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Instituciones colegiales

La abogacía de Madrid limitará el mandato de su decano

Hernández-Gil prevé cerrar la reforma estatutaria en 12 meses

El decano del Colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández-Gil, ha decidido poner en marcha toda la maquinaria necesaria para reformar los estatutos de dicha institución. En declaraciones a CincoDías, el máximo responsable de la abogacía madrileña ha manifestado su intención de acortar los plazos de cada mandato y al mismo tiempo limitar las reelecciones.

"Ahora mismo la duración del mandato del decano es de cinco años y no existe límite en la reelección, pero la tendencia generalizada es que la duración del cargo sea más corto y que haya un tipo de límite de prórroga", explica Antonio Hernández-Gil.

Esto supondría transformar unos estatutos que datan de julio de 2006. "Mi compromiso durante este mandato es proceder a realizar la reforma estatutaria", advierte Antonio Hernández-Gil. Por esta razón, espera tenerla prevista en 12 meses y en cualquier caso antes de acabar su gestión. En diciembre de 2012 se producirá el fin de su mandato y el propio decano asegura que "todavía no sabe" si se va a volver a presentar.

Con esta decisión, el Colegio de Abogados de Madrid se convertiría en una de las instituciones colegiales pioneras en acortar y limitar los tiempos de gobernanza del decano. El intento que Francisco Real, anterior decano del Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), hizo en este sentido no llegó a cuajar debido a la elección de un nuevo decano, Mariano Durán, que tomó posesión del cargo el pasado mes de febrero.

La abogacía valenciana pretende desarrollar una reforma similar y disminuir de cinco a cuatro años el mandato del máximo responsable del Colegio de Abogados y evitar la reelección indefinida acotándola a dos mandatos. Para ello constituyó un equipo con letrados de prestigio que concluyeron en la bondad de acortar los tiempos.

Sin embargo, la tónica no es esa. A pesar de que el Colegio de Abogados de Barcelona realizó una reforma de los estatutos en 2009, no se modificaron las características del mandato del decano. Así, el tiempo que el decano del Colegio de Barcelona puede ejercer en el puesto es de cuatro años, uno menos que en el caso de Madrid.

La junta directiva catalana se renueva al 50% cada dos años. Durante este ejercicio, el Colegio de Abogados de Barcelona asume el cambio de cargo del secretario y diputados mientras que la renovación de decano y la otra mitad de la junta tendrá lugar en 2013. El escenario parece proclive al cambio.

Propuestas de estatutos

Actualmente el proceso de reforma se encuentra en pleno estudio y abierto a diferentes valoraciones. "Desde el Colegio de Abogados de Madrid hemos abierto un proceso de consulta, y estamos recibiendo todavía propuestas, sugerencias, ideas, líneas de actuación sobre esta materia", ha comentado el decano de los abogados madrileños. En este sentido, ha informado de la creación de un equipo de trabajo ad hoc para profundizar en la reforma.El objetivo es que el tiempo de debate no se prolongue demasiado con objeto de tener los nuevos estatutos antes de que finalice su mandato, que vence el próximo año.Los estatutos del Colegio de Abogados de Madrid no solo versan de las funciones del colegio, sino de los colegiados y de los derechos y los deberes de los abogados. También trata del proceso de elecciones y de las labores de la junta electoral, junto con el régimen económico de la organización colegial y el régimen jurídico.

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