_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Comercio ilegal de tabaco: un falso baile de cifras

Durante los últimos meses venimos viendo en los medios de comunicación una cantidad importante de datos en relación con las cifras del contrabando de tabaco en nuestro país. Esos datos se proporcionan en tertulias de radio, en programas de televisión y en la prensa escrita, y su objetivo siempre es el mismo: tratar de cuantificar la pérdida económica que supone esta práctica ilícita.

Los datos proceden de la industria, de las asociaciones de expendedores, de los fabricantes e incluso de la Administración. Por ello, creo que es importante clarificar los datos que tratan de medir el comercio ilícito en nuestro país para no generar confusión en la sociedad, que es precisamente la destinataria de nuestras campañas de concienciación sobre los efectos negativos de la compra de tabaco de contrabando.

Para empezar, una afirmación, que no por lógica tiene que pasar desapercibida. Todos los datos que se dan sobre la evolución del contrabando son siempre estimaciones, ya que como toda práctica ilícita, el contrabando de tabaco escapa al circuito de la economía legal.

Tratar de cuantificar el daño que produce este comercio ilegal puede hacerse por distintas vías, siempre, insisto, en el ámbito de las estimaciones, ya que los únicos datos reales son los que proceden de las incautaciones de la Agencia Tributaria y de la Guardia Civil, pero desgraciadamente no todas las mercancías que se comercian de esta forma son aprehendidas.

En nuestro país, al igual que en la mayor parte de los países de nuestro entorno, la vía más utilizada para obtener datos es lo que denominamos el Empty Pack Survey (EPS), un estudio que consiste en ir a las ciudades más grandes, en el caso concreto de la Península las que tienen más de 200.000 habitantes, y coger cajetillas de tabaco en las papeleras. En definitiva, tomar muestras de cajetillas vacías en la calle. Hecha esta recolección, se analiza:

Según los datos actuales, este estudio de base concluye que únicamente el 0,1% de las cajetillas analizadas son falsificadas y que del resto, el 11,3% no lleva la precinta fiscal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El porqué de la insistencia del a priori es debido a que la legislación comunitaria y la española nos permiten, cuando viajamos a otros destinos, traernos cierta cantidad de tabaco, al igual que de alcohol o perfumes. Es lo que se denominan las franquicias en el régimen de viajeros.

Así, por ejemplo, si se viaja a cualquier país de la Unión Europea, se pueden traer un número determinado de cartones de tabaco. Lógicamente se traerán cuando sean más baratos que en nuestros mercados. Pues bien, estas franquicias, en los casos de Andorra, Canarias y Gibraltar, citando los territorios vecinos, donde el tabaco es más barato y sin entrar en el detalle de la población limítrofe que tiene unos límites menores, son: uno, cinco y un cartón de tabaco, respectivamente.

Y es aquí cuando viene el baile de cifras y es aquí cuando es importante aclarar que no hay discrepancias en los distintos datos que vemos en los medios. No las hay porque la información de base es siempre la misma: el EPS, al que hemos hecho referencia. La diferencia entre este estudio de base y otro más conocido, realizado por KPMG, es que este último incluye una estimación de las cantidades correspondientes a las franquicias de viajeros. Estas cantidades, aunque no son tabaco doméstico (es decir, no lleva precinta fiscal española) corresponde a tabaco legal, ya que como acaba de señalarse, las franquicias de viajeros son legales.

Por su parte, y con esta información de base, el estudio de KPMG, trata de calcular de ese porcentaje del 11,3% cuánto se corresponde con las entradas permitidas por la franquicia de viajeros. Para ello, utilizan los datos de millones de visitas procedentes de España y realizan una serie de asunciones como qué porcentaje es mayor de edad y de ellos, cuantos compran tabaco en sus viajes, llegando a la conclusión de que el 2,5% del total de cajetillas encontradas se corresponde con las franquicias de viajeros.

De ahí que la cifra del 11,3% que casi todo el mundo hemos oído ya numerosas veces como cifra de comercio ilícito en nuestro mercado, se convierta en un 8,8% con la misma base de datos, ya que hay un 2,5% estimado como cantidad atribuible al régimen de viajeros.

Esperamos que estos datos del segundo semestre de 2013 se vean reducidos en el nuevo informe de EPS, cuyas cifras corresponderán al primer semestre de 2014, y que está a punto de conocerse.

Rocío Ingelmo es directora de asuntos corporativos y legales de Altadis.

Archivado En

_
_