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Tribuna
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La reforma laboral de 2012 (III): cuestiones técnicas

Tanto el programa electoral del PP cuanto el discurso de investidura del nuevo presidente del Gobierno apuntan hacia una reforma integral del mercado de trabajo, persiguiendo la modificación de buena parte de las instituciones que en 2010-2011 ya fueron objeto de innovaciones. Experiencias recientes y exigencias de técnica jurídica recomiendan que a la hora de llevar a la práctica esos propósitos se preste atención al modo de implementarlo; las formas son tan importantes como el fondo cuando se habla de modificar nuestras leyes, en este caso laborales.

Nuestros Gobiernos gustan de las reformas bifásicas en temas laborales: se aprueba un real decreto-ley y, sin perjuicio de su convalidación, su texto sirve al tiempo como proyecto de ley. Nuestra Constitución reserva ese tipo de norma (aprobada por el Gobierno, pero con valor de ley parlamentaria) para supuestos excepcionales y el Tribunal Constitucional ha censurado en varias ocasiones los abusos. En consecuencia, es bienvenido el anuncio, por parte del Sr. Rajoy de remitir al Congreso de los Diputados "un proyecto de reforma laboral en el primer trimestre del año 2012".

Aunque no es constitucional o legalmente exigible nuestra tradición democrática posee una dilatada experiencia de diálogo social y de legislación laboral consensuada con los agentes sociales; también, hay que decirlo, tenemos recientes experiencias de bloqueo y excesiva dilatación de las negociaciones, así como de fracaso de las reformas impuestas (decretazos o no) en contra de los agentes sociales; por otro lado, en el Estado de Derecho, los gobiernos y parlamentos han de asumir sus propias responsabilidades y no pueden quedar bloqueados ante la falta de acuerdo en cuestión. Por eso suena bien la puesta en marcha de una nueva etapa de diálogo social y se entiende también la fijación de topes temporales para la adopción de decisiones.

El Derecho del Trabajo español no está codificado (aunque nada nos lo impediría) y se organiza alrededor de unas pocas normas capitales; hay que pedir que los cambios con rango de ley se integren en esas disposiciones preexistentes: Estatuto de los Trabajadores, Ley General de la Seguridad Social, Ley de Empleo, Ley de la Jurisdicción Social. Sobrecoge el mero examen de la lista de reales decretos-leyes o reales decretos conteniendo medidas, más o menos coyunturales, más o menos sectoriales, para incentivar el empleo; asusta que en las últimas semanas se hayan aprobados tres normas diversas sobre las prácticas en las empresas; desconcierta que el régimen de los empleados domésticos baile de norma en norma.

Muchos de los cambios laborales están fracasando por una falta de explicación clara; es un tópico afirmar que la realidad no se cambia mediante decreto y una necesidad que los destinatarios (directos o indirectos) de las normas las conozcan y entiendan. Una sociedad madura e informada no puede permanecer al margen de las decisiones importantes que adoptan sus órganos de gobierno. Si se rebajan las cotizaciones, se limitan los contratos temporales, se facilita el despido a la empresa con problemas, se permite el trabajo de los jóvenes cobrando menos del salario mínimo interprofesional, o el convenio de empresa desplaza al provincial, por ejemplificar, conviene explicarlo de forma clara. Si se imponen sacrificios a los empleados públicos, se implanta el euro sanitario o se restringe el derecho de huelga en transportes públicos; si se vuelve más fácil el cambio de horario, se implantan más controles para las bajas médicas o se prima la contratación de personas sin estudios, todo eso conviene argumentarlo; y así sucesivamente.

La técnica de Penélope desconcierta a quienes viven diariamente en el mundo de las relaciones laborales; los cambios continuos a veces son imprescindibles, pero acaban desconcertando. Convendría que si se afrontan remodelaciones normativas estén lo bastante meditadas como para no necesitar de cambios a los pocos meses; el desconcierto y el enfado cuando eso sucede acaba generando una especie de hostilidad hacia las normas laborales que a nadie conviene.

Las leyes deben cumplirse y no solo aprobarse; con frecuencia da la impresión de que todos nuestros problemas quieran resolverse aprobando nuevas normas. La economía sumergida debiera ser objeto de constante preocupación para todos los actores implicados. Es buen momento para incentivar el cumplimiento de las normas sobre salud laboral, derechos colectivos, contratación o Seguridad Social; inmejorable coyuntura para generar sinergias entre los gobernantes, los trabajadores y los empleadores; ciertos problemas podrían resolverse aplicando o desarrollando el Derecho preexistente, más que modificándolo.

Tiene que acabar el juego del escondite; cada previsión normativa debe encuadrarse en una norma que guarde relación con ella; la desaparición de las enmarañadas leyes de acompañamiento no puede dar paso a prácticas aún más perniciosas, que conducen a que decisiones relevantes se incluyan en normas cuya materia ninguna decisión guarda con ellas.

Antonio V. Sempere Navarro. Catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos. Coordinador del Área Laboral de Gómez-Acebo & Pombo

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