Bruselas relaja la ofensiva sobre las auditoras
En un nuevo ejercicio de rebaja de expectativas, la Comisión Europea aprobará hoy un proyecto de reglamento sobre los servicios de auditoría cuyo contenido suaviza considerablemente su ambicioso planteamiento inicial. Una vez más, y al igual que ocurrió hace apenas 15 días con los planes para elevar el control sobre las agencias de calificación crediticia, el comisario de Mercado Interior, Michel Barnier, no ha tenido más remedio que asumir que el realismo es un presupuesto imprescindible para desenvolverse con éxito en cualquier campo de actividad, incluido el regulatorio. Tras una encendida campaña tanto a favor como, especialmente, en contra, Bruselas ha dado marcha atrás en los planes de obligar a las grandes compañías a contratar los servicios de un segundo auditor. La medida tenía como objetivo neutralizar la poderosa influencia en el mercado de las cuatro grandes firmas auditoras o big four -Deloitte, PwC, KPMG y Ernst & Young- y abrir el sector de la prestación de estos servicios en grandes clientes a otras entidades de menor tamaño. En el proyecto de Barnier ha estado presente el modelo regulatorio de auditoría conjunta que ha dado frutos evidentes en Francia, es el caso del fulgurante crecimiento de la auditora Mazars. Pero la propuesta impulsada por el comisario de Mercado Interior se ha topado no solo con las presiones en contra, sino con la dificultad que supone imponer a las empresas un coste extra -el de contratar una segunda auditora- en tiempos de austeridad obligada.
Pese a todo ello, la propuesta de reglamento contiene novedades destacadas. El texto introduce la obligatoriedad de establecer la rotación de las auditoras tras un plazo máximo de seis años con un mismo cliente, que podrá prorrogarse hasta ocho con permiso de las autoridades y que, en el caso de aquellas empresas que voluntariamente decidan contratar un segundo auditor, puede alcanzar los 12. A ello hay que sumar el endurecimiento de las multas -hasta cinco millones de euros en el caso de personas físicas o el 10% de la facturación en el caso de las sociedades- y la obligación de que los servicios complementarios que suelen prestar las firmas de auditoría no rebasen el 10% de la facturación por revisión de las cuentas.
Tras la iniciativa de Bruselas subyacen tres objetivos. El primero es el compromiso de corregir las deficiencias que las auditoras mostraron a la hora de detectar irregularidades en el balance de las entidades financieras en los albores de la crisis. El segundo supone la mejora de las condiciones de competencia en el sector y el tercero radica en la prevención de conflictos de interés en los servicios complementarios que prestan las firmas. Todos ellos son principios loables y defendibles, pero no estaría de más exigir a Bruselas un mayor rigor a la hora de calibrar la diferencia entre crear expectativas regulatorias y poder satisfacerlas.