Derogando también es posible legislar
El Real Decreto-Ley 3/2011 ha supuesto un nuevo hito normativo en una profunda transformación de nuestro Derecho del empleo, operado en un plazo relativamente breve transcurrido entre junio de 2010 y febrero de 2011. Esta reforma, en sus orígenes, se mezcló con la estrictamente laboral, quedando por ello en un segundo plano; después ha ido adquiriendo vigor y protagonismo, hasta un momento en que los cambios producidos y anunciados son verdaderamente relevantes.
Estos han incidido en los operadores del mercado; poco en los públicos en un primer momento, es cierto, cuando pareció que los cambios iban a afectar solo a los privados. Respecto de estos últimos, la admisión de las agencias privadas de colocación con fines lucrativos tuvo su importancia, marcando el final de la transición de un modelo clásico, público y monopolístico, a otro liberalizado, admitiendo la competencia de operadores privados; transición que se había iniciado en 1994, nada menos, y que en 2010 podemos considerar culminada. La regulación de las agencias privadas de colocación, operada por el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, ha limitado sin embargo este efecto liberalizador, al imponer un régimen bastante restrictivo a su funcionamiento.
Respecto de los servicios públicos de empleo, poco se decía, salvo reiterar el compromiso de incrementar su eficacia; los cambios vendrían después, y ahora los hemos visto.
Estas dos grandes áreas de intervención serían en cuanto a los aspectos estructurales o institucionales de las políticas de empleo en España; esto es, en cuanto a los actores públicos y privados que actúan en este.
Pero el sistema nacional de empleo no se agota en esto: como nos recuerda la Ley de Empleo, este incluye "estructuras, medidas y acciones". Y estas últimas han sido las que el RDL 3/2011 ha venido a alterar de manera sustancial, adaptándolas no solo para un periodo crítico de nuestro mercado de trabajo, sino asegurando su viabilidad y eficacia para el futuro, cuando cambie el ciclo y la crisis sea un recuerdo.
Nos encontramos ante una verdadera revolución en el modelo de políticas de empleo tal como las conocemos en España, que se adaptan a la realidad de un estado descentralizado, en el que los niveles regionales y locales protagonizan la lucha contra el desempleo. El nivel central da un paso atrás, y deja a los autonómicos la iniciativa para diseñar las actuaciones concretas que se desarrollarán en cada territorio, cambiando su papel al de proveedor de los recursos y controlador de los resultados. Para ello, entre otras cosas, se incluye en el RDL una tremenda disposición derogatoria, que elimina del ordenamiento jurídico un conjunto de disposiciones que conformaban hasta ahora el entramado del Derecho del empleo en España. Se ha avanzado derogando más que legislando.
La influencia de la Estrategia Europea de Empleo en esta reordenación es evidente, habiéndose replicado lo esencial de su filosofía y procedimientos a un nivel nacional. Harán falta, como ocurre en la Unión, mecanismos de recomendación, de circulación de buenas prácticas, de elaboración de directrices Algo radicalmente diferente a cuanto se venía haciendo hasta ahora, y cuyo funcionamiento tendremos que aprender. Los desafíos son importantes: para el Sistema Nacional de Empleo, ser capaz de desarrollar instrumentos adecuados de evaluación y coordinación; para los servicios autonómicos, saber diseñar y aplicar sus propias medidas, sin el paraguas de una regulación estatal común; para los interlocutores sociales, poder desempeñar sus funciones de participación institucional a todos los niveles. Es una buena oportunidad para innovar, para ser creativo, para aprender.
Siempre que se producen cambios como estos surge el miedo a la fragmentación del mercado de trabajo. No creo que debamos preocuparnos excesivamente. Los obstáculos a la movilidad geográfica son otros en nuestro país, y unos soportes tecnológicos adecuados pueden evitar este riesgo. Lo cierto es que el RDL 3/2011 adapta las políticas de empleo a la realidad del Estado social autonómico. Y esto es, ni más ni menos, lo que somos en la España del siglo XXI.
Miguel Rodríguez-Piñero Royo. Experto laboral de PwC