Responsabilidades en el accidente del 'Concordia'
Nos encontramos de nuevo ante un desgraciado accidente marítimo cuya magnitud ha captado la atención de cientos de millones de personas en todo el mundo. Queremos en estas líneas revisar brevemente las posibles responsabilidades derivadas del siniestro.
Según fuentes expertas, nos hayamos muy probablemente ante el accidente marítimo más importante al que tendrá que hacer frente el mercado asegurador. La estimación actual de los costes podría llegar a los 1.000 millones de euros, superando el siniestro del petrolero Exxon Valdez acaecido en Alaska en 1989, el cual tenía el dudoso honor de ser el más cuantioso hasta la fecha. El buque Costa Concordia estaba dotado con los más modernos sistemas de seguridad. Su propietaria, Costa Cruceros Spa, es una naviera de primerísimo orden que cumple con los más altos niveles de calidad, seguridad y seriedad corporativa. Además, está contrastado que el crucero Costa Concordia nunca había sido detenido o sancionado con base en una posible deficiencia que pudiera poner en peligro a sus tripulantes o a sus miles de pasajeros. Pese a ello, sin duda alguna, algo ha fallado y deben dirimirse las responsabilidades e indemnizar a los perjudicados así como a las familias de los fallecidos y desaparecidos. Es en este punto donde entra en juego el seguro marítimo y las aseguradoras, reaseguradoras y mutualidades que se reparten la cobertura para poder afrontar graves y cuantiosos siniestros como este.
El casco, o lo que sería el buque en sí, se encuentra asegurado por un pool o grupo de compañías de seguros que se distribuirán las pérdidas materiales según unos porcentajes previamente determinados. Los damnificados tendrán la posibilidad de resarcir sus daños personales -si es que se puede resarcir una pérdida humana- gracias a que el buque estaba incluido por su armadora en dos de las más importantes mutualidades de navieros a través de las que aseguran su responsabilidad civil, denominadas Clubs de Protección e Indemnización (P&I Clubs).
Las cuantías de indemnización van a ser enormes. Los afectados pueden solicitar un anticipo que les ayude a cubrir al menos los primeros problemas generados por el accidente, como los viajes de vuelta a casa e incluso la repatriación de los fallecidos. Además, se debe tener en cuenta la devolución a los afectados de las cantidades del viaje contratado que ha sido inesperadamente cancelado.
Es importante señalar que nada impide que los pasajeros acuerden con la empresa armadora o con sus aseguradoras cifras indemnizatorias distintas, ya sean menores o mayores, que las reguladas legalmente. Tanto la empresa naviera como su capitán se enfrentan a posibles acciones por responsabilidades en el ámbito civil, penal y administrativo.
Para reclamar los perjuicios, los españoles afectados por el accidente podrían dirigirse a su agencia de viajes, salvo que el paquete turístico se hubiera contratado directamente con el organizador, Costa Cruceros, en cuyo caso deberán acudir directamente a este para hacer las reclamaciones pertinentes. Desde el punto de vista civil, los perjudicados podrían dirigirse contra el capitán o contra la empresa indistintamente -siendo esta última opción la más utilizada- pues el capitán debe también responder por los daños y perjuicios que por impericia, dolo o negligencia cause a sus propios armadores o a terceros. La empresa también responde de los actos propios y de los de su capitán al mando. Asimismo, en el ámbito penal, el capitán, y posiblemente Costa Cruceros como armadora del buque, tendrán que enfrentarse a un proceso en el que se van a dilucidar sus responsabilidades en el accidente. En caso de que finalmente exista un daño ecológico por el combustible del buque siniestrado, existirán sanciones penales y administrativas, junto a la importante responsabilidad civil derivada de la contaminación, que será cubierta por los P&I Clubs anteriormente mencionados.
En conclusión, nos hallamos ante uno de los siniestros marítimos más importantes de la historia, no por el posible número de víctimas, sino por los valores económicos que se estiman. Sin embargo, gracias al sistema de seguros y al marco regulatorio actual, podemos adelantar que, al menos desde el punto de vista económico, todos los perjudicados podrán ser indemnizados por el armador y los seguros que tiene contratados con el fin de poder abordar y soportar este tipo de accidentes.
Bernardo Ruiz Lima. Director del departamento Marítimo y Transportes de KPMG Abogados