en la norma. Por ejemplo, el hecho de que para prestar el servicio de asesoramiento solo se puedan aceptar “incentivos diseñados para aumentar la calidad del servicio al cliente”. Aquí entra la disputa sobre qué supone, o no, elevar la calidad. Alemania se ha quejado de forma explícita sobre la inconcreción de este punto.

 José María Marcos, director general de entidades de la CNMV, explica en un documento que no serían lícitas las que “benefician directamente a la entidad receptora, sus accionistas o empleados sin un beneficio tangible al cliente”. “No deben impedir que la empresa de servicios de inversión cumpla su deber de actuar de forma honesta, justa y profesional, de acuerdo al mejor interés de sus clientes”, añade. Estos mandamientos son para todas las firmas que presten asesoramiento, sea este independiente o no.

 Además, para poder calificarse de asesoramiento independiente se debe ofrecer una amplia gama de productos de terceros y no aceptar incentivos. Y la entidad en cuestión deberán ponerse el respectivo cartel de “ asesor independiente” o, en su defecto, explicar a las claras que recoge incentivos de terceros.

La situación en España en cuanto a comercialización de productos es peculiar, y por tanto la aplicación de los nuevos requisitos supondría un gran cambio. Los datos del supervisor que preside Elvira Rodríguez revelan que hay unos 9,5 millones de clientes de productos financieros, cuando solo 550.000 reciben oficialmente asesoramiento. En estos, el 95% de los ingresos por asesoramiento son vía incentivos, y además el 68% de los productos que se recomiendan están vinculados a la entidad que presta el servicio.

 La cuestión de los incentivos es una de las que más controversia provoca la nueva regulación. Pero hay un rosario de de requisitos adicionales que han sembrado la incertidumbre en la industria de los productos financieros.

 La norma exige una política detallada de aprobación de productos, con el visto bueno directo del órgano de administración de la firma en cuestión. Teóricamente, el producto se debe diseñar de acuerdo a las necesidades de un público definido, se han de recrear distintos escenarios y costes y siempre se debe analizar la rentabilidad y el riesgo en función del interés del inversor.

La obligación de información alcanza un nuevo máximo. José María Marcos, de la CNMV, asegura que deberán revelarse “todos los costes y gastos asociados al servicio de inversión y auxiliar, excepto los causados por el riesgo de mercado”. Y los documentos de información clave que deben entregarse al inversor deben incluir esa información.

La CNMV tendrá poder para suspender la venta de productos

Llegados a un punto extremo, el poder de los supervisores nacionales, como la CNMV en España o la ESMA a nivel europeo, es casi ilimitado con Mifid 2, pues podrán suspender o restringir la venta de un instrumento financiero. Podrán hacerlo “cuando una empresa de servicios de inversión no haya desarrollado o aplicado un proceso eficaz de aprobación de productos o haya incumplido de otro modo lo dispuesto […]. Desde la CNMV matizan que debe existir una “preocupación significativa para la protección del inversor, amenaza al funcionamiento ordenado y la integridad de los mercados o a la estabilidad del sistema financiero”.

El objetivo de la segunda edición de la Mifid, que lleva cocinándose desde 2011, es evitar que se produzcan situaciones como la avalancha de colocaciones de participaciones preferentes de 2009, cuando se colocaron unos 12.000 millones de euros en estos instrumentos. Ni los clientes ni los comerciales de las entidades conocían, en muchos casos, sus características.

Así, la normativa incluirá la obligación de evaluar si los asesores y el personal que vende en la oficinas poseen los conocimientos y las competencias adecuados para cumplir con las obligaciones sobre información a clientes y evaluación de idoneidad y conveniencia. Aquí, por ejemplo, la CNMV deberá definir lista de cualificaciones reconocidas o requisitos que éstas deben cumplir.

Desde la asociación EFPA señalan que “las cualificaciones tendrá que renovarse periódicamente para que los asesores financieros demuestren que conocen todos los cambios que se van produciendo en los mercados, así como los nuevos productos a disposición del cliente”. Las entidades, además, tendrán que responsabilizarse de los conocimientos de su personal.

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